Fiscalidad autonómica

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Legislación
Comunidades Autónomas de régimen común
(Andalucía)

Orden de 15 febrero 2011, que aprueba los coeficientes aplicables al valor catastral para estimar el valor real de determinados bienes inmuebles urbanos a efectos de la liquidación de los hechos imponibles de los Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y sobre Sucesiones y Donaciones que se devenguen desde el día de entrada en vigor de la misma hasta el día 31-12-2011, establece las reglas para la aplicación de los mismos y publica la metodología seguida para su obtención (BOJA 2-3-2011).

(Aragón)

Orden de 17 marzo 2011, que aprueba el modelo 422 de autoliquidación de la Tasa 22, por la inserción de anuncios no oficiales en el «Boletín Oficial de Aragón» mediante tramitación telemática. (BOA 24-3-2011).

(Baleares)

Orden de 2 febrero 2011, que Aprueba el modelo de tarjeta de identificación del personal de la Agencia Tributaria de las Illes Balears (BOIB 22-2-2011).

(Cataluña)

Orden ECO/9/2011, de 13 enero, que aprueba el modelo 900, del gravamen de protección civil (DOG 2-2-2011).

(Castilla-La Mancha)

Orden de 18 febrero 2011, que aprueba el modelo 045 de autoliquidación de la Tasa Fiscal sobre el Juego en máquinas o

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aparatos automáticos y se dictan las normas para su gestión (DOCLM 24-2-2011).

Orden de 28 enero 2011, que aprueba las normas para la aplicación de los medios de valoración previstos en el artículo 57 de la Ley 58/2003, de 17-12-2003, General Tributaria, a los bienes inmuebles de naturaleza urbana, en el ámbito de los Impuestos sobre Sucesiones y Donaciones y sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, para el año 2011 (DOCLM 4-2-2011).

Orden de 27 enero 2011, que aprueba los precios medios en el mercado para bienes rústicos y se dictan normas sobre el procedimiento de comprobación de valores en el ámbito de los Impuestos sobre Sucesiones y Donaciones y sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, para el año 2011 (DOCLM 4-2-2011).

Ley 9/2011, de 21 de marzo, por la que se crean el Canon Eólico y el Fondo para el Desarrollo Tecnológico de las Energías Renovables y el Uso Racional de la Energía en Castilla-La Mancha (DOCM 31-3-2011).

Mediante esta Ley se crea el denominado canon eólico como prestación patrimonial pública de naturaleza finalista y extrafiscal, concebido como instrumento destinado a internalizar los costes sociales, económicos y ambientales mencionados y dirigido a estimular y promover el desarrollo tecnológico, con especial incidencia en lo referente a la potencia de los aerogeneradores, lo cual redundará en minimizar las afecciones derivadas de este tipo de actividad, mediante la reducción de la superficie afectada por las instalaciones y la consiguiente liberación de territorio para su aprovechamiento general.

Con carácter complementario, se crea en la Ley el Fondo para el Desarrollo Tecnológico de las Energías Renovables y el Uso Racional de la Energía en Castilla-La Mancha, como instrumento de consolidación del modelo energético regional plasmado en la Ley 1/2007, de 15 de febrero, de fomento de las energías renovables e incentivación del ahorro y la eficiencia energética en Castilla-La Mancha, y que se integrará con los recursos derivados del canon eólico.

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Además, se aprovecha la Ley para modificar los tipos impositivos del Impuesto sobre determinadas actividades que inciden en el medio ambiente.

La Ley consta de 18 artículos, estructurados en tres capítulos, una disposición adicional, tres disposiciones transitorias y tres disposiciones finales.

II El Capítulo I recoge la finalidad y contenido de la Ley.

El Capítulo II establece el canon eólico. En él sucesivamente se regulan, además de la naturaleza y objeto del canon, la afectación de los ingresos derivados del mismo y sus elementos esenciales: hecho imponible, período impositivo y devengo, sujetos pasivos y responsables solidarios del impuesto, base imponible, tipos de gravamen y cuota tributaria. Cierran el capítulo las normas de gestión necesarias para su aplicación.

El Capítulo III crea el Fondo para el Desarrollo Tecnológico de las Energías Renovables y el Uso Racional de la Energía.

En él se determinan su finalidad y su financiación, mediante la afectación parcial de la recaudación del canon eólico, así como los órganos competentes para su gestión.

Mediante la disposición adicional se modifica el artículo 8 de la Ley 16/2005, de 29 de diciembre, del Impuesto sobre determinadas actividades que inciden en el medio ambiente y del tipo autonómico del Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos, estableciéndose nuevos tipos impositivos para el primero de los impuestos citados.

Las tres disposiciones transitorias se refieren, sucesivamente, a la vigencia de los convenios firmados con los promotores eólicos, al amparo de los planes eólicos estratégicos aprobados en el marco del Decreto 58/1999, de 15 de mayo, por el que se regula el aprovechamiento de la energía eólica, a través de parques eólicos, en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, hoy derogado; al cómputo del plazo de presentación de la declaración de alta en el impuesto tras la entrada en vigor de la Ley; y a la financiación del Fondo para el Desarrollo Tecnológico de las Energías Renovables y el Uso Racional de la Energía en el ejercicio 2011.

La Ley se cierra con tres disposiciones finales. La disposición final primera contiene la necesaria habilitación a la Consejería competente en materia de energía para el desarrollo y aplicación de la Ley; la segunda, habilita para que los tipos impositivos del canon eólico puedan ser modificados mediante la Ley de Presupuestos anuales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha; y, por último, la

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disposición final tercera fija la entrada en vigor de la Ley y de los nuevos tipos impositivos establecidos en su disposición adicional

(Extremadura)

Orden de 1 marzo 2011. Aprueba los precios medios en el mercado para estimar el valor real de coste de la obra nueva de determinados bienes inmuebles, radicados en la Comunidad Autónoma de Extremadura, a efectos de la liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, se establecen las reglas para la aplicación de los mismos y se publica la metodología para su obtención (DOE 7-3-2011).

Orden de 26 de enero de 2011 por la que se publican las tarifas actualizadas de las tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en virtud de lo dispuesto en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el 2011. (DOE 3-2-2011).

Orden de 25 enero 2011. Aprueba los precios medios en el mercado para estimar el valor real de los vehículos comerciales e industriales ligeros usados, a efectos de la liquidación de los hechos imponibles de los Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y sobre Sucesiones y Donaciones, que no figuren en las tablas de precios medios de venta aprobados por el Ministerio de Economía y Hacienda (DOE 2-2-2011).

(Galicia)

Orden de 25 marzo 2011. Aprueba las normas de aplicación del impuesto sobre el daño medioambiental causado por determinados usos y aprovechamientos del agua embalsada (DOG 30-3-2011).

Orden de 7 marzo 2011. Modifica el modelo de declaración complementaria de la tasa por servicios profesionales, por las inspecciones y controles sanitarios oficiales de carnes frescas y carnes de conejo y caza (DOG 24-3-2011).

Orden de 25 febrero 2011. Regula la gestión y la presentación y el pago presenciales de la tasa fiscal sobre el juego realizado a través de máquinas de juego tipo A especial, B o C y modifica la Orden de 30-

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12-2003, que regula la presentación y el pago telemático de la tasa fiscal sobre el juego realizado a través de máquinas de juego tipo A especial, B o C (DOG 28-2-2011).

(Madrid)

Orden 766/2011, de 21 marzo. Procede a la corrección de errores materiales de la Orden 363/2011, de 16-2-2011), que dicta las normas para la aplicación de la tasa por la inscripción en el procedimiento para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación (BOCM 30-3-2011).

Orden 765/2011, de 21 marzo. Procede a la corrección de errores materiales de la Orden 340/2011, de 15-2-2011, que dicta las normas para la aplicación de la tasa por expedición de certificados de profesionalidad, acreditaciones parciales acumulables y expedición de duplicados (BOCM 30-3-2011).

Orden 340/2011, de 15 febrero. Procede a la corrección de errores materiales de la Orden 340/2011, de 15-2-2011, que dicta las normas para la aplicación de la tasa por expedición de certificados de profesionalidad, acreditaciones parciales acumulables y expedición de duplicados (BOCM 8-3-2011).

Orden 363/2011, de 16 febrero. Dicta las normas para la aplicación de la tasa por la inscripción en el procedimiento para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación (BOCM 4-3-2011).

(Murcia)

Orden de 24 de enero de 2011 de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se publican las tarifas de las tasas y precios públicos aplicables en el 2011. (BORM 22-2-2011).

Orden de 22 febrero 2011. Modifica la Orden de 25-2-2010, de la Consejería de Economía y Hacienda, que delimita las competencias de los Registradores de la Propiedad como Oficinas Liquidadoras en sus...

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