La modernización de las relaciones financieras entre la Federación y los Lander en Alemania. La Foderalismuskommission II

AutorJosé Camisón Yagúe
Cargo del AutorProfesor de Derecho Constitucional - Universidad de Extremadura
Páginas121 - 134

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1. Introducción

La República Federal de Alemania se encuentra en un momento de profundos cambios constitucionales. Recientemente se ha aprobado, como se sabe, una sustancial reforma de la Ley Fundamental de Bonn fundamentalmente dirigida a la reordenación de las competencias entre la Federación y los Länder1, y que ha dado lugar a un nuevo modelo de federalismo alemán, susceptible de ser calificado como competitivo2 o experimental3. La reforma de 2006 introdujo, entre otros cambios, ciertas mo-Page 122dificaciones en la constitución financiera alemana, las más significativas: la reducción de las financiaciones mixtas, el endurecimiento de los requisitos para la obtención de ayudas financieras, el aumento de la autonomía impositiva regional, el pacto nacional de estabilidad, y el reparto de las cargas entre los Länder y la Federación en casos en responsabilidad internacional o derivada del incumplimiento del Derecho Comunitario4. No obstante, dichas reformas económicas han sido consideradas de forma unánime como insuficientes5, e incluso se ha criticado públicamente que la Comisión encargada de estudiar el cambio de paradigma no debatiera más en profundidad estos temas6.

Por razón de esta insuficiencia en materia financiera, se ha hecho necesario ahondar en la reforma del 2006, tal y como el propio Bundesrat reconoció expresamente en el momento de aprobarse los recientes cambios constitucionales7, poniendo en marcha de nuevo un proceso de reforma constitucional, fundamentalmente dirigido a la modificación de las relaciones financieras entre la Federación y los Länder8.

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2. La Comisión para la modernización de las relaciones financieras entre la Federación y los Länder

Como ya hemos mencionado en el epígrafe anterior, la reforma del federalismo alemán del año 2006 modificó ciertas cuestiones relativas a la constitución financiera9, sin embargo, quedaron pendientes la reforma y modernización de las relaciones financieras entre la Federación y los Länder, que deben ser adecuadas al nuevo modelo federal10.

A fin de discutir y analizar los pormenores de dicha reforma se acordó a finales del año 2006 la creación de una comisión mixta Bundestag-Bundesrat dedicada a la modernización de las relaciones financieras entre la Federación y los Länder11. A esta comisión se la conoce como la de la reforma federal II –Föderalismuskommission II– pues, como su nombre indica, su naturaleza y funciones se asemejan a la que discutió y analizó la reforma constitucional de 2006, la Foderalismuskommission I. La Föderalismuskommission II comenzó formalmente sus trabajos el 8 de marzo de 2007 y desde entonces viene desarrollando sus tareas12.

2.1. Composición de la comisión

La Comisión mixta para la modernización de las relaciones financieras está integrada por treinta y dos miembros, y sus correspondientes suplentes. De ellos dieciséis miembros y dieciséis suplentes son designados por el Bundestag, y los otros dieciséis miembros y sus suplentes lo son por el Bundesrat13. Además de los anteriores integrantes de la FöderalismuskommissionPage 124II también participan en sus trabajos varios representantes de los Parlamentos de los Länder y de los Municipios alemanes.

2.1.1. Miembros del Bundestag

Los dieciséis miembros designados por el Bundestag fueron nombrados teniendo en cuenta las propuestas de los diferentes grupos parlamentarios y su peso en el pleno de la Cámara. Además, fue preciso, tal y como se preveía en la decisión por la que se constituía la Comisión, que cuatro de los dieciséis miembros designados por el Bundestag fueran miembros del Ejecutivo federal 14.

De este modo la delegación del Bundestag quedó conformada por seis representantes de la CDU/CSU, seis del SPD, dos del FDP, uno del grupo de la Izquierda (Die Linke), y otro del Grupo de los Verdes; todos ellos con sus correspondientes suplentes15.

Los representantes designados por el Bundestag tienen voz y voto en las reuniones de la Comisión. Los suplentes, por su parte, sólo tienen derecho a asistir a las sesiones, aunque pueden disfrutar del derecho a voz y voto en caso de ejercer la sustitución de un miembro titular ausente.

2.1.2. Miembros del Bundesrat

Los miembros designados por el Bundesrat se distribuyen entre los dieciséis Estados Federados correspondiendo un representante a cada uno de los Ejecutivos de los Länder. La práctica totalidad de los miembros titulares son los respectivos Ministerprasident de cada Land, habiendo sido designados como suplentes de éstos los respectivos Ministros de Finanzas de cada territorio federado16.

Al igual que los representantes designados por el Bundestag, también los designados por el Bundesrat tiene voz y voto en las reuniones de la Comisión. Del mismo modo, los suplentes, también gozan del derecho a asistirPage 125a las reuniones, y disfrutarán del derecho a voz y voto sólo cuando se encuentren ejerciendo la sustitución de un miembro titular ausente.

2.1.3. Representantes de los Landtage y los Kommunen

Forman parte también de la Comisión cuatro representantes de los Parlamentos de los Länder, los Landtage, que han sido designados por ellos mismos según un procedimiento ad hoc17; y tres representantes de los Municipios alemanes, Kommunen18. Estos representantes carecen de derecho de voto, pero sí tienen reconocida voz y también capacidad de propuesta en el seno de la Comisión19.

A través del concurso de estos representantes en los trabajos de la Foderalismuskommission II se posibilita la presencia y la participación en sus trabajos de todos los niveles territoriales del Estado y de todas las instituciones parlamentarias, que se verán afectados en mayor o menor medida por las posibles reformas financieras que se propuestas.

2.1.4. Presidencia de la Comisión

Al frente de los trabajos de la Comisión se encuentra una Presidencia integrada por dos miembros: uno de ellos, elegido por los miembros designados por el Bundestag, y el otro, elegido por los designados por el Bundesrat20. Junto con éstos también fueron elegidos dos suplentes21.

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Para asistir administrativamente a la Presidencia y a la Comisión en sus trabajos se ha dotado a ésta de una Secretaría.

2.2. Funcionamiento de la Comisión

Respecto al funcionamiento de la Foderalismuskommission II debemos reseñar, si quiera de forma breve, por un lado, ciertas cuestiones relativas a sus normas de funcionamiento interno y, por otro, los mecanismos de adopción de acuerdos.

2.2.1. Normas de Funcionamiento

El funcionamiento de la Comisión se rige por las normas contenidas en las resolución de su constitución22 y ,además, de forma supletoria por el Reglamento interno del Bundestag23. De ello se colige que, en todos aquellos extremos que no estén fijados expresamente en las propias normas de funcionamiento interno, deberá observarse la normativa interna del Bundestag prevista para regular los trabajos de las comisiones.

2.2.2. Adopción de acuerdos

En el seno de la Comisión pueden alcanzarse dos tipos de acuerdos, cada uno de ellos requiere de una mayoría diferente.

En primer lugar, están aquellos acuerdos que tienen que ver con los asuntos relativos a la modificación del modelo de relaciones financieras entre la Federación y los Länder, objeto principal de la actividad de la Comisión24. Para la adopción de este tipo de acuerdos sobre propuestas de modi-Page 127ficación es necesaria, al menos, una mayoría favorable de dos tercios de los miembros.

Y, en segundo lugar, tenemos aquellos acuerdos que se relativos al funcionamiento interno de Comisión y sus procedimientos, éstos se adoptarán en principio por mayoría; no obstante, será necesario el voto favorable de dos tercios de los miembros presentes en caso de que un mayoría de los representantes designados por el Bundestag o de los representantes del Bundesrat manifiesta su oposición a dicho acuerdo25.

2.3. El objetivo de la Comisión

La objetivo de la Foderalismuskommission II está fijado en la decisión por la que se constituye. En este documento se indica que la Comisión tiene como misión principal la elaboración de propuestas para modernizar las relaciones financieras entre la Federación y los Länder, a fin de que éstas se adecuen al nuevo marco de relaciones y condicionantes económico-políticos, tanto externos como internos a los que está sometida Alemania, y que traen causa, entre otras razones, en la pertenencia a la Unión Europea, la reciente reforma de modelo federal, y el proceso de globalización económico. También se pide de la Foderalismuskommission II que sus propuestas contemplen los elementos necesarios para la consecución de los objetivos del logro de un crecimiento sostenido y la minimización del desempleo26.

Por otra parte, también se indica en el mandato que recibe la Comisión, que sus propuestas deben estar orientadas al fortalecimiento de la responsabilidad financiera de los entes territoriales y, también, al establecimiento de un modelo de financiación coherente con las tareas que competen a cada nivel territorial. En este punto es necesario recordar que la reforma Constitucional de 2006 ha introducido cambios significativos en las tareas competencia de cada uno de los niveles en los que se ordena...

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