Expectativas ante el nuevo reglamento del cine

AutorPedro Merry

Mediante un único texto reglamentario, el legislador ha intentado desarrollar casi todos los aspectos contemplados en la mencionada Ley (a excepción de la creación de la sección de obras audiovisuales del Registro de Bienes Muebles, que se hará en una normativa propia) y entre los que cabría destacar las famosas medidas de fomento de la cinematografía y el audiovisual, la calificación por grupos de edad de las obras cinematográficas y audiovisuales, los criterios para determinar la nacionalidad de una obra o el procedimiento para la obtención de su certificado. Asimismo, lleva a cabo la regulación de las salas de exhibición, a la sazón, el lugar decisivo para la comercialización de las películas, estableciendo los mecanismos de control sobre la cuota de espectadores y los rendimientos económicos obtenidos por las películas exhibidas, a fin de facilitar a los autores la percepción de sus derechos de explotación y al sector cinematográfico información clave para sus relaciones comerciales. Se regula, por último, el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales y las coproducciones con empresas extranjeras y los órganos colegiados con competencias consultivas en determinadas materias.

De las novedades mencionadas, uno de los aspectos que mayor mención merece, es la simplificación de los trámites que los interesados deben seguir ante la Administración en relación con la producción y distribución de las obras cinematográficas, la obtención de la resolución de nacionalidad, la calificación de la película y la inscripción en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales, todo ello como requisitos para la obtención de ayudas económicas. A modo de ejemplo, se ofrece la posibilidad de solicitar la resolución de calificación junto con la resolución de nacionalidad, desapareciendo por tanto, la obligación de obtener los certificados de calificación de las películas y demás obras audiovisuales y de pagar una de las tasas correspondientes a ese trámite. Se piensa que con ello se facilitan las posibilidades de acceso a las ayudas públicas.

Por otro lado, el reglamento favorece las coproducciones con empresas extranjeras flexibilizando los requisitos para la aprobación de las mismas, e incentivando la creación de Agrupaciones de Interés Económico para la producción de películas. Asimismo, se apuesta por la colaboración con las Comunidades Autónomas en el fomento del cine en lenguas cooficiales.

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