Exención del IVA en entregas interiores a fundaciones para su exportación por estas

AutorMiguel Gil del Campo
Cargo1986-02
PáginasInspector de Hacienda del Estado. Licenciado en Derecho y Master en Cooperación al Desarrollo

El consultante se dedica al comercio al por menor de accesorios para vehículos terrestres. Efectúa una venta de cubiertas para turismos y todo terreno a una Fundación establecida en España que envía posteriormente dicho material a Monrovia (Liberia).

La legislación del IVA declara la exención de entregas interiores realizadas a organismos humanitarios cuando éstos los adquieren en el curso de sus actividades de esta naturaleza, precisamente para enviarlos desde España a paises en vías de desarrollo en cumplimiento de sus actividades humanitarias.

En efecto el artículo 21, , de la Ley 37/1992, de 28 de Diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (Boletín Oficial del Estado del 29), dispone que estarán exentas del Impuesto, en las condiciones y con los requisitos que se establezcan reglamentariamente, las siguientes operaciones: "(?)

4º. Las entregas de bienes a Organismos reconocidos que los exporten fuera del territorio de la Comunidad en el marco de sus actividades humanitarias, caritativas o educativas, previo reconocimiento del derecho a la exención."

De acuerdo con este artículo y con su desarrollo por el artículo 9. 4º del RIVA la aplicación de esta exención queda condicionada al cumplimiento de los siguientes requisitos que se sistematizan en la contestación de la DGT:

El primero de carácter subjetivo, de forma que el destinatario de al entrega de bienes ha de ser un "Organismo reconocido" (artículo 21, de la Ley 37/1992) que no actúe con fin de lucro, circunstancia esta que deberá ser acreditada por el Departamento Ministerial correspondiente (artículo 9,1, del Reglamento del Impuesto).

Los demás requisitos son de carácter objetivo, y entre ellos hay que mencionar los siguientes:

Que los bienes adquiridos con exención se exporten fuera de la Comunidad en el plazo de los tres meses siguientes a la fecha de su adquisición.

Que la exportación de los...

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