La extinción de la relación laboral de las trabajadoras embarazadas durante el período de prueba tras el Real Decreto-Ley 6/2019, de 1 de marzo

AutorXavier Solà i Monells
CargoProfesor Titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad Autónoma de Barcelona
Páginas13-38
IUSLabor 1/2020
13
LA EXTINCIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL DE LAS TRABAJADORAS
EMBARAZADAS DURANTE EL PERÍODO DE PRUEBA TRAS EL REAL
Xavier Solà i Monells
Profesor Titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad
Autónoma de Barcelona
Abstract
La aparición del Real Decreto-ley 6/2019 supone un importante paso adelante en la
protección de las trabajadoras embarazadas frente a la extinción contractual durante el
período de prueba, que hasta ese momento se había canalizado exclusivamente a través
de la vía ordinaria de tutela de derechos fundamentales. El actual párrafo 2º del artículo
14.2 del TRLET extiende a esa tipología extintiva la nulidad objetiva y automática que
dos décadas atrás se introdujo para los despidos disciplinario y objetivo, generando una
presunción que solo puede romperse acreditando la falta de aptitud y/o adecuación de la
trabajadora embarazada. No obstante, la nueva regulación también presenta algunas
deficiencias, porque genera diversos interrogantes, tanto en relación con el colectivo
beneficiario de la garantía como a su alcance objetivo, y se olvida de transponer la
obligación de notificación escrita y motivada de la decisión extintiva establecida en el
The appearance of Royal Decree-Law 6/2019 supposes an important step forward in
the protection of pregnant workers against contractual termination during the
probationary period, which up to that time had been channelled exclusively through the
ordinary route of protection of fundamental rights. The current 2nd paragraph of article
14.2 of the TRLET extends to this extinctive typology the objective and automatic nullity
that was introduced two decades ago for disciplinary and objective dismissals,
generating a presumption that can only be broken by determining the lack of aptitude
and/or adequacy of the pregnant worker. However, the new regulation also presents
certain deficiencies because it raises a number of questions, both in relation to the
collective benefiting from the guarantee and also to its objective range of effect. It also
forgets to transpose the obligation of a written notification prompted by the established
terminating decision in article 10.2 of Directive 92/85/CEE.
Title: The termination of the employment relationship during the probationary period of
pregnant workers following the Royal Decree-Law 6/2019 of March 1st
IUSLabor 1/2020 Xavier Solà i Monells
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Palabras clave: Trabajadora embarazada, período de prueba, discriminación, extinción
contractual
Keywords: Pregnant worker, probationary period, discrimination, contractual
termination
IUSLabor 1/2020, ISSN 1699-2938, p. 13-38.
DOI. 10.31009/IUSLabor.2020.i01.01
Fecha envío: 17.12.2019 | Fecha aceptación: 25.2.2020
Sumario
1. Planteamiento
2. La solución tradicional: la tutela basada en la presunción por indicios de
discriminación
3. Una evolución fallida: la STS de 18 de abril de 2011 (recurso 2893/2010) y la
4. La corrección normativa a través del RDL 6/2019
4.1. Primera aproximación: la extensión al período de prueba de la garantía de
nulidad objetiva y automática
4.2. El ámbito subjetivo de la garantía: identificación del colectivo beneficiario
4.3. El alcance objetivo de la garantía: la presunción “iuris tantum” de nulidad
4.4. La eventual incidencia sobre la mecánica extintiva: ¿obligación de
comunicación escrita con especificación causal?
4.5. Las consecuencias de la nulidad
5. Reflexiones finales
6. Bibliografía

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