La fiducia sucesoria en la empresa familiar

AutorTatiana Cucurull Poblet
CargoDoctora en Derecho. Profesora de los Estudios de Derecho y Ciencia Política. Universitat Oberta de Catalunya
Páginas317-348
Revista Crítica de Derecho Inmobiliario, N.º 783, págs. 317 a 348 317
La fiducia sucesoria en la empresa
familiar
Succession trust in family companies
por
TATIANA CUCURULL POBLET
Doctora en Derecho. Profesora de los Estudios de Derecho y Ciencia Política.
Universitat Oberta de Catalunya
RESUMEN: La sucesión intergeneracional de la empresa familiar es
uno de los problemas que debe afrontar su propietario, pues de ello de-
penderá la continuidad de la misma en manos de la familia. Así pues, una
planificación anticipada de la sucesión es clave para que esta transmisión
sea lo más beneficiosa posible para todos los miembros familiares. Gracias
a la modificación del ar tícu lo831 del Código civil introducida por la Ley
41/2003, de 18 de noviembre, la fiducia sucesoria ha pasado a tener un
papel importante en la sucesión empresarial. A través de ella, será posible
posponer el momento de determinar quién será beneficiario de la empresa
y en la que la figura del cónyuge será determinante para lograr la voluntad
del causante.
ABSTRACT: The inter-generation succession of family-owned company is
one of the problems their owner must face, as their continuity will depend on
it. Therefore, an early succession planning is the key to ensure this transmis-
sion to be as profitable as is possible to all family members. As a result of
the amendment of article 831 of the Civil Code introduced by Law 41/2003
on 18th November, the trust in succession has become an important factor in
corporate succession. Through it, it will be possible to postpone the moment
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of determining who will be the company beneficiary and in which the figure
of the spouse will be decisive to achieve the will of the causative.
PALABRAS CLAVE: Fiducia sucesoria. Empresa familiar. Sucesión.
Testamento. Legítima. Conservación.
KEY WORDS: Succession trust. Family companies. Succession. Last will
and testament. Legitimize. Continuity.
SUMARIO: I. INTRODUCCIÓN.—II. EL CONCEPTO DE EMPRE-
SA FAMILIAR.—III. LA FIDUCIA SUCESORIA: 1. ANTECEDENTES DE
LA FIDUCIA SUCESORIA. 2. LA CODIFICACIÓN EN DERECHO COMÚN. 3. ORI-
GEN JURISPRUDENCIAL. 4. FINALIDAD. 5. ORDENAMIENTO FORAL.—IV. EL
AR TÍCU LO831 DEL CÓDIGO CIVIL: 1. PRESUPUESTOS DE LA FIDUCIA
SUCESORIA. 2. NATURALEZA DE LA FIDUCIA SUCESORIA.—V. LA FIDUCIA
SUCESORIA Y LA EMPRESA FAMILIAR: 1. FORMA DE PAGO DE LA
LEGÍTIMA.—VI. CONCLUSIONES.—VII. ÍNDICE DE RESOLUCIONES
CITADAS.—VIII. BIBLIOGRAFÍA.
I. INTRODUCCIÓN
La empresa familiar supone una parte muy importante de la población
empresarial, y consecuentemente, incide de una forma directa en la economía
de los distintos países y regiones. Las estimaciones que han sido publicadas
por diferentes instituciones, tanto a nivel internacional, como nacional y au-
tonómico, reflejan el importante peso que este tipo de entidades representan.
Según datos publicados por el Instituto de la Empresa Familiar, las em-
presas familiares suponen el 89% del total de empresas privadas españolas.
Además, ocupan el 67% del empleo privado. Sobre la actividad económica su
peso equivale a un 57% del PIB del sector privado1. Así pues, visualizando
estas cifras, resulta fácil entender el impacto de este tipo de entidades y el
porqué de la importancia de su estudio.
No obstante, y a pesar del peso que representan este tipo de entidades en
la economía, debemos centrarnos en uno de los mayores problemas con los
que debe enfrentarse: el cambio generacional en la dirección y/o propiedad.
La sucesión de una empresa es un hecho que, por lo general, y si esta
funciona, tarde o temprano, termina por llegar. Este traspaso, en la mayo-
ría de las compañías, suele llevarse con normalidad, no obstante, no puede
decirse lo mismo de las denominadas «empresas familiares».
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La fiducia sucesoria en la empresa familiar
Este tipo de entidades se diferencian del resto, como bien indica su
nombre, por su componente «familiar». Esto implica que, además de los
aspectos propios que caracterizan a una empresa, se le añaden otros (como
pueden ser su organización, forma de relacionarse internamente, cultura o
fines) que afectan de forma directa al cambio de mando.
Cabe advertir que en España coexisten la legislación común y las distin-
tas legislaciones forales en materia sucesoria. La aplicación de una y otra
dependerá de la vecindad civil del causante.
El testamento, resulta una herramienta clave en todo este entramado, ya
que a través de su otorgamiento, no solo se evita la apertura de la sucesión
ab intestato sino que, además, permite distribuir el caudal relicto de la forma
más conveniente, y en la que se incluye la empresa familiar. Así, el ar tícu-
lo1056.1 del Código civil establece que «cuando el testador hiciere, por acto
entre vivos o por última voluntad, la partición de sus bienes, se pasará por
ella, en cuanto no perjudique a la legítima de los herederos forzosos». No
obstante, sobre el posible obstáculo que puede representar ser la legítima,
más adelante veremos como la legislación permite flexibilizar la rigidez que
envuelve a esta figura para favorecer la transmisión de este tipo de empresas.
Así pues, uno de los aspectos clave para asegurar el éxito de la sucesión
empresarial es planificarla con la debida anticipación. De este modo, el
empresario puede tomarse un tiempo prudencial para identificar al sucesor
idóneo e introducirlo gradualmente en el negocio. Esta forma de proceder
supondría más ventajas que inconvenientes, ya que el sucesor se iría con-
solidando poco a poco, no solo ante clientes y proveedores, sino también
ante los demás accionistas y familiares.
No obstante, en la práctica, suele ocurrir que gran parte de esta tipología
de entidades no dispone de esta planificación de la sucesión empresarial.
El motivo principal es que, al fundador, quien ha creado y ha dedicado
gran parte de su vida a la empresa, le resulta costoso pensar en dejar esta
actividad y consecuentemente se retrasa en exceso su marcha; o simplemen-
te puede ocurrir que no siente la necesidad de acometer una situación de
relevo generacional, pues la considera muy lejana. Cabe advertir, que estos
motivos no solo afectan a dicha planificación sino que también pueden
suponer un desánimo o relajamiento por parte de la siguiente generación,
que no contemplan el momento de manejar la empresa.
La transmisión de la propiedad puede suceder de una sola vez, como
ocurre cuando esta se dispone a través de testamento. No obstante, existen
otras alternativas para que dicho traspaso se produzca de forma progresiva.
Así pues, se debe advertir que el traspaso de los cargos gerenciales de
este tipo de entidades no conlleva necesariamente la transmisión de su pro-
piedad. Por tanto, una de las soluciones que existen para que la sucesión
de la empresa familiar no sea tan desapacible para su propietario, es que

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