Existir, estar y ser de las uniones estables de pareja

AutorJosep M.ª Fugardo Estivill
CargoNotario de Terrassa
Páginas32-58

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I Introducción

Sin pretender agotar el elenco de cuestiones que gobiernan desde una perspectiva jurídica las uniones estables de pareja extramatrimoniales, el objeto del presente trabajo se centra especialmente en el exa- men de la doctrina constitucional referente al existir, estar y ser de esta clase de uniones. Esta doctrina puede servir de ayuda al intérprete para valorar la mayor o menor acomodación "constitucional" de su estatuto normativo o la validez y viabilidad de determinados pactos y efectos jurídicos referentes a aquellas.

Si Von Kirchman dejó escrito que "fres calabas del legislador convierten bibliotecas enteras en basura" (1847), mutatis mutandis, el examen de la doctrina constitucional nos ofrece motivos para reflexionar sobre la ciencia del Derecho y la validación o no de la legislación positiva cuando el Alto Tribunal es llamado a examinar su correcta adecuación constitucional.

En la primera parte de este trabajo, se hará una referencia a la configuración socio-jurídica del matrimonio y de las uniones extramatrimoniales more uxorio o en pareja de hecho; seguidamente, se tendrá

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en cuenta su evolución legislativa reciente; en tercer lugar, se pondrán de relieve las respuestas del Tribunal Constitucional (TC) a determinados interrogantes que plantea este modo de convivencia, lo que permitirá trazar o deducir los límites y principios que en nuestro ordenamiento configuran la regulación de esta clase de uniones; en cuarto lugar, se examina la STC de 12 de marzo de 2014, referente a determinados ámbitos de la competencia estatal y autonómica para legislar sobre esta materia; por último, se informa sobre la regulación existente en los derechos europeo y comunitario. Derecho este último que es de prever que, en breve, introducirá pautas novedosas en la materia1.

II Contexto sociojurídico de las relaciones de convivencia more uxorio de la pareja

A lo largo de las últimas décadas, especialmente a partir de la promulgación del vigente marco constitucional, la sociedad española y las formas de convivencia more uxorio de las parejas han experimentado importantes cambios tanto en lo social como en lo jurídico, y ello ha conllevado una franca transformación y contraposición entre la institución tradicional y basilar del matrimonio y las denominadas uniones libres, de hecho o uniones estables de pareja (RODRÍGUEZ PASCUAL y MENÉNDEZ ÁLVAREZ-DARDET,2003:9yss.).

La sociedad española y las formas de convivencia more uxorio de las parejas han experimentado importantes cambios sociales y jurídicos, lo que conlleva una transformación y contraposición entre la institución tradicional del matrimonio y las denominadas uniones de hecho

Este fenómeno no es exclusivo de la sociedad española, sino que también se ha reflejado con intensidad y cronología generalmente más temprana en la práctica totalidad de los países pertenecientes al ámbito de la cultura occidental o los influidos por esta. Este proceso de cambio ha sido con-ceptualizado de distintas formas, según la posición sociológica que se argumente, y se suele describir como parte de un proceso más general de individualización creciente (MEIL LANDWERLIN, 2006: 95 y ss.).

1. Matrimonio y desmatrimonialización

En su concepción tradicional y europea, el matrimonio cabe definirlo como un tipo de convivencia sexual, afectiva y económico-patrimonial entre dos personas de distinto sexo que impone derechos, deberes y obligaciones recíprocas y tiene carácter de institución básica para la formación y el mantenimiento del grupo familiar. El matrimonio vincula a los cónyuges y a un grupo más amplio de personas, ya que se crean alianzas y relaciones por causa del matrimonio, la filiación y el parentesco con los padres, hermanos, hermanas y otros familiares consanguíneos, que se convierten en parientes por afinidad del otro cónyuge mediante el matrimonio.

El matrimonio se considera la base sobre la cual se asientan los grupos sociales y los estados. Según CICERÓN (106-43 a. C), "la primera sociedad está en el matrimonio, la segunda, en los hijos, de que se forma una casa, y un todo común, [...] síguense después los hermanos, sus hijos, y los hijos de estos, que no cabiendo ya en una casa, se extienden, y reparten en otras, a manera de colonias. Después, los casamientos y entronques con otras familias; de que resultan otros muchos parlen tes, la cual propagación y descendencia es causa, y origen de las Repúblicas" {Los oficios de Cicerón...: 90).

El modelo familiar basado en el matrimonio se ha construido por los estados modernos a partir de las bases proporcionadas por el Derecho romano y el Derecho canónico, y "sepresenta como una realidad plenamente asentada en nuestras sociedades, que ha sido institucionalizada por el legislador, dotada de un estatuto jurídico del que derivan importantes efectos jurídicos, no solo para los integrantes de la unión, sino para los demás elementos del grupo" (GARRÍ DO MELERO, 2013,1: 66). La Iglesia convirtió el matrimonio en sacramento e introdujo la obligación de formalizar las uniones en forma religiosa, que era el único medio legitimador de las uniones (Concilio deTrento, 11 de noviembre de 1563). Con todo, como asimismo evidencian las fuentes romanas, las uniones de hecho son históricamente más antiguas y, pese al vigor del modelo oficial, han subsistido como fenómeno más o menos marginado, perseguido o reconocido, según las épocas.

Salvando breves períodos históricos (1870-1875,1931 -1939), el matrimonio civil estuvo prácticamente prohibido (solo se admitía en caso de contrayentes no católicos o que hicieren apostasia) hasta la entrada en vigor de la Constitución de 1978, que proclamó la libertad ideológica, religiosa y de conciencia y la aconfesionalidad del Estado (art. 16 CE), "aconfesionalidad o laicidadpo-

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sitiva" (STC 46/2001, de 15 de febrero, FJ 4) (RIVES GILABERTy RIVES SEVA, 2001; PABLO CONTRERAS, 2011: 461 y ss.). En 2009, por primera vez, el número de celebraciones de matrimonios civiles supero el de matrimonios religiosos.

Como observa LEFAUCHEUR (2003: 55-56), hasta fechas muy recientes, "la norma básica de las sociedades occidentales ha sido, en mayor o menor medida, la que surgió con la institucionalización del matrimonio, impulsada principalmente por la Iglesia Católica Apostólica Romana alrededor del siglo XII. La institución matrimonial ostentó el monopolio de la regulación de las relaciones sexuales (heterosexuales), así como de la convivencia conyugal, la procreación, la paternidad y la legitimidad. Asimismo, ha sido una institución clave tanto para determinar la división sexual (y etaria) del trabajo, como para designar la posición que ocupaba cada persona en el sistema socioeconómico, ya que el matrimonio estaba estrechamente entrelazado con otra institución clave, el sistema de herencia, tanto de medios de producción como de posiciones sociales. La institución del matrimonio entretejía en tonces sexo y género, hogar y familia, procreación y legitimidad, cuidado y manutención de los niños, labores domésticas y herencia".

Con arreglo a GIDDENS (2010: 371), la familia europea y de otros países occidentales se caracteriza por basarse en el matrimonio monogámico establecido por ley, aunque, debido a la elevada tasa de divorcios, algunos autores sugieren que el modelo de matrimonio debería denominarse de monogamia consecutiva; el matrimonio se basa en la idea del amor romántico y su principal influencia es la del individualismo afectivo; la familia moderna es patrilineal y neolocal; a menudo, el modelo tipo de familia se describe como nuclear o elemental (uno o dos progenitores y los hijos). No obstante, este modelo no es exclusivo y es compatible con la existencia de otros modelos y alternativas familiares en lo que cabe denominar heterogeneidad del hecho familiar y de la esfera doméstica (familia extensa o compuesta consanguínea, familia troncal, familia mo-noparental,familia de madre soltera,familia de padres separados, familia recompuesta...

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