Expediente notarial de inmatriculación art. 203 LH sin descripción inicial. Negativa a expedir certificación

Páginas136-139

Resumen: Iniciado un expediente inmatriculador del artículo 203 LH de una finca, cuya descripción concreta no consta ni en el acta inicial del expediente, ni en los documentos que se acompañan y, tras la negativa registral a expedir certificación y solicitar el registrador al notario el cierre del expediente iniciado, la DG establece que es posible continuar la tramitación del mismo, llevando a cabo el notario las actuaciones y pruebas que estime pertinentes, las cuales, finalmente, pudieran dar lugar a la conversión de la anotación preventiva practicada en inscripción definitiva, una vez que se hubieran logrado disipar las dudas o bien, por el contrario, producir la suspensión definitiva de la inmatriculación solicitada.

Hechos: Se inicia un expediente inmatriculador del 203 de la Ley Hipotecaria (antes expediente judicial del art 201 LH), para inmatricular una finca no inscrita. Sirve de base, para ello, una donación formalizada en 2018 a favor del donatario requirente, habiendo adquirido, la donante, la finca en cuestión a inmatricular, por herencia de su esposo, mediante una escritura otorgada en Basilea en 2010, quien la había adquirido, dicha finca, por documento privado de venta (luego elevado a escritura pública). Sin embargo, en la referida escritura de herencia, se adjudicaba a la esposa heredera ( y luego donante) la finca en cuestión, bajo la manifestación genérica (en aquella escritura de herencia) de que se atribuían a la esposa y heredera “todos los activos y pasivos de la herencia, encontrándose incluida, entre los primeros, la finca referida”, con una alusión a que la finca donada, se ubicaba en término de Firgas, tenía 6.158,24 m2, era la registral 7.292 y procedía de otra nº 1.677 (Registro de Las Palmas de Gran Canaria 4).

Registrador: Solicitada por el notario, a efecto del expediente inmatriculador (art 203 LH), la certificación registral de la finca referida, y a la vista de todos los documentos reseñados (donación, herencia, y documento de venta elevado a público), el registrador deniega la emisión de la certificación solicitada por el notario ya que, estando el acta inicial incompleta y procediendo la finca, pendiente de inmatriculación, de otra inscrita, el notario, debía cerrar el expediente inmatriculador, e inscribir previamente los títulos que causalizaban el tracto sucesivo, o sea no cabía continuar el expediente de inmatriculación, sin inscribir, previamente, los títulos intermedios.

Recurrente: El notario...

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