Se establece la Zona Económica Exclusiva de España en el Mediterráneo noroccidental

AutorEva Blasco Hedo
CargoResponsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas156-156

Page 156

Fuente: Real Decreto 236/2013, de 5 de abril. (BOE núm. 92, de 17 de abril de 2013)

Temas Clave: Convención de Naciones Unidas de Derecho del Mar; Derechos y deberes soberanos del Estado ribereño; Delimitación de la zona

Resumen:

En el ejercicio de la facultad que confiere al Gobierno la Ley 15/1978, de 20 de febrero, por la que se regula la Zona Económica del Mar y sus Playas, dada la creciente importancia del aprovechamiento de los recursos existentes en la ZEE en el Mediterráneo y a los efectos previstos en la CNUDM, esto es, el ejercicio de los derechos soberanos del Estado ribereño, procede establecer por España una ZEE propia en el Mediterráneo noroccidental, lo que no obsta para su extensión en el futuro a otras costas españolas. Esta zona se extiende desde el límite exterior del mar territorial, hasta un punto de coordenadas l: 35º 57,46’N; L: 2º...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR