Familias pluriparentales: donde tres (¿o más?) no son multitud

AutorAgustina Bladilo
CargoAbogada
Páginas135-158
Familias pluriparentales en la argentina: donde tres (¿o más?) No son multitud 135
RJUAM, n.º 38, 2018-II, pp. 135-158ISSN: 1575-720-X
FAMILIAS PLURIPARENTALES EN LA ARGENTINA: DONDE
TRES (¿O MÁS?) NO SON MULTITUD*
PLURIPARENTAL FAMILY IN ARGENTINE: WHERE THREE (¿OR MORE?)
ARE NOT A CROWD
A B**
Resumen: El presente trabajo tiene por objeto analizar y visibilizar las tensiones y aristas que
encierran las conformaciones familiares pluriparentales, es decir, aquellas donde más de dos
adultos tienen la voluntad de ser considerados progenitores de un niño/a, con todos los efectos
jurídicos derivados de tal emplazamiento. Dicho análisis tendrá como base casos reales que han
demandado soluciones y respuestas en la justicia argentina.
Palabras clave: pluriparentalidad, fi liación, derecho a la identidad, autonomía de la voluntad.
Abstract: The objective of this paper is to analyse and bring to light the tensions and limits that
confi ne the multi-parent family structure, i.e, those where more than two adults have the will to
be considered as the parents of a child, with all the legal eff ects that derive from such a situation.
This analysis will be based on real cases that have demanded solutions and answers in the Ar-
gentinian justice system.
Keywords: pluriparentality, fi liation, right to identity, autonomy of the will.
S: I. INTRODUCCIÓN. II. PLURIPARENTALIDAD; 1. Contextualizando el fenómeno;
2. Dos conceptos centrales para el reconocimiento de la pluparentalidad: voluntad y socioa-
fectividad. III. ¿QUÉ SUCEDE EN LA ARGENTINA?; 1. Derecho y Realidad; 2. ¿Qué nos
muestra la realidad? Casos de triple fi liación en la Argentina; IV. CONCLUSIONES PARA
EMPEZAR. V. BIBLIOGRAFÍA.
I. INTRODUCCIÓN
La autonomía de la voluntad ha sido un derecho históricamente alegado, no solo porque
protege a la persona frente a las intromisiones –ilegítimas muchas de las veces– del Estado
* http://doi.org/10.15366/rjuam2018.38.005
Fecha de recepción: 5 de noviembre de 2018.
Fecha de aceptación: 19 de diciembre de 2018.
 Abogada. Profesora de Enseñanza Media y Superior en Ciencias Jurídicas. (Universidad de Buenos Aires,
UBA). Ayudante de primera en Familia y Sucesiones (UBA) y docente en Familia y Sucesiones, Universidad
Nacional de Avellaneda (UNDAV). Mail de contacto: agustinabladilo90@gmail.com.
AGUSTINA BLADILO
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en las decisiones de su vida privada, sino también por permitir en su nombre derivar patrones
de moralidad y ética que invisibilizan otras formas de construir proyectos de vida y familia
cuyo contenido no se corresponde o excede con creces al tipo tradicional.
En materia de Derecho de las familias1, las luchas y conquistas alcanzadas sobre la base
sólida de la libertad y la autonomía de la voluntad han sido muchas: refi riéndome especial-
mente a la situación de la Argentina, este avance se observa desde el reconocimiento legal
del divorcio hasta la regulación de las técnicas de reproducción humana asistida (en adelante,
«TRHA») como una tercera causa fuente fi lial; pasando por la recepción normativa de las
uniones convivenciales y las familias ensambladas, por una mayor amplitud para la toma de
decisiones en el ámbito patrimonial del matrimonio, por nombrar tan solo algunos. Otros,
aún sin eco legal pero de gran visibilización e impacto social, como ha sido en nuestro país el
reciente debate cultural, social y parlamentario sobre la interrupción voluntaria del embarazo2.
Frente a sociedades más complejas, existe un sinfín de espacios donde las regulacio-
nes son puestas en crisis en pos del reconocimiento de mayor autonomía y libertad para la
toma de decisiones vinculadas directamente con la individualidad y dignidad de la persona
humana. Estos debates dan lugar a una clásica aunque siempre actual tensión con otro prin-
cipio de similar importancia, como lo es el orden público. Esta tensión entre ellos es una
constante en el Derecho de las familias. ¿Cuál es el –¿delgado? – límite entre uno u otro?
¿Cómo reconocer un límite al ejercicio de los derechos alentados por la autonomía de la
voluntad en pos del orden público? ¿Cuán razonable es dicho límite? ¿Cómo mutan o se
aggiornan estos límites a los constantes y vertiginosos cambios sociales?
Los desafíos de pensar el Derecho de las familias en términos de libertad y autonomía
nos exige a la vez repensar y rediseñar toda su estructura sobre la base también de un reco-
nocimiento sincero de la diversidad, la pluralidad y la humanidad. Es decir, abogar por una
sociedad más humana, libre, plural y democrática, donde cada persona tenga la libertad de
planifi car, formar y organizar el tipo de familia y vínculos que mejor se corresponda con sus
1 Noción auspiciada por los numerosos cambios legislativos y sociales que han resultado ser el pasaje
de un derecho de la familia en singular a un Derecho de las familias en plural, donde el foco de protección
ya no es la familia como organismo o institución sino la persona como titular del derecho humano a vivir en
familia y con ello, ente otras tantas y valiosas cuestiones, la instauración e incrementación de la presencia
de la autonomía de la voluntad en la regulación de las relaciones familiares. «(…) [E]n buena hora, nos han
cambiado los cimientos, principios y reglas –en términos dworkinianos– sobre los cuales se edifi caba el derecho
de familia hasta hace muy poco. De un derecho de familia en singular, tradicional –incluso hipócrita– en el
que la familia matrimonial heterosexual con hijos biológicos –o a lo sumo, ante la imposibilidad de procrear,
con hijos adoptivos– era la única protagonista de la escena familiar; a un Derecho de las familias en plural,
a tono con una realidad social que ha interpelado de manera profunda el orden jurídico hasta ahora vigente»
Vid. HERRERA, M., Manual de Derecho de las Familias, Buenos Aires, (Abeledo Perrot), 2015.
2 Para profundizar se recomienda consultar las siguientes notas periodísticas: Diario La Nación, El debate
por la legalización del aborto: así fue el minuto a minuto de una histórica sesión. Disponible en https://
www.lanacion.com.ar/2160341-debate-por-la-legalizacion-del-aborto-minuto-a-minuto-la-historica-sesion-
en-el-senado. Consultado el 09/10/2018; Diario Página 12, Comenzó el debate por el aborto, Disponible
en https://www.pagina12.com.ar/102798-comenzo-el-debate-por-el-aborto. Consultado el 09/10/2018.

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