Estructura y procedimiento

AutorManuel Jaén Vallejo - Ángel Luis Perrino Pérez
Cargo del AutorMagistrado - Fiscal
Páginas164-167

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3.1. Estructura

De entre todos los modelos por los que se podía optar, nuestra oficina de recuperación y gestión de activos ha sido configurada como un órgano administrativo115, separándose por lo tanto de los modelos ya analizados de nuestro entorno cultural y geográfico, puesto que no siendo una unidad especializada de la fiscalía (Reino Unido, Bélgica o Países Bajos), tampoco es un organismo autónomo (Francia).

Se trata por lo tanto de un órgano administrativo, integrado en el Ministerio de Justicia, con rango de Dirección General, lo cual parece acertado teniendo en cuenta la categoría de los interlocutores naturales de la oficina tanto en el plano nacional (jueces, fiscales) como en el internacional (directores de las «oficinas» de otros Estados).

Al frente de la misma se sitúa el Director General, para cuyo perfil se han reflejado unas condiciones muy abiertas, toda vez que puede ser un funcionario de carrera tanto del Estado, como de las comunidades autónomas o de las entidades locales (debiendo pertenecer bien al grupo A1, de acuerdo con la clasificación que establece la legislación sobre los empleados públicos), o a las Carreras Judicial o Fiscal o al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.

En relación con esta figura, no se puede dejar a un lado que en todos los países de nuestro entorno cultural y geográfico es un juez o fiscal el que ocupa este puesto (magistrado en el concepto instaurado en muchos países europeos, que incluye las dos figuras), precisamente porque la actuación de la oficina está vinculada a la existencia de un procedimiento judicial o a unas diligencias de investigación preprocesales, es decir, que a pesar de tratarse de un órgano administrativo, no se puede entender sin ese vínculo a la labor de auxilio a la Administración de Justicia, que es precisamente lo que da sentido a la creación, existencia y funcionamiento de la oficina.

Por ello, se prevé también que el Director cuente con el apoyo de jueces, fiscales o letrados de la administración de justicia, de los

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previstos en el art. 25 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y Planta Judicial.

Como no podía ser de otra manera, la oficina funciona con dos áreas. La primera de ellas es la denominada Subdirección General de localización y recuperación de bienes, que tiene como cometido la identificación y búsqueda de los efectos, bienes, instrumentos y ganancias...

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