PÉREZ ESCOLAR, Marta: El cónyuge supérstite en la sucesión intestada

AutorMaría Paz García Rubio
CargoCatedrática de Derecho Civil Universidad de Santiago de Compostela
Páginas16211624

    PÉREZ ESCOLAR, Marta: El cónyuge supérstite en la sucesión intestada, ed. Dykinson, Madrid, 2003, 462 pp.

Page 1621

En un tiempo de premura, superficialidad y mediocridad intelectual, constituye una satisfacción especial encontrarse con una obra como la que me propongo presentar a los lectores del .

Con un rigor y una solidez que pueden parecer más propias de un investigador maduro y consagrado que de una jurista novel, Marta Pérez Escolar pone a disposición de todos los interesados una monografía de construcción impecable y contenido extraordinariamente denso. El tema de la obra aúna de manera paradigmática tradición y modernidad en el ámbito jurídico. La posición sucesoria del cónyuge supérstite constituye, desde mucho antes de la época codificadora y muy destacadamente durante ésta, un asunto especialmente polémico; la marcada línea tendente a una progresiva mejora de la mentada posición, íntimamente relacionada con los cambios sociológicos producidos en las sociedades occidentales a lo largo del siglo pasado y con las nuevas concepciones acerca de las relaciones de familia, han llevado también a muchos sistemas jurídicos del entorno inmediato del Código civil español, de nuestro Estado y de fuera de él, a modificaciones recientes en la materia -muy claro es el caso francés, cuya reforma operada por la ley de 3 de diciembre de 200 l es analizada con rigor en esta monografía-; cabría incluso situar en esta línea la reciente modificación del artículo 831 CC, hecha por la ley 4112003, de 18 de noviembre, de protección patrimonial de las personas con discapacidad.

Desde sus primeras páginas, en las que se inicia el estudio de las cuestiones planteadas por la posición sucesoria del cónyuge supérstite en el Código civil partiendo de sus orígenes históricos más directos en el proceso codificador, la obra no puede sino satisfacer al lector más exigente.

Es en ese primer capítulo donde se analizan pormenorizadamente los pasos (no siempre hacia delante) que se dieron durante el mencionado proceso para terminar otorgando un derecho de usufructo al sobreviviente destina do a actuar con independencia de la voluntad del causante que, aun con argumentos basados en un presunto acercamiento a las provincias con tradición Page 1622 de viudedad foral, terminó entroncando con la prístina legislación visigótica. El fundamento último del reconocimiento del mencionado derecho era el mismo que se tomó en consideración para reconocer los derechos del viudo en la sucesión intestada, situando al cónyuge sobreviviente tras los hermanos y sobrinos del causante, sin reserva alguna de bienes raíces a favor de los colaterales (a salvo la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR