Fiscalidad local

Legislación
Financiación local

Real Decreto Ley 6/2005, de 8 de abril, por el que se establece la aplicación del Real Decreto Ley 1/2005, de 4 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños ocasionados en el sector agrario por las heladas acaecidas en el mes de enero de 2005, a los daños ocasionados por las heladas acaecidas durante los meses de febrero y marzo de 2005 (BOE 12-4-2005).

Resolución de 14 de abril de 2005, de la Dirección General de Financiación Territorial, por la que se desarrolla la información a suministrar por las corporaciones locales relativa al esfuerzo fiscal y su comprobación en las Delegaciones de Economía y Hacienda (BOE 26-4-2005).

Orden APA/1109/2005, de 25 de abril, por la que se delimitan los ámbitos territoriales afectados por las heladas acaecidas durante los meses de enero, febrero y marzo de 2005, y se establecen criterios para la aplicación de las líneas de préstamos del Instituto de Crédito Oficial, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto Ley 1/2005, de 4 de febrero (BOE 27-4-2005). Page 128

Consultas de la DGT
Impuestos

(Impuesto sobre Actividades Económicas)

Facultades del Epígrafe 505.6 de la Sección Primera de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas "Pintura de cualquier tipo y clase y revestimientos con papel, tejidos o plásticos y terminación y decoración de edificios y locales". Consulta Vinculante de la DGT de 2-12-2004.

"(...) para desarrollar la actividad de barnizado y lacado de las puertas junto con sus marcos, situadas tanto en los locales como en los edificios en donde previamente se han pintado las paredes, considerándose dicha actividad como parte integrante del trabajo más general de terminación y decoración de estos edificios y locales y, por tanto, englobado en el trabajo general de pintura, deberá darse de alta en el citado Epígrafe 505.6 de la Sección Primera de las Tarifas del Impuesto.

Por el contrario, si la actividad de pintura y lacado de puertas se realiza de forma independiente y aislada del trabajo general de pintura y terminación de locales y edificios, el sujeto pasivo deberá matricularse en el Epígrafe 463.1 de la Sección Primera de las Tarifas que clasifica la actividad de fabricación de "Puertas y ventanas de madera" (...)".

Se desea saber si es apropiado el Grupo 722 "Transporte de mercancías por carretera" de...

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