Régimen tributario y financiero de las Comunidades Autónomas. Comunidades Autónomas de régimen común. Madrid: tasas
Autor | Rafael Calvo Ortega (director) |
Normas
1) Ley 13/2001, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2002 (BOCM de 28-12-01).
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Artículo 57. Actualización de la cuantía de las tasas.
A partir del 1 de enero del año 2002, se incrementará la cuota de las tasas de la Comunidad de Madrid de cuantía fija vigentes a 31 de diciembre de 2001, hasta la cantidad que resulte de la aplicación del 2 por 100, redondeándose por exceso o por defecto según las reglas establecidas al efecto en el artículo 11 de la Ley 46/1998, de 17 de diciembre, sobre Introducción del Euro, en la redacción dada por la Ley 9/2001, de 4 de junio.
No tienen la consideración de cuotas de cuantía fija las que consistan en una cantidad a determinar, aplicando un porcentaje sobre una base imponible.
2) Ley 14/2001, de 26 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas (BOCM de 28-12-01).
Preámbulo
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Las modificaciones introducidas en la Ley 27/1997, de 26 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, tratan de adecuar el ordenamiento jurídico a las actividades y servicios que presta la Comunidad en las siguientes materias:
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En materia de sanidad se establecen cinco nuevas tasas farmacéuticas y se modifica la regulación y tarifa de la tasa por tramitación del informe de evaluación que, sobre proyectos de investigación clínica, emite el Comité Ético de Investigación Clínica Regional (CEIC-R).
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En materia de transportes, se crea una tasa por depósito de mercancías ante la Junta Arbitral del Transporte y se modifica puntualmente la descripción de una tarifa.
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En materia de presidencia, se crea una tasa por el bastanteo que, a solicitud de los particulares, llevan a cabo los Servicios Jurídicos de la Comunidad y se modifican las tarifas de las tasas de radiodifusión y televisión, así como algún aspecto concreto de la regulación de estas últimas.
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En materia de educación, y dentro de las "Tasas por expedición de títulos, certificados o diplomas y por expedición de duplicados en el ámbito de la enseñanza no universitaria" se incluye el título de "Profesional de Danza".
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En materia de artes, se modifica puntualmente la regulación de las tasas vigentes en el ámbito de la gestión del Patrimonio Histórico-Artístico.
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En materia de función pública, se declara exentos del pago de la tasa por derechos de examen para la selección de personal al servicio de la Comunidad de Madrid a las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos.
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En materia de medio ambiente, se modifica la regulación de la tasa por solicitud de concesión y utilización de la etiqueta ecológica, y se modifica la tarifa de la tasa por cobertura del servicio de prevención y extinción de incendios y salvamentos de la Comunidad de Madrid.
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En el ámbito de la singular utilización y aprovechamiento de bienes de dominio público de la Comunidad de...
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