Establecimiento de un único número de fax para la recepción de escritos dirigidos al Tribunal Supremo por particulares y profesionales 21

AutorGarrigues Abogados y Asesores Tributarios
Páginas21-22
21
Hermosilla, 3 - 28001 Madrid Teléfono 91 514 52 00 - Fax 91 399 24 08
Sistema de firma con clave o número de referencia.
Sistema de firma con información conocida por ambas partes.
Sistema de firma con clave de acceso en un registro previo como usuario.
Estos sistemas también permitirán la identificación y actuación de los ciudadanos en las
acciones que se produzcan a nte la AEAT, no sólo a través de la Sede Electrónica, sino
también por vía telefónica o, en su caso, a través de otros canales electrónicos que puedan
encontrarse disponibles.
Esta Resolución entró en vigor el 30 de noviembre de 2011 y será objeto de publicación
en la sede electrónica de la AEAT, donde se detallarán otras actuaciones en las que serán
admisibles estos medios de identificación y autenticación y las garantías asociadas a los
mismos.
3.6 Adaptación del PGC a las entidades sin fines lucrativos
El Real Decreto 1491/2011, de 24 de octubre (BOE de 24 de noviembre de 2011),
aprueba las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin
fines lucrativos y el modelo de plan de actuación de las entidades sin fines lucrativos,
Dichas normas de adaptación son aplicables, con carácter obligatorio, por las fundaciones
de competencia estatal así como por las asociaciones declaradas de utilidad pública, sin
perjuicio de otras disposiciones que puedan establecer su aplicación obligatoria a distintas
entidades sin fines lucrativos.
Las normas de este Real Decreto serán aplicables para los ejercicios que comiencen a
partir de 1 de enero de 2012.
4. OTROS
4.1 Establecimiento de un único número de fax para la recepción de escritos dirigidos al
Tribunal Supremo por particulares y profesionales
Mediante el Acuerdo de 7 de noviembre de 2011 de la Sala de Gobierno del Tribunal
Supremo (publicado en el BOE de 16 de diciembre de 2011) se establece un número de
FAX único (91.335.83.64) para la presentación de los escritos que estén dirigidos al
Tribunal Supremo.
La lectura del Acuerdo parece llevar a la obligatoriedad de este medio de comunicación
para los escritos presentados hasta las 15 horas del día hábil siguiente al del vencimiento
de los plazos correspondientes. La identificación y constancia de la hora la proporcionará
el fax y no el funcionario encargado del registro.

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