La fiscalidad de las cooperativas en México

AutorMaria Dolores Mejia Zarza
Cargo del AutorM. en D. Maestra titular de la materia de Derecho Fiscal en la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma del Estado de México (UAEM)
Páginas157-171
La fiscalidad
de las cooperativas en México
M. en D. María Dolores Mejía Zarza
M. en D. Maestra titular de la materia de Derecho Fiscal en
la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma
del Estado de México (UAEM)
Sumario: 1. Disposiciones Generales. 2. Régimen fiscal de las cooperativas
de producción a la luz del Impuesto sobre la Renta. 3. Tratamiento
fiscal de las cooperativas de producción.4. Tratamiento fiscal para
los socios que integran las cooperativas de producción. 5. Régimen
económico de las sociedades cooperativas. 6. Funcionamiento
y administración de las sociedades cooperativas en México. 7.
Conclusiones. 8. Bibliografía.
1. DISPOSICIONES GENERALES
De acuerdo con la Ley General de Sociedades Cooperativas1, en México
encontramos tres clases de sociedades:
De consumidores de bienes y/o servicios,
De productores de bienes y/o servicios, y
De ahorro y préstamo.
Son sociedades cooperativas de consumidores, aquéllas cuyos miembros se
asocien con el objeto de obtener en común artículos, bienes y/o servicios para
ellos, sus hogares o sus actividades de producción2, y podrán dedicarse a acti-
vidades de abastecimiento y distribución, así como a la prestación de servicios
relacionados con la educación o la obtención de vivienda.
Son sociedades cooperativas de productores, aquéllas cuyos miembros se
asocien para trabajar en común en la producción de bienes y/o servicios, apor-
tando su trabajo personal, físico o intelectual. Independientemente del tipo de
producción a la que estén dedicadas, estas sociedades podrán almacenar, con-
1 Artículo 21 LGSC
2 Artículo 22 LGSC

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