Fiscalidad de la Unión Europea

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Legislación

(Adhesión de Croacia a la Unión Europea adaptación de las directivas en materia de fiscalidad)

Directiva 2013/13/UE del Consejo, de 13 de mayo de 2013, por la que se adaptan determinadas Directivas en el ámbito de la fiscalidad, con motivo de la adhesión de la República de Croacia (DO L 141, de 28-5-2013).

Jurisprudencia

(Libre prestación de servicios retención tributaria)

Libre prestación de servicios - Restricciones - Legislación tributaria - Retención en la fuente del impuesto sobre las rentas del trabajo que debe aplicar el beneficiario de una prestación de servicios, domiciliado en el territorio nacional, a la retribución adeudada a un prestador de servicios domiciliado en otro Estado miembro - Inexistencia de una obligación de este tipo en relación con los prestadores de servicios domiciliados en el mismo Estado miembro. Asunto C-498/10. STJUE de 18-10-2012.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha declarado en esta Sentencia que el artículo 56 TFUE debe interpretarse en el sentido de que la obligación impuesta, en virtud de la normativa de un Estado miembro, al destinatario de servicios de retener en la fuente el impuesto sobre las retribuciones abonadas a los prestadores de servicios domiciliados en otro Estado miembro, obligación que, sin embargo, no exista para con las retribuciones abonadas a los prestadores de servicios domiciliados en el Estado miembro de que se trate, constituye una restricción a la libre prestación de servicios, con arreglo a dicho precepto, en la medida en que implica una carga administrativa adicional y los consiguientes riesgos en materia de responsabilidad.

Añade el Tribunal en esta Sentencia que siempre que la restricción a la libre prestación de servicios derivada de una normativa nacional resulte de la obligación de retener en la fuente, en la medida en que implica una carga administrativa adicional y los consiguientes riesgos en materia de responsabilidad, dicha restricción puede justificarse por la necesidad de garantizar el cobro eficaz del impuesto y no exceda de lo necesario para alcanzar este objetivo, incluso teniendo en cuenta las posibilidades de asistencia mutua en el cobro de impuestos que ofrece la Directiva

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76/308/CEE del Consejo, de 15 de marzo de 1976, sobre la asistencia mutua en materia de cobro de los créditos correspondientes a determinadas exacciones, derechos, impuestos y otras medidas, en...

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