Extensión del derecho al honor a los entes con y sin personalidad jurídica en un escenario digitalizado

AutorFrancisco de la Torre Olid
Páginas59-82
CAPÍTULO 2
59
Extensión del derecho al honor a los
entes con y sin personalidad jurídica
en un escenario digitalizado
Francisco de la Torre Olid
Profesor de Derecho Civil
Secretario General
Universidad Isabel I
Resumen
Ciertamente, la comunicación se caracteriza en nuestros días por su inmedia-
tez, accesibilidad y espontaneidad, si bien el reto es que la falta de reexión y la
frescura que implican esos rasgos no la hagan lesiva. Existen innidad de casos
en los que los Medios se hacen eco de opiniones vertidas en las redes que, in-
mediatamente, el emisor decide corregir por considerarlas excesivas. Se trata de
incontinencias y excesos verbales que, en caso de que provoquen lesiones, mere-
cen el reproche correspondiente puesto que el daño no se puede amparar en la
espontaneidad ni tiene cabida en la libertad de expresión; sobre todo, cuando el
mensaje se realiza a través de un medio de difusión masivo y, como ocurre con fre-
cuencia, la intensidad y rudeza de los términos empleados son desproporcionados.
Por todo ello, conviene reexionar desde el referente que representa la sentencia
408/2016 del Tribunal Supremo.
En la medida en que la persona natural compromete cada vez más sus intereses
a través de personas jurídicas o entes asociativos, es lógico entender que estas
entidades, en justicia material, requieran mayor tutela jurídica, también en lo
relativo a derechos fundamentales como el honor, asumiendo que el entorno
digital las expone en mayor grado ya que deben desenvolverse en ese contexto
virtual por la obligación que les impone su constitución legal o los requisitos
de trasparencia.
En el presente trabajo se sugiere, en n, que la preservación de la honorabilidad
comience en los mismos gestores o representantes de las entidades, que merecerán
un reproche añadido en el momento en que descuiden o agredan la honorabilidad
de un partido político, una asociación de consumidores o de un banco.
DERECHO DIGITAL. PERSPECTIVA INTERDISCIPLINAR Francisco de la Torre Olid60
Palabras clave
Persona jurídica, entes sin personalidad, honor, derechos fundamentales, escenario
digital.
Abstract
Certainly, nowadays communicaction caracterices itsfelf for its inmediacy, accessibi-
lity and spontaneity – ne vertheless, being able to assure that it won’t be oensive, as
it lacks of reection and might be plenty with freshness, has become a real challenge.
ere is evidence of a vast number of issues where the Mass Media have repeated and
spread a great amount of opinions expressed in the existing social networks when,
immediately after saying, the communicator decides to correct his/her statement as
long as he/she suddenly considers it might be excessive. It deals with incontinence
and verbal excesses that, provided they might provoke damage, deserve the pertinent
reproval as long as this damage cannot be excused by its spontaneity and cannot t
under the freedom of speech shield – above all, when the message is done via mass
media and, as it often happens, the intensity and roughness of the terms displayed
are dispropotionate. Because all of this, it is advisable to reex about the reference
represented by the 408/2016 Supreme Court sentence.
To the extent that the natural person is getting to compromise more and more with
his/her interests via legal representatives or associative entities, it is logical to unders-
tand that these named entities, in legal issues, might require a larger legal tutelage,
also in the fundamental rights-related matters such as the personal honor, assuming
that the digital environment exposes them with a higher intensity as long as they
have get get on with this virtual context because of the obligation imposed by its legal
constitution or their transparency requeriments.
In the present work it is suggested, nally, that the preservation of the honourableness
starts with the ver y acts of the the managers or the representatives of these entities,
which will deserve an added reproval whenever they might attack the honour of a
political party, a consumers’ association or a bank society.
Key Words
Legal person, non-personal entities, honour, fundamental rights, digital scene.
Sumario
I. Visión panorámica y relevancia jurídica de la temática. II. El honor de la persona jurídica y
de otros entes: airmación (reconocimiento), extensión (a personas jurídicas, a entes colec-
tivos) y notas relevantes. III. Conclusiones.

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