Fernández de Buján y Arranz, A., Fiscalidad de los productos sometidos a impuestos especiales, ThomsonReuters-Aranzadi, Pamplona, 2016 (530 pp.)

AutorJuan Calvo Vérgez
CargoUniversidad de Extremadura
Páginas269-273

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Sin lugar a dudas los Impuestos Especiales constituyen uno de los principales pilares de nuestro sistema tributario. Cualquier propuesta que se pretenda realizar relativa a una reforma fiscal en nuestro país ha de tener siempre presente la especial trascendencia que adquieren los Impuestos Especiales de Fabricación. En este sentido se ha de reconocer que las últimas reformas fiscales acometidas al efecto han conducido a una elevación de la presión fiscal existente en el ámbito de estos tributos. Así, por ejemplo, el peso de los impuestos sobre el precio de venta al público de la gasolina y del gasóleo es en la actualidad dentro de nuestro país del 59% y del 55%, respectivamente. Estas cifras, que parecen muy elevadas, se encuentran sin embargo alejadas del resto de países de la Unión Europea, donde la media se sitúa en el 69% y en el 63%, diez y ocho puntos más respectivamente. Esta diferencia en el peso de la fiscalidad es la que, en buena medida, explica una contradicción en el mercado de los carburantes en España. El precio de gasolina y gasóleo es de los más caros en Europa antes de impuestos y de los más baratos en el precio de venta al público1.

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Por lo que respecta al Impuesto Especial sobre el Tabaco, la recaudación procedente del citado Impuesto Especial (sin contar el IVA) contribuye en la actualidad con el 35% de todos los Impuestos Especiales recaudados. Ello representa el equivalente al 68% de los ingresos que se obtienen por este mismo concepto con los hidrocarburos y 6,6 veces lo que se recauda con la cerveza y las bebidas alcohólicas de alta graduación. El tabaco soporta en España una carga fiscal del 77%, muy por encima del 47% que grava los hidrocarburos, del 43% que pesa sobre el alcohol o del 21% de la electricidad.

Desde hace ya algún tiempo viene poniéndose de manifiesto la necesidad de introducir diversas reformas en la operatividad de los Impuestos Especiales de Fabricación. Algunas de ellas ya se han acometido, como sucede con la introducida en el ámbito del Impuesto sobre la Electricidad. Otras están pendientes de llevarse a cabo. A tal efecto no está de más recordar que impuestos tales como los aplicables sobre el tabaco o sobre el alcohol tienen una doble justificación. En primer lugar, estos impuestos suelen fundamentarse en la necesidad de corregir los efectos externos negativos derivados del consumo de estos productos, efectos que no se recogen en los precios de los mismos. Así, el gravamen tiene por finalidad restringir su consumo y hacer que recaiga un parte del coste social del mismo en los...

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