La fiebre de las Reformas (1980-2012)

AutorJuan Antonio Sagardoy Bengoechea
Páginas29-39

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El ordenamiento jurídico es cambiante como la vida social que regula. Pero especialmente lo es en el ámbito laboral. Las reformas laborales son, por esencia, inacabables. Y ello es así por una serie de razones que expongo a continuación.

Todo el entramado legal del trabajo por cuenta ajena está íntimamente ligado a las evoluciones progresivas de la técnica, de la mentalidad social, de la situación macroeconómica y de las ideologías políticas. Por poner simples ejemplos de todo ello, tenemos en cuanto a lo técnico todo el fenómeno del teletrabajo, las facilidades pasmosas de comunicación, la electrónica, etc. No puede regularse igual el trabajo del siglo XIX, fundamentalmente anclado en el esfuerzo físico, que el trabajo del siglo XXI, fundamentalmente montado en el esfuerzo intelectual o de habilidades.

En cuanto a la mentalidad social, ha sido fundamental la incorporación –y valoración– de la mujer al mundo del trabajo. Este fenómeno imparable de la sociedad en la que vivimos tiene una evidente repercusión en la regulación normativa de la jornada, de los salarios, de la promoción, de la carrera profesional, etc. Todo ello con independencia de la profunda revolución que en nuestra estructura familiar supone el masivo acceso de la mujer al trabajo.

Otro factor unido a la mentalidad social, es el ingreso en el ámbito del Derecho del Trabajo, no ya de los trabajadores intelectuales, sino de los Autónomos, Directivos y todo tipo de relaciones especiales (artistas, deportistas, agentes comerciales, etc.) que tienen protegida su relación por la norma laboral y que acceden con normalidad a los cauces procesales comunes, en caso de litigio. Lo mismo puede decirse de la sindicación, más allá de los trabajadores manuales, que ha supuesto nuevos rumbos y objetivos más amplios en la propia acción sindical. Y desde luego la enorme sensibilidad que la norma laboral muestra hacia la igualdad –o no discriminación– es un rasgo evidente de la traslación de un sentir social, hondamente arraigado, al plano normativo. Ese vector de igualdad tiene también su influencia en la organización de las empresas, que aun siendo, como no puede ser menos, conjuntos jerarquizados, tienen cada vez más suavizado el vínculo de subordinación y más potenciado el de

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autonomía. Y eso, como es natural, también influye y debe tenerse en cuenta por la norma laboral.

En lo que se refiere a la situación macroeconómica, el Derecho del Trabajo, si no quiere convertirse en un mausoleo de ilusiones, debe tenerla muy presente. No puede legislarse del mismo modo en situaciones de crisis que en situaciones de bonanza. Parece evidente. Pero, al respecto, conviene precisar que, con independencia de las situaciones económicas, el Derecho del Trabajo tiene una “caja negra” insobornable e infranqueable a la coyuntura, y esa caja, con sus contenidos, ha de conservarse por encima de todo. Los derechos a un salario digno, el respeto a la dignidad de la persona, la limitación de la jornada, la defensa activa de la salud laboral, la sindicación, la autonomía colectiva, el derecho de huelga y el acceso sencillo a la justicia, son entre otros los contenidos inmutables de esa caja acorazada de los trabajadores de los siglos XX-XXI.

Son las “líneas rojas” que no pueden traspasarse, sin graves perturbaciones sociales. Ahora bien, sería un flaco servicio a los propios trabajadores que todos sus derechos fuesen inmutables, intocables, que se petrificasen. Ello podría llevar, como en ocasiones ha llevado, a poner en peligro la propia supervivencia de la empresa. Máxime en tiempos como los actuales de economías globalizadas.

Debe tenerse en cuenta que los crecimientos económicos, por muy espectaculares que sean, si no van acompañados de un reparto equitativo de los resultados, o mejor aún, de unos postulados de justicia social acaban siendo crecimientos aborrecibles por la inestabilidad que traen aparejada. La Historia, siempre maestra de lo que hay que hacer y de lo que no hay que hacer, nos muestra con enorme contundencia –véase siglo XIX y mitad del siglo XX– cómo las mejoras económicas que no atiendan al factor social acaban siendo gigantes con pies de barro. Y en esa tarea, el Derecho del Trabajo y, más concretamente, la ley laboral y el convenio colectivo terminan siendo el microclima apropiado para el crecimiento. El crecimiento no puede ser unilateral, ha de ser global.

Pero dicho esto, es preciso señalar que la norma laboral, sea del Estado o de los agentes sociales, no puede ser una losa situada encima de la agilidad comercial, de la competitividad, del uso de la tecnología y en definitiva de todos los elementos que hacen de la empresa una organización viva, eficaz y de futuro. La macroeconomía debe tener sus afluentes a la microeconomía; pero si no hay agua no hay afluencia. Salvo, claro está, en sistemas no deseables de economía sumergida, y aun así, tampoco funcionaría a medio plazo. Una empresa fuertemente competitiva es el mejor seguro para los trabajadores.

Finalmente, y desde luego sin ánimo exhaustivo, las ideologías políticas imperantes en un momento dado, son otro factor de la inacababilidad de las reformas laborales. Este factor, el político, tuvo mucha mayor incidencia hace unas pocas décadas, pero aun así sigue teniendo evidente relieve. La polarización política del mundo entre la economía capitalista de mercado y la socialista intervencionista tuvo una enorme influencia en las normativas laborales y desde luego en las actitudes y objetivos sin-

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dicales. La caída o declive de la URSS como buque insignia del sistema socialista-marxista, supuso una difuminación de las ideologías políticas, pudiendo decirse que entre los países de la UE prácticamente todas las políticas sociales están estructuradas en lo que podríamos denominar social-democracia.

Por todo lo anteriormente dicho –relación de las reformas laborales con los fenómenos técnicos, sociales, económicos y políticos– las reformas laborales son permanentes.

Pero a ello debemos añadir que las reformas laborales son poco permeables. Toda reforma laboral –salvo las reformas laborales «revolucionarias» que supongan un cambio integral de modelo– es eso, una reforma, y como todo cambio hay una innata resistencia a su aceptación. Esto se da especialmente en el mundo del trabajo, donde las costumbres, las normas de actuar, los derechos adquiridos, las desconfianzas sindicales, etc., hacen especialmente difícil la aceptación pronta y eficaz del cambio.

En España se dice, con mayor o menor justicia, que tenemos un sistema de relaciones laborales rígido, poco flexible y se pone como ejemplo (al menos hasta 2012) la dificultad de modificar las condiciones de trabajo, la eficacia erga omnes de los convenios colectivos, la dificultad, o al menos la carestía, de los despidos, la intervención administrativa en los expedientes de regulación de empleo, la implantación de las condiciones más beneficiosas y el enorme abanico de prestaciones o beneficios sociales, sobre todo en materia de jubilación. Todo ello, que en buena parte es...

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