La preparación del expediente de contratación y su tramitación

AutorVirginia Pérez Alegre - Javier García Serrano
Páginas111-132

Page 111

10.1. Introducción

En esta unidad se van a analizar todas las actuaciones preparatorias comunes de los contratos, que deben realizarse para completar el expediente de contratación, sin analizar los documentos o actuaciones concretas que deben aportarse en un contrato determinado, lo cual será tratado en otras unidades didácticas.

10.2. El expediente de contratación

La tramitación del expediente se iniciará por el órgano de contratación motivando la necesidad del contrato. El expediente deberá referirse a la totalidad del objeto del contrato, sin perjuicio de su división en lotes, a efectos de la licitación y adjudicación.

El expediente incorporará los siguientes documentos:

- el pliego de cláusulas administrativas particulares (PCAP),

- el pliego de prescripciones técnicas,

- el certificado de existencia de crédito o documento que legalmente le sustituya;

- la fiscalización previa de la intervención.

a) Elaboración de los PCAP.

Los PCAP constituyen la parte administrativa del expediente. Podemos diferenciar distintas clases de pliegos:

Page 112

Pliegos de cláusulas administrativas generales

El Consejo de Ministros, previo dictamen del Consejo de Estado, podrá aprobar pliegos de cláusulas administrativas generales, para su utilización en los contratos que se celebren por los órganos de contratación de la Administración General del Estado, sus Organismos autónomos, Entidades gestoras y Servicios comunes de la Seguridad Social y demás entidades públicas estatales. Las Comunidades Autónomas y las entidades que integran la Administración Local podrán aprobar pliegos de cláusulas administrativas generales, de acuerdo con sus normas específicas, previo dictamen del Consejo de Estado u órgano consultivo equivalente de la Comunidad Autónoma respectiva, si lo hubiera.

Pliegos de cláusulas administrativas particulares

Los pliegos de cláusulas administrativas particulares deberán aprobarse previamente a la autorización del gasto o conjuntamente con ella, y siempre antes de la licitación del contrato, o de no existir ésta, antes de su adjudicación. En estos pliegos se incluirán los pactos y condiciones definidores de los derechos y obligaciones de las partes del contrato. En el caso de contratos mixtos, se detallará el régimen jurídico aplicable a sus efectos, cumplimiento y extinción.

Respecto del contenido básico de los pliegos de cláusulas administrativas particulares, éste se recoge en las Recomendaciones efectuadas por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa en su Informe 35/08, de 25 de abril de 2008. A este respecto, las cláusulas básicas son:

  1. - Objeto del contrato

  2. - Codificación del objeto del contrato

  3. - Necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato y los factores de todo orden a tener en cuenta

  4. - Régimen jurídico del contrato

  5. - Órgano de contratación

  6. - Perfil del contratante

  7. - Presupuesto base de licitación formulado por el órgano de contratación y su distribución en anualidades, en su caso

    Page 113

  8. - Crédito presupuestario o el programa o rúbrica contable con cargo al que se abonará el precio

  9. - Duración del contrato con determinación, en su caso, de las prórrogas

  10. - Tramitación del expediente a efectos de adjudicación del contrato

  11. - Procedimiento de adjudicación del contrato

  12. - Criterios de adjudicación y de evaluación de las ofertas

  13. - Documentación de carácter contractual

  14. - Derechos y obligaciones específicas de las partes del contrato

  15. - Contratista. Capacidad

  16. - Contratista. Prohibición de contratar

  17. - Contratista. Solvencia económica y financiera

  18. - Contratista. Solvencia técnica y profesional

  19. - Contratista. Clasificación

  20. - Proposiciones

  21. - Modo de presentación de las candidaturas o de las proposiciones

  22. - Documentos a presentar por los candidatos o licitadores, así como la forma y contenido de las proposiciones

  23. - Plazo de presentación de candidaturas o de proposiciones

  24. - Lugar de recepción de candidaturas o de proposiciones

  25. - Mesa de Contratación

  26. - Fecha de examen de la documentación acreditativa de los requisitos de capacidad y solvencia de los licitadores o candidatos

  27. - Apertura de las proposiciones admitidas

  28. - Ofertas anormalmente bajas

  29. - Variantes o mejoras

  30. - Condiciones especiales de ejecución del contrato

  31. - Renuncia o desistimiento

    Page 114

  32. - Adjudicación del contrato

  33. - Documentación a presentar por el adjudicatario provisional

  34. - Formalización del contrato

  35. - Revisión de precios. Fórmula o índice oficial aplicable a la revisión de precios

  36. - Régimen de los pagos del precio

  37. - Garantías provisionales y definitivas

  38. - Causas especiales de resolución del contrato

  39. - Incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución

  40. - Penalidades

  41. - Modificación del contrato

  42. - Recepción del contrato

  43. - Plazo de garantía de la prestación contratada

  44. - Subcontratación

  45. - Información sobre las obligaciones relativas a la fiscalidad, protección del medio ambiente, empleo y condiciones laborales

  46. - Información confidencial facilitada al contratista

  47. - Gastos de publicidad

  48. - Prerrogativas

  49. - Jurisdicción

  50. - Otras cuestiones

    Los contratos se ajustarán al contenido de los pliegos particulares, cuyas cláusulas se consideran parte integrante de los mismos.

    La aprobación de los pliegos corresponderá al órgano de contratación, que podrá, asimismo, aprobar modelos de pliegos particulares para determinadas categorías de contratos de naturaleza análoga.

    La JCCA deberá informar con carácter previo todos los pliegos particulares en que se proponga la inclusión de estipulaciones contrarias a los correspondientes pliegos generales.

    Page 115

    En la Administración General del Estado, sus organismos autónomos, entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social y demás entidades públicas estatales, la aprobación de los pliegos y de los modelos requerirá el informe previo del Servicio Jurídico respectivo. Este informe no será necesario cuando el pliego de cláusulas administrativas particulares se ajuste a un modelo de pliego que haya sido previamente objeto de este informe.

    b) Elaboración del pliego de prescripciones técnicas particulares:

    Los pliegos de prescripciones técnicas constituyen la parte técnica del expediente de contratación. El órgano de contratación aprobará con anterioridad a la autorización del gasto o conjuntamente con ella, y siempre antes de la licitación del contrato, o de no existir ésta, antes de su adjudicación, los pliegos y documentos que contengan las prescripciones técnicas particulares que hayan de regir la realización de la prestación y definan sus calidades.

    Previo informe de la JCCA, el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro correspondiente, podrá establecer los pliegos de prescripciones técnicas generales a que hayan de ajustarse la Administración General del Estado, sus organismos autónomos, entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social y demás entidades públicas estatales.

    Se establecen en la normativa una serie de reglas para elaborar las prescripciones técnicas. Éstas se definirán, en la medida de lo posible, teniendo en cuenta criterios de accesibilidad universal y de diseño para todos, tal como son definidos estos términos en la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, y, siempre que el objeto del contrato afecte o pueda afectar al medio ambiente, aplicando criterios de sostenibilidad y protección ambiental. De no ser posible definir las prescripciones técnicas teniendo en cuenta dichos criterios, deberá motivarse suficientemente esta circunstancia.

    Las prescripciones técnicas deberán permitir el acceso en condiciones de igualdad de los licitadores, sin que puedan tener por efecto la creación de obstáculos injustificados a la apertura de los contratos públicos a la competencia. A estos efectos, conviene recordar la limitación contenida en el artículo 56.1 y es que, salvo en los contratos adjudicados por un procedimiento de diálogo competitivo, no podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificacio-

    Page 116

    nes técnicas del contrato siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.

    Salvo que lo justifique el objeto del contrato, las especificaciones técnicas no podrán mencionar una fabricación o una procedencia determinada o un procedimiento concreto, ni hacer referencia a una marca, a una patente o a un tipo, a un origen o a una producción determinados con la finalidad de favorecer o descartar ciertas empresas o ciertos productos. Tal mención o referencia se autorizará, con carácter excepcional, en el caso en que no sea posible hacer una descripción lo bastante precisa e inteligible del objeto del contrato y deberá ir acompañada de la mención "o equivalente".

    En ningún caso estos pliegos contendrán declaraciones o cláusulas que deban figurar en el pliego de cláusulas administrativas particulares (artículo 68.3 RGLCAP).

    c) Certificado de existencia de crédito:

    El artículo 46 de la Ley 47/2003, General Presupuestaria (LGP), establece que "No podrán adquirirse compromisos de gasto ni adquirirse obligaciones por cuantía superior al importe de los créditos autorizados en los estados de gastos, siendo nulos de pleno derecho los actos administrativos y las disposiciones generales con rango inferior a la ley que incumplan esta limitación, sin perjuicio de las responsabilidades reguladas en el Título VII de esta Ley". Así mismo, el artículo 42 de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR