Fiscalidad estatal

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Legislación
Normas generales y procedimientos financieros y tributarios

Real Decreto 960/2013, de 5 de diciembre, por el que se por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 1777/2004, de 30 de julio; el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo; el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobado por el Real Decreto 1776/2004, de 30 de julio; el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, y el Reglamento General de Recaudación, aprobado por el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio (BOE 6-12-2013; c.e. BOE 22-1-2014).

Dado que el Reglamento General de Recaudación no afecta sólo al ámbito del Estado, sino que también se aplica por otras Administraciones tributarias en virtud de lo establecido en el artículo 1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, es aconsejable que se permita que cada una de ellas pueda adaptar las condiciones en las que las entidades de crédito que ostenten la condición de colaboradoras de aquellas en lo que afecta al horario de recepción de sus respectivos ingresos, lo que hace necesario la modificación del apartado 3 del artículo 19 del Reglamento General de Recaudación.

Resolución de 16 de diciembre de 2013, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se actualiza el anexo incluido en la Resolución de 4 de marzo de 2013, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento de las comunidades autónomas de régimen común y ciudades con estatuto de autonomía que se acojan a la línea de financiación directa ICO-CCAA 2012 y al Fondo de Liquidez Autonómico (BOE 23-12-2013).

Orden PRE/2407/2013, de 23 de diciembre, por la que se publican las características de las operaciones de préstamo a suscribir con entidades locales previstas en la tercera fase del Fondo para la financiación de los pagos a proveedores, aprobadas mediante Acuerdo de la Comi-

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sión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos de 7 de noviembre de 2013 (BOE 24-12-2013).

Orden PRE/2408/2013, de 23 de diciembre, por la que se publican las características de las operaciones de préstamo a suscribir con las comunidades autónomas previstas en la tercera fase del Fondo para la financiación de los pagos a proveedores, aprobadas mediante Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos de 7 de noviembre de 2013 (BOE 24-12-2013).

Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014 (BOE 26-12-2013). Fijación en la disposición adicional 32ª el tipo del interés de demora en un 5 por 100. Asimismo, en la disposición adicional quincuagésima primera y siguientes se recogen las actividades prioritarias de mecenazgo a los efectos de los oportunos beneficios tributarios.

Orden HAP/2426/2013, de 23 de diciembre, por la que se modifica la Orden PRE/3581/2007, de 10 de diciembre, por la que se establecen los departamentos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y se les atribuyen funciones y competencias (BO 27-12-2013).

Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público (BOE 28-12-2013).

Resolución de 17 de diciembre de 2013, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 24 de marzo de 1992, sobre organización y atribución de funciones a la inspección de los tributos en el ámbito de la competencia del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria (BOE 28-12-2013).

Real Decreto 1042/2013, de 27 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero, y por el que se modifican el Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 1777/2004, de 30 de julio, el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, y el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre (BOE 30-12-2013; c.e. BOE 29-1-2014). La disposición final primera contiene una modificación en el Reglamento del pro-

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cedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, que trae causa de las infracciones por contravenir la norma de limitación de pagos en efectivo, por cuanto esta presenta peculiaridades respecto de la normativa administrativa sancionadora general. Dichas peculiaridades hacen aconsejable excepcionar determinadas disposiciones en la remisión general a las normas reglamentarias del procedimiento administrativo sancionador.

Orden HAP/2455/2013, de 27 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 165, "Declaración informativa de certificaciones individuales emitidas a los socios o partícipes de entidades de nueva o reciente creación" y se determinan el lugar, forma, plazo y el procedimiento para su presentación, y se modifica la Orden de 27 de julio de 2001, por la que se aprueban los modelos 043, 044, 045, 181, 182, 190, 311, 371, 345, 480, 650, 652 y 651, en euros, así como el modelo 777, documento de ingreso o devolución en el caso de declaraciones-liquidaciones extemporáneas y complementarias, y por la que se establece la obligación de utilizar necesariamente los modelos en euros a partir del 1 de enero de 2002 (BOE 31-12-2013).

Resolución de 18 de diciembre de 2013, de la Comisión de Gobierno del Tribunal de Cuentas, por la que se amplía el ámbito de funcionamiento del registro telemático del Tribunal de Cuentas para la recepción de la información y documentación relativa a los extractos de expedientes de contratación y a las relaciones de contratos, convenios y encomiendas de gestión celebrados por las entidades de los sectores públicos estatal y autonómico (BOE 31-12-2013).

Resolución de 18 de diciembre de 2013, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión de Gobierno de 18 de diciembre de 2013, que modifica el de 29 de marzo de 2007, sobre creación del Registro Telemático del Tribunal de Cuentas (BOE 31-12-2013).

Resolución de 8 de enero de 2014, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se actualiza el anexo incluido en la Resolución de 4 de marzo de 2013, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento de las comunidades autónomas de régimen común y ciudades con estatuto de autonomía que se acojan a la línea de financiación directa ICOCCAA 2012 y al Fondo de Liquidez Autonómico (BOE 9-1-2014).

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Orden ECC/1/2014, de 2 de enero, por la que se dispone la creación de Deuda del Estado durante el año 2014 y enero de 2015 y se recogen las Cláusulas de Acción Colectiva normalizadas (BOE 10-1-2014).

Resolución de 20 de enero de 2014, de la Dirección General de Presupuestos, por la que se establecen los códigos que definen la clasificación económica (BOE 29-1-2014).

Fiscalidad directa

(Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas)

Real Decreto 960/2013, de 5 de diciembre, por el que se por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 1777/2004, de 30 de julio; el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo; el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobado por el Real Decreto 1776/2004, de 30 de julio; el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, y el Reglamento General de Recaudación, aprobado por el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio (BOE 6-12-2013; c.e. BOE 22-1-2014).

En primer lugar, se modifican las circunstancias excluyentes de la aplicación del método de estimación objetiva en función del importe de los rendimientos íntegros respecto de aquellos contribuyentes que ejerzan actividades cuyos ingresos estén sometidos al tipo de retención del 1 por ciento, de acuerdo con los nuevos límites introducidos en la Ley del Impuesto aplicables a partir de 1 de enero de 2013. Como consecuencia de lo anterior, para facilitar la acreditación del cumplimiento del límite previsto en el artículo 32.2 d) del Reglamento del Impuesto se prevé la obligación de llevanza a partir de 1 de enero de 2014 de un libro registro de ventas o ingresos para estos contribuyentes.

En materia de deducción por inversión en vivienda habitual, y como consecuencia de la supresión de la deducción a partir de 1 de enero de 2013, se elimina el capítulo del Reglamento del Impuesto regulador de la deducción, previéndose su aplicación transitoria a efectos de la aplicación del régimen transitorio previsto para la deducción en la disposición transitoria decimoctava de la Ley del Impuesto.

En línea con lo anterior, se eliminan las referencias normativas a la deducción por inversión en vivienda habitual en...

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