Fases de la recepción

AutorFrancisco Martínez Mas
Cargo del AutorAbogado

1. LA VERIFICACION DE LA OBRA

1.1. Concepto

Antes de aprobar y, en su caso, recibir la obra realizada, lo prudente y lo lógico, es que el promotor la examine con minuciosidad, con la finalidad de comprobar si la misma es o no conforme a lo estipulado en el contrato y a las reglas del arte de la construcción. En este sentido, podemos señalar que la verificación es una actividad material de carácter técnico, integrada por un conjunto de operaciones que tiene por objeto comprobar la idoneidad de la obra realizada.

SANCHEZ CALERO, define la verificación de la obra como “el conjunto de operaciones materiales y técnicas en cuya virtud la obra es inspeccionada, con el fin de que el comitente pueda comprobar su buena ejecución y forme su voluntad en orden a la aceptación de la obra”.97

Por nuestra parte, entendemos que la verificación de la obra es “el conjunto de operaciones materiales y técnicas que tiene por objeto examinar y comprobar si la obra ha sido ejecutada correctamente con el fin de obtener los elementos necesarios para formar la voluntad en orden a la aceptación de la obra”.98

A tenor del concepto dado, podemos señalar como notas que caracterizan a la verificación de la obra las siguientes:

  1. Se trata de un conjunto de operaciones materiales, en cuanto que se examina la obra cualitativa y cuantitativamente y el funcionamiento de sus instalaciones, y técnicas, en cuanto a la estructura y solidez de la obra.

  2. Tiene por objeto comprobar si la obra es o no conforme a lo pactado y a la lex artis.

  3. Se trata de una fase anterior a la aprobación de la obra.

    1.2. Naturaleza jurídica

    Con anterioridad a la entrada en vigor de la LOE, y en orden a la determinación de la naturaleza jurídica de la verificación, se habían formulado las siguientes teorías:

  4. Teoría de que la verificación de la obra es una obligación del comitente

    Según esta tesis, la verificación de la obra es una obligación del comitente, puesto que el constructor tiene derecho a que la obra sea verificada y, en su caso, aprobada y recibida, pues de esta manera se libera de ulteriores responsabilidades.

  5. Teoría de que la verificación de la obra es una facultad del comitente.

    Para los seguidores de esta teoría, la verificación de la obra no constituye una obligación del comitente, sino una facultad.

    En este sentido se pronuncia SANCHEZ CALERO, al señalar que el comitente tiene el derecho de verificar la obra, porque la verificación constituye el medio mediante el cual forma su voluntad en orden a la aceptación; sin embargo, la verificación no es un requisito previo para que la aceptación pueda producirse, ya que el comitente puede aceptar la obra sin haberla verificado, en cuyo caso, perderá su derecho a reclamar por los vicios y defectos aparentes existentes en la obra. Por consiguiente, “la verificación no es una obligación del comitente que puede exigirle el contratista, sino un derecho que opera como una carga para el comitente, pues constituye el presupuesto indispensable para el ejercicio de su derecho de garantía por vicios o defectos aparentes” y “solo en el caso de que la verificación haya sido prevista en el contrato, su realización constituir para el comitente no solo un derecho, sino también una obligación, a cuyo cumplimiento podrá ser constreñido el contratista”.99

    En la misma línea, se pronuncia CABANILLAS SANCHEZ al afirmar que se trata de una facultad del comitente que forma parte del contenido del derecho de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR