Fiscalidad Autonómica

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Legislación
Comunidades Autónomas de régimen común

(Andalucía)

Decreto 384/2009, de 9 diciembre. Desarrolla las condiciones que determinan el reconocimiento previo del derecho a la aplicación de las deducciones de la tasa por actividades de control e inspección sanitaria en mataderos, salas de despiece, instalaciones de transformación de la caza y salas de tratamiento de redes de lidia, se regula el libro oficial de registro de las operaciones sujetas a la citada tasa y determina las condiciones de aplicación de la tasa de controles oficiales adicionales motivados por incumplimiento (BOJA 24-12-2009).

Orden de 19 enero 2010. Atribuye funciones y competencias en materia tributaria y demás ingresos de derecho público de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y determina el ámbito territorial de competencias de los órganos y unidades administrativos de la Agencia Tributaria de Andalucía (BOJA 25-12-2009).

Orden de 18 diciembre 2009. Aprueba los coeficientes aplicables al valor catastral para estimar el valor real de determinados bienes inmuebles urbanos a efectos de la liquidación de los hechos imponibles de los Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y sobre Sucesiones y Donaciones que se devenguen en el año 2010, se establecen las reglas para la aplicación de los mismos y se publica la metodología seguida para su obtención (BOJA 30-12-2009).

Orden de 18 diciembre 2009. Inicio de las actividades de la Agencia Tributaria de Andalucía (BOA 21-1-2010).

(Aragón)

Orden de 21 diciembre 2009. Modifica el modelo 514 de autoliquidación de determinadas tarifas de la tasa 14 por servicios en materia de ordenación de actividades industriales, energéticas, metrológicas, mineras y comerciales (BOA 31-12-2009).

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Ley 13/2009, de 30 diciembre, de medidas tributarias de la Comunidad Autónoma de Aragón (BOAR 31-12-2009).

La ley contiene modificaciones relativas a las bonificaciones en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, a la reducción por el concepto «Donaciones» en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, al canje entre máquinas recreativas y pagos fraccionados en los Tributos sobre el Juego y a las Tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón. Esta Ley incorpora como anexos a la misma el Texto actualizado de la legislación sobre impuestos medioambientales de la Comunidad Autónoma de Aragón, el Texto actualizado de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón y el Texto actualizado de la Ley de Revisión Administrativa en Materia de Tributos Propios y Otros Recursos de Derecho Público de la Comunidad Autónoma de Aragón.

(Asturias)

Ley 3/2009, de 29 diciembre. Presupuestos Generales para 2010 (BOPA 31-12-2009).

Se establece que desde el 1 de enero de 2010, los tipos de cuantía fija de las tasas del Principado de Asturias se elevarán hasta la cantidad que resulte de la aplicación del coeficiente 1,04 a la cuantía exigible en el año 2009.

Ley 4/2009, de 29 diciembre. Medidas Administración y Tributarias de Acompañamiento a los Presupuestos Generales para 2010 (BOPA 31-12-2009).

El título II, relativo a las medidas tributarias, se refiere en primer lugar a las deducciones sobre la cuota íntegra autonómica o complementaria del impuesto sobre la renta de las personas físicas, procediendo, por un lado, a realizar una aclaración técnica en relación con la deducción vigente aplicable a familias monoparentales cuando se lleva a cabo una situación de convivencia con descendientes que no dan derecho a deducción y, por otra parte, como principal novedad, se crea una nueva deducción autonómica cuyo objeto es fomentar los acogimientos familiares de menores que no tengan carácter preadoptivo.

Respecto a la fiscalidad propia, se actualizan los tipos de gravamen del canon de saneamiento regulado en la Ley del Principado de Asturias 1/1994, de 21 de febrero, sobre Abastecimiento y Saneamiento de Aguas, y se recoge un conjunto de modificaciones en relación con diversas tasas.

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Decreto 148/2009, de 23 diciembre. Segunda modificación del Decreto 63/2008, de 9-7-2008, que aprueba los coeficientes aplicables al valor catastral para estimar el valor real de determinados bienes inmuebles urbanos a efectos de los impuestos sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados y sobre sucesiones y donaciones, así como la metodología seguida para su obtención (BOPA 31-12-2009).

(Baleares)

Orden de 28 diciembre 2009. Regula el procedimiento de pago y presentación de documentación con trascendencia tributaria (BOIB 31-12-2009).

(Canarias)

Orden de 26 de noviembre de 2009.Autoriza creación de Caja en Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Santa Cruz de Tenerife para recaudación en período voluntario de la deuda tributaria por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados derivada de la constitución de sociedades, en el marco de la Ventanilla Única Empresarial (BOC 11-12-2009).

Orden de 26 de noviembre de 2009. Autoriza creación de Caja en la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Las Palmas para recaudación en período voluntario de deuda tributaria por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados derivada de la constitución de sociedades, en el marco de la Ventanilla Única Empresarial (BOC 11-12-2009).

Ley 13/2009, de 28 diciembre. Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2010 (BOC 31-12-2009).

Se establece que en el ejercicio 2010 se mantienen los tipos impositivos de cuantía fija de las tasas de la Comunidad Autónoma en la misma cuantía exigible en el año 2009. Se modifica el texto Refundido de los impuestos cedidos, concretamente, en lo que se refiere al IRPF, para incluir una nueva deducción por contribuyentes desempleados, y para modificar la deducción por estudios.

Orden de 18 de enero de 2010. Establece el ámbito objetivo de aplicación del régimen simplificado del Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias y se fijan los módulos para el año 2010 (BOC 1-2-2010).

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(Cantabria)

Orden HAC/25/2009, de 30 diciembre. Establece los requisitos para la repercusión del Impuesto sobre el depósito de residuos en vertedero de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC 31-12-2009).

Orden HAC/26/2009, de 30 diciembre. Aprueba el modelo 675 Web de autoliquidación del Impuesto sobre Depósito de Residuos en Vertederos (BO 31-12-2009).

Orden HAC/27/2009, de 30 diciembre. Aprueba los coeficientes aplicables al valor catastral para estimar el valor real de determinados bienes inmuebles urbanos a efectos de los Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y sobre Sucesiones y Donaciones para el año 2010, se establecen las reglas para la aplicación de los mismos y se publica la metodología seguida para su obtención (BOC 31-12-2009).

Ley 6/2009, de 28 diciembre. Medidas Fiscales y de Contenido Financiero (BOC 30-12-2009).

El Título I de la presente Ley, bajo la rúbrica "Medidas Fiscales" se divide en dos capítulos. El primer capítulo se refiere a las normas relacionadas con los tributos propios, regulándose en su sección primera el nuevo Impuesto sobre Depósito de Residuos en Vertedero, en la sección segunda, se regula el Canon de Saneamiento en el cual se asumen por la Agencia Cántabra de Administración Tributaria las competencias en materia de aplicación de los tributos y se procede a su actualización, hecho que afecta únicamente al componente fijo, divisible por trimestres, no incrementándose el componente variable; en la sección tercera se regula la creación, modificación y actualización de las Tasas de la Administración y de los Organismos públicos de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

El segundo capítulo del Título I está dedicado a las normas reguladoras de los tributos cedidos.

En el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se modifica la deducción por cuidado de familiares exceptuando a los menores de tres años del requisito de convivencia con el contribuyente más de 183 días del año natural y además se actualiza el requisito relativo a la no obligatoriedad de presentación de declaración por el Impuesto sobre Patrimonio.

En el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones se introduce una bonificación autonómica sobre la cuota tributaria que variará, en función de la base imponible recibida por cada causahabiente y con un limite de base imponible susceptible de bonificación de 325.000 euros, entre el 90% y el 99% en las adquisiciones "mortis causa" de los contribuyentes incluidos en los Grupos I y II, asimilándose a la figura de cónyuges a las parejas de hechoPage 193 inscritas conforme a lo establecido en la Ley 1/2005, de 16 de mayo, de parejas de hecho, de la Comunidad Autónoma, suprimiéndose el actual sistema de coeficientes multiplicadores específicos para los Grupos I y II. Igualmente, se favorece el acceso a la vivienda mediante el establecimiento de una bonificación autonómica de entre el 90% y el 99% de la cuota tributaria en la donación de la primera vivienda que constituirá la residencia habitual del donatario, o del terreno para construirla, realizada a descendientes y adoptados, dependiendo el porcentaje de bonificación del valor real de la vivienda o del terreno donado. Asimismo, Igualmente, se establece una bonificación autonómica del 99% de la cuota tributaria, hasta los primeros 100.000 euros donados, a la transmisión gratuita "inter vivos" de metálico destinado a la adquisición de la primera vivienda, o del terreno para construirla, hasta los primeros 30.000 euros, que vaya a constituir además la residencia habitual del donatario realizada a descendientes y adoptados. Además, se instaura una bonificación autonómica del 95 %...

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