Mujer víctima de violencia doméstica, trastorno de estrés postraumático y eximente de miedo insuperable

AutorMaría José Jiménez Díaz
Cargo del AutorProfesora Titular de Derecho Penal de la Universidad de Granada

I. INTRODUCCIÓN

"¿Sabe lo que reciben algunas mujeres el día de su cumpleaños? Un ojo morado, un puñetazo en las costillas, o unos dientes rotos. Es tan escalofriante porque no sólo ocurre el día de su cumpleaños. Puede ocurrir todos los meses, todas las semanas, e incluso todos los días. Resulta escalofriante porque a veces él maltrata también a los hijos. O tal vez ella esté embarazada y él le da una patada en el estómago, en el mismo lugar donde unos minutos antes ha sentido a su bebé moviéndose. Es tan escalofriante porque la mujer no sabe qué hacer. Se siente indefensa. Él tiene el control. Ella reza para que él recobre el sentido y deje de hacerlo. Nunca lo hace. Ella reza para que él no haga daño a los niños. Él amenaza con hacerlo. Ella reza para que no la mate. Él promete hacerlo..." 1.

Cuando una mujer es maltratada habitualmente por su pareja desempeña mejor que nadie el papel de víctima, porque lo es por partida doble: por una parte, del devastador delito tipificado en el artículo 153 y, a lo peor, de otros que pueden llegar a tener consecuencias irreversibles (lesiones y, sobre todo, homicidio/asesinato); y, por otra, es víctima de su miedo. A las palizas, humillaciones..., que continuamente soporta, hay que añadir el auténtico terror que siente ante su constante amenaza. No extraña, pues, que la vida de estas mujeres sea un verdadero calvario, porque lo que para cualquier persona es (o debiera ser) su refugio, su fuente de cariño..., me estoy refiriendo al hogar familiar, para ellas es el infierno, el núcleo de todas sus desgracias, el lugar donde son anuladas como personas... Como indica MARÍN DE ESPINOSA, teóricamente, la familia se caracteriza por ser el apoyo emocional y afectivo que protege al individuo, sin embargo, la realidad demuestra que es en su ámbito donde se presentan la mayor parte de abusos físicos, psicológicos y sexuales que tienen lugar, de tal forma que lejos de ser el centro de atención y prevención de este tipo de situaciones puede llegar a convertirse en un entorno peligroso para sus miembros 2.

Ante este fenómeno de la violencia doméstica, hay que hacer frente desde muy diversos sectores (judicial, social, político...). Hay que poner medios para evitar, en la medida de lo posible, que la mujer maltratada lo siga siendo y que la que todavía no ha sufrido maltrato pero se encuentra en situación de riesgo, llegue a padecerlo. Pero si, inevitablemente, han existido los malos tratos, la única vía legítima para responder ante esa barbaridad es la judicial: deben ser los tribunales los encargados de enjuiciar y, condenar, en su caso, a los sujetos maltratadores. Ni ante este ni ante ningún otro delito puede defenderse la ley del talión ("ojo por ojo") porque eso sería tanto como renunciar al sistema penal garantista por el que tanto tiempo y tantas personas han luchado. Quede claro, pues, que se parte de la firme convicción de que la mujer maltratada no puede ajusticiar a su verdugo, lo mismo que no puede hacerlo la víctima de un robo o de una violación. Pero la realidad nos muestra que, desgraciadamente, de vez en cuando nos encontramos con casos en los que una mujer, harta de ser vilipendiada y apaleada, reacciona violentamente contra su pareja (lesionándola, matándola...). En estas breves reflexiones y tomando como base su miedo (nunca su venganza), voy a trazar el esbozo de lo que podría ser una vía jurídico-penal a través de la cual eximir de responsabilidad penal a esas desgraciadas mujeres que padecen la tremenda enfermedad del pánico. Otros autores lo han hecho antes y otros muchos lo seguirán haciendo en un futuro, pero no me resisto a aportar mi granito de arena en esta lucha sin fin por unas personas que merecen todo mi respeto, comprensión y reconocimiento.

II. TRASTORNO DE ESTRÉS POSTRAUMÁTICO COMO CONSECUENCIA DE LA VIVENCIA DEL MALTRATO

Las repercusiones psicopatológicas de la violencia doméstica en la mujer han sido analizadas por destacados especialistas en la materia 3, los que en sus interesantes estudios han puesto de manifiesto que el llamado trastorno de estrés postraumático es una de las lesiones psíquicas más comunes que desarrollan las mujeres como consecuencia de la violencia doméstica 4.

A continuación se expondrán sus principales características pero como paso previo para una mejor comprensión de sus consecuencias psicológicas en las mujeres maltratadas es conveniente definir la situación de malos tratos, tal y como hace VILLAVICENCIO, como una situación estresante en la que el estrés no se circunscribe únicamente a las agresiones aisladas a las que sus víctimas están expuestas, sino también a otro tipo de conductas que el maltratador realiza de manera continuada durante largos períodos de tiempo, que tienen como función ejercer poder y control sobre sus parejas y que suelen persistir incluso después de la separación. Es importante señalar, sigue afirmando esta autora, que un gran número de mujeres refiere con frecuencia que después de haberse decidido a abandonar finalmente la relación viven con una presente amenaza de daño, maltrato o de muerte y que los divorcios hostiles y las peleas por la custodia por parte del agresor son a menudo una extensión de los malos tratos al terreno legal. Por tal razón, algunas mujeres maltratadas pueden llegar a experimentar un terror intenso ante ciertas situaciones o estímulos relacionados con su situación de maltrato. En definitiva, los malos tratos constituyen una situación estresante de gran magnitud que provoca en sus víctimas un gran malestar 5.

Pues bien, según indican ECHEBURÚA-CORRAL 6, las consecuencias de la violencia familiar se expresan habitualmente en forma de los siguientes síntomas que padece la mujer (relacionados con el trauma ya vivido o con el temor a sufrir nuevamente la violencia):

- Conductas de ansiedad extrema (fruto de una situación de amenaza incontrolable a la vida y a la seguridad personal; cuando se produce una violencia repetida e intermitente y se entremezcla con períodos de arrepentimiento y ternura, la mujer se encuentra en una situación de alerta y sobresalto permanentes).

- Depresión, pérdida de autoestima y sentimientos de culpabilidad (entre los síntomas de la depresión se encuentra la indefensión, la que nace de la incapacidad de la mujer para predecir o controlar la violencia dirigida contra ella).

- Aislamiento social y dependencia emocional del hombre dominante (a mayor aislamiento de la víctima, mayor dominio del agresor).

Todos ellos, situados en el marco de un maltrato repetido dan lugar a la aparición del trastorno de estrés postraumático 7.

Según establece el DSM-IV, la característica esencial del trastorno de estrés postraumático es la aparición de determinados síntomas que siguen a la exposición de la persona a un acontecimiento estresante y extremadamente traumático y donde se ve envuelta en hechos que representan un peligro real para su vida o cualquier otra amenaza para su integridad física (Criterio A1), desarrollando como reacción a ese acontecimiento una respuesta intensa de miedo (temor, horror), desesperanza e indefensión (Criterio A2) 8. A diferencia de lo exigido por el DSM-III-R, para el DSM-IV, el suceso vivido no tiene que encontrarse necesariamente fuera del marco habitual de la experiencia humana (por ej. una catástrofe), debiéndose buscar la clave para su existencia no tanto en el tipo de acontecimiento traumático vivido como en la propia reacción de la persona afectada 9. Para ECHEBURÚA-CORRAL, la ampliación de la definición del trastorno de estrés postraumático en el DSM-IV respecto del DSM-III-R es lo que ha permitido incluir en este cuadro clínico a otro tipo de víctimas apenas estudiadas en relación con este problema, como son las mujeres maltratadas. De hecho, afirman estos autores, "en la situación de maltrato doméstico están presentes algunos factores que suelen ser predictores de este cuadro clínico: la larga duración del abuso, las lesiones y amenazas a la vida de la mujer y/o de los hijos, las graves consecuencias del trauma, el bajo apoyo social y los problemas económicos" 10.

Téngase en cuenta que si bien la aparición de este tipo de trastorno suele asociarse, entre otros, a acontecimientos traumáticos tales como combates en el frente de guerra, secuestros, torturas, internamientos en campos de concentración, actos terroristas..., también tienen el carácter de acontecimientos traumáticos otras situaciones menos espectaculares, como son, los ataques personales violentos. Partiendo, pues, de tal premisa debe destacarse que el trastorno puede ser especialmente grave o duradero cuando el agente estresante es obra de otros seres humanos y que la probabilidad de presentar este trastorno puede verse aumentada cuanto más intenso o más cerca físicamente se encuentre el agente estresante 11. La probabilidad, pues, de que una víctima de malos tratos en el ámbito familiar sufra un trastorno de estrés postraumático es altísima habida cuenta que su maltratador es su pareja o cónyuge, por lo que el agente estresante convive con ella o, cuanto menos si ya no hay convivencia, sigue estando presente en su entorno. Igualmente, ese trastorno puede ser especialmente grave y duradero debido a que tal agente estresante es obra de una persona 12 (y no una persona cualquiera sino una de las encargadas de la protección del individuo en el entorno familiar, por lo que al provenir de ella la violencia, la patología generada es mucho mayor) 13, gravedad y durabilidad que se ven potenciadas por el hecho de que el maltrato no es un episodio aislado sino un acontecimiento traumático que se repite en el tiempo, llegando a prolongarse en ocasiones durante años. A lo anterior hay que añadir un dato que pone de relieve la trascendencia del problema y es que el mismo no tiene posibilidad de curación si persiste el peligro que ha motivado su aparición (en este caso, la existencia del maltrato).

Ese incremento de la probabilidad de sufrir el trastorno en...

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