Fiscalidad Autonómica

Páginas149-179

Page 149

Legislación
Comunidades Autónomas de régimen común

(Andalucía)

Decreto-ley 1/2010, de 9 marzo. Medidas tributarias de reactivación económica de la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA 18-3-2010).

La mayoría de las medidas adoptadas en el Decreto-ley tienen como denominador común impulsar el incremento de la actividad económica en el territorio de la Comunidad Autónoma.

Así, por lo que respecta al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, este incentivo a la mayor actividad se realiza mediante deducciones en la cuota íntegra autonómica, con efectos desde 1 de enero de 2010. De esta forma, se extiende la deducción por autoempleo a todos los andaluces y andaluzas, sin límite de edad ni distinción de sexo, al mismo tiempo que se eleva el importe hasta 400 euros, con carácter general, y a 600 euros para el caso en el que el contribuyente sea mayor de 45 años. También en relación con este Impuesto, se crea una deducción autonómica por inversión en la adquisición de acciones y participaciones sociales como consecuencia de acuerdos de constitución de sociedades o ampliación de capital en las sociedades mercantiles, por importe del 20% de las cantidades invertidas durante el ejercicio, siempre que creen y mantengan empleo, con el objetivo de fomentar la participación de inversores privados en unidades productivas y generadoras de empleo.

En el caso del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, la vía utilizada es la mejora en el sistema de reducciones aplicables a la base imponible. De acuerdo con lo anterior, en primer lugar, se amplían los beneficiarios en la reducción por adquisición de empresas individuales, negocios profesionales y participaciones en entidades, que actualmente están limitados a cónyuges y parientes directos, a otros parientes tanto por consanguinidad como por afinidad. En segundo lugar, se amplía la reducción del 99% por la adquisición por herencia de empresas individuales, negocios profesionales y participaciones en entidades a las adquisiciones de las mismas por donaciones. En tercer lugar, se amplía la reducción del 99% para transmisiones por herencia y donación de empresas individuales, negocios profesionales y de participaciones en entidades a empleados. En cuarto lugar, se crea una reducción propia del 99% por donación de dinero a parientes para la constitución o ampliación de una empresa individual o negocio profesional.

Page 150

Por último, con el objeto de revitalizar el sector inmobiliario y fomentar la transmisión de viviendas, en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, en la modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas y para la aplicación del tipo reducido de gravamen por la adquisición de viviendas para su reventa por profesionales inmobiliarios, se amplía el requisito del plazo máximo de transmisión de la vivienda de 2 a 5 años.

A diferencia de las anteriores medidas, y con la finalidad de dotar de mayor progresividad al Impuesto, se crea un tipo de gravamen del 8% aplicable a las transmisiones patrimoniales de bienes inmuebles o derechos reales sobre los mismos, para el tramo del valor real que supere la cuantía de 400.000 euros o de 30.000 euros en el caso de bienes inmuebles destinados a garaje, salvo en el caso de los garajes vinculados con la vivienda y con un máximo de dos. Asimismo se aplicará un tipo incrementado del 8% a las transmisiones de determinados bienes muebles que denotan capacidad contributiva: vehículos de turismo y vehículos todo terreno que superen determinada potencia fiscal, embarcaciones de recreo con más de ocho metros de eslora y otros bienes muebles que se puedan considerar legalmente como objetos de arte y antigüedades.

Orden de 19 febrero 2010. Regula el procedimiento para la ejecución por la Agencia Tributaria de Andalucía de las devoluciones de ingresos (BOJA 24-3-2010).

(Canarias)

Orden de 8 febrero 2010. Declara inhábil los días 1 y 2 de febrero de 2010 a determinados efectos tributarios (BOCan 15-2-2010).

Orden de 1 febrero 2010. Fija los índices, módulos y demás parámetros del régimen simplificado del Impuesto General Indirecto Canario para el año 2010 (BOCan 16-2-2010).

(Cantabria)

Orden HAC/10/2010, de 15 de febrero. Regula el procedimiento para la Constitución y Aplicación de los Depósitos Previos por la práctica de las Tasaciones Periciales Contradictoria (BOC 2-3-2010.)

(Castilla-La Mancha)

Orden de 4 marzo 2010. Aprueba las normas para la aplicación de los medios de valoración previstos en el artículo 57 de la Ley 58/2003, dePage 151 17-12-2003, General Tributaria a los bienes inmuebles de naturaleza urbana, en el ámbito de los Impuestos sobre Sucesiones y Donaciones y sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, para el año 2010 (DOCLM 18-3 2010).

Ley 1/2010, de 11 marzo. Regulación de la tasa para la concesión de la etiqueta ecológica en Castilla-La Mancha (DOCLM 18-3-2010.)

El Reglamento (CE) nº 66/2010, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, relativo a la etiqueta ecológica de la Unión Europea, pretende promover productos y servicios que puedan reducir los efectos ambientales adversos, en comparación con otros productos de la misma categoría, contribuyendo así a un uso eficaz de los recursos, a incentivar su uso y a un elevado nivel de protección del medio ambiente, todo ello a través de una rigurosa orientación e información a los consumidores.

La celebración de un contrato con el solicitante de la etiqueta y el pago de un canon de concesión de la misma constituye el presupuesto mismo de la concesión de la etiqueta ecológica en relación a un producto concreto, canon cuya cuantía se fijará en el marco normativo establecido por el propio Reglamento (CE) nº 66/2010 de 25 de noviembre de 2009.

Pues bien, la Ley desarrolla en el Ordenamiento autonómico castellano-manchego las previsiones comunitarias relativas al canon por concesión.

(Cataluña)

Orden AAR/71/2010, de 11 de febrero Da publicidad a la relación de las tasas vigentes correspondientes a los procedimientos tramitados en el Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural (DOGC 22-2-2010).

Orden SLT/75/2010, de 10 febrero. Relaciona las tasas vigentes del Departamento de Salud, con identificación de los servicios y de las cuotas correspondientes (DOGC 23-2-2010).

Orden ECF/74/2010, de 1 febrero. Da publicidad a las tasas con carácter general de los departamentos de la Generalidad de Cataluña y del Departamento de Economía y Finanzas (DOGC. 23-02-2010; rect. DOGC 13-4-2010).

Orden EDU/90/2010, de 19 febrero. Informa de las tasas vigentes que gestiona el Departamento de Educación (DOGC 26-2-2010).

Page 152

Orden ASC/93/2010, de 2 febrero. Da publicidad a la relación de tasas vigentes durante el año 2010 que gestiona el Departamento de Acción Social y Ciudadanía (DOGC 26-2-2010).

Orden IRP 100/2010, de 22 de febrero. Da publicidad a las tasas vigentes que gestiona el Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación durante el año 2010 (DOGC 1-3-2010; rect. DOGC 13-4-2010).

Orden PRE/109/2010, de 23 febrero. Hace pública la relación de las tasas vigentes que gestiona el Departamento de la Presidencia (DOGC 2-3-2010).

Orden MAH/134/2010, de 26 febrero. Da publicidad a la relación de las tasas vigentes que gestiona el Departamento de Medio Ambiente y Vivienda (DOGC 12-3-2010).

Orden MAH/134/2010, de 26 febrero. Da publicidad a la relación de las tasas vigentes que gestiona el Departamento de Medio Ambiente y Vivienda (DOGC 12-3-2010).

Orden GAP/146/2010, de marzo, Da publicidad a las tasas vigentes para el año 2010 correspondientes a los procedimientos que gestiona el Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas (DO. Generalitat de Catalunya 17-3-2010).

Orden JUS/72/2010, de 4 febrero. Da publicidad a la relación de las tasas vigentes que gestiona el Departamento de Justicia (DOGC 22-3-2010).

Orden CMC/155/2010, de 3 marzo. Da publicidad a las tasas que gestionan el Departamento de Cultura y Medios de Comunicación y las entidades dependientes (DOGC 23-3-2010).

Orden CMC/155/2010, de 3 marzo. Da publicidad a las tasas que gestionan el Departamento de Cultura y Medios de Comunicación y las entidades dependientes (DOGC 23-3-2010).

Orden ECF/156/2010, de 5 marzo. Aprueba el modelo de autoliquidación 650 del impuesto sobre sucesiones y donaciones (DOGC 24-3-2010).153

Page 153

Orden ECF/156/2010, de 5 marzo. Aprueba el modelo de autoliquidación 650 del impuesto sobre sucesiones y donaciones (DOGC 24-3-2010). /178/2010, de 11 marzo

Orden ECF 178/2010, de 11 de marzo, Modifica el apartado 2.3 del artículo 2 de la Orden ECF/109/2005, de 18-3-2005 modificado por la Orden ECF/50/2007, de 23-2-2007, y añade un apartado 2.4 a dicho artículo (DOGC 31-3-2010).

(Extremadura)

Orden de 2 febrero 2010. Publica las tarifas actualizadas de las tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en virtud de lo dispuesto en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2010 (DOE 9-2-2010).

Decreto 76/2010, de 18 marzo. Regula las condiciones de ejercicio de las competencias delegadas en las Oficinas Liquidadoras de Distrito Hipotecario para la gestión y liquidación de los impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y sobre Sucesiones y Donaciones, y se aprueba su régimen de creación, división y supresión (DOE 25-3-2010).

(Madrid)

Orden de 4 febrero 2010. . Fija la cantidad estimada como mínima suficiente para cubrir el coste de exacción y recaudación de deudas en período ejecutivo (BOCM 9-3-2010).

(Murcia)

Orden de 25 de febrero de 2010Delimita las competencias de los Registradores de la Propiedad como Oficinas Liquidadoras en sus funciones de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR