La Fiscalía de Medioambiente frente al drama de las electrocuciones de avifauna protegida

AutorSalvador Moreno Soldado
CargoAsesor Jurídico en la Delegación Provincial de la Consejería de Desarrollo Sostenible de Castilla-La Mancha en Albacete
Páginas157-158
www.actualidadjuridicaambiental.com
157
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 19 de noviembre de 2019
La Fiscalía de Medioambiente frente al drama de las electrocuciones de avifauna
protegida
Autor: Salvador Moreno Soldado, Asesor Jurídico en la Delegación Provincial de la
Consejería de Desarrollo Sostenible de Castilla-La Mancha en Albacete
Temas Clave: Tendidos eléctricos; Avifauna; Electrocución; Alta tensión; Fiscalía de
Medioambiente; Responsabilidad Medioambiental; Sector Eléctrico; Pérdida de
Biodiversidad; Administraciones; Comunidades Autónomas
Resumen:
Estos pasados meses de junio y julio de 2019, la Fiscalía de Sala de Medioambiente y
Urbanismo del Estado despachaba dos importantísimos documentos que constituyen un
antes y un después en cuanto a la su posición destacada liderando un acuciante problema
que por volumen (cientos de miles de rapaces) y por la importancia de las aves muertas
(todas amenazadas) no han de pasar inadvertidos tanto para las propias Fiscalías
Provinciales de Medioambiente como para todas las Comunidades Autónomas.
El primero de los documentos a los que nos referimos se trata de las Conclusiones
definitivas correspondientes a la XI Reunión de Fiscales Delegados de Medioambiente y
Urbanismo celebrada los días 18 y 19 de febrero de 2019 en Badajoz; en las que se expone,
en cuanto a electrocuciones de avifauna se refiere, la posición de la Fiscalía respecto de la
problemática de mortandad de avifauna protegida en Redes de Distribución de Energía
Eléctrica de Alta Tensión (páginas 7 a 9). Como la Fiscalía refiere, las grandes compañías
de distribución eléctrica conocen perfectamente esta problemática, limitándose
pasivamente a efectuar correcciones del diseño peligroso de los tendidos sólo cuando la
Administración se lo requiere y previa muerte de un ave, y destacando la eventual
aplicación del artículo 326 bis del Código Penal, del artículo 330 y del 334 CP. Omite la
Fiscalía, señalar también la aplicabilidad del artículo 327.b) por el incumplimiento de esos
requerimientos administrativos. No obstante, somos conocedores de que también lo
considera viable para estos supuestos. Destaca, también, la concurrencia de dolo en cuanto
a la comisión por omisión de dichos delitos ya fuera tanto por la existencia de un riesgo
grave (delitos de riesgo sin resultado) como por el hecho dañino en sí de la electrocución
de un animal. Y destaca también la concurrencia de dolo o imprudencia respecto del
artículo 326 bis CP. Como punto de partida, advierte la Fiscalía que no sólo ha de repararse
en el Real Decreto 1432/2008, porque en virtud del principio de jerarquía normativa,
existen leyes de superior rango como la Ley 21/1992 de Industria, la Ley 24/2013 del
Sector Eléctrico, la Ley 42/2007 de Patrimonio Natural y Biodiversidad; y la Ley 26/2007
de Responsabilidad Medioambiental que incorporan todas ellas obligaciones de protección
ambiental, fundamentalmente de carácter preventivo, así como normativa reglamentaria
como el Real Decreto 337/2014 que regula las revisiones periódicas de las instalaciones y
que completan el panorama normativo a tener en cuenta. Y se advierte, como aviso a
navegantes, que los posibles acuerdos con las eléctricas no puede suponer que se dejen de
tramitar los correspondientes expedientes sancionadores; tal y como obliga el artículo 22.3

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