La escisión

AutorJ. Castaño, J.J. González
Cargo del AutorExpertos en Derecho Mercantil

18.1. Circunstancias de la escisión

La escisión en una sociedad cooperativa no es una operación deseable, a priori, porque la cooperativa es por naturaleza una sociedad comunitaria, pluralista, colectivista. Sin embargo, hay situaciones que llevan a considerar la escisión como la única alternativa para que todos los socios sigan hallando solución a sus problemas. Pondremos unos ejemplos:

- En la cooperativa agrícola M hay cinco secciones, cada una de las cuales tiene sus propios socios: pienso, aceite, vino, leche y cereales. Los resultados económicos son muy distintos de signo en cada una de ellas, pero al ser una sola entidad, con una sola personalidad jurídica, las secciones que generan beneficios deben absorber las pérdidas de las otras secciones porque así se acuerda en Asamblea General (la mayoría de socios se halla en el conjunto de las secciones que producen pérdidas) y no hay modo de que el Consejo Rector enderece la situación económica a fin de que no se produzcan más pérdidas. Después de varios años de discusión, los socios de las distintas secciones se han avenido a razones y han aprobado la escisión en cuatro cooperativas distintas.

- La cooperativa agrícola L. tiene tres secciones, una de las cuales es tan pequeña que no tiene viabilidad económica. Después de estudiar el problema de fondo, esta sección pequeña se ha escindido mediante el debido proceso legal y se ha integrado en la cooperativa del pueblo vecino, donde aquel mismo producto de la sección escindida es gestionado con mejores resultados económicos. ¿Para qué seguir la cooperativa con una sección pequeña no rentable?

- La cooperativa de trabajo asociado W con 86 socios trabajadores opera con dos productos muy distintos, y a causa de los cambios drásticos de tecnologías un producto requiere grandes inversiones mientras que el otro no las requiere, aunque los dos son todavía rentables; y ello conlleva un malestar tanto en el Consejo Rector como en el conjunto de socios. Después de varios años de discusión se ha aprobado la escisión del grupo de socios trabajadores que opera con el producto que requiere mayor inversión.

- La Cooperativa de viviendas L está construyendo varias promociones a la vez, experimenta dificultades financieras y los intereses de los socios de una y otra promoción resultan muy distintos. Como que en el conjunto de socios existe buena voluntad, han decidido que cada promoción de viviendas resuelva sus problemas propios, y para ello han acordado la escisión.

Como hemos podido ver, en bastantes casos la escisión de la cooperativa es lo más correcto y hasta lo más honesto. El problema aparece a menudo sobre la cuestión económica, que en cualquier caso ha debido ser objeto de un estudio y en la Asamblea General que ha aprobado la escisión se ha tenido que presentar y someter a los socios dentro de la misma propuesta de acuerdo.

El artículo 102 de la LGC señala que la escisión de la cooperativa puede consistir en la disolución, sin liquidación, mediante la división de su patrimonio y del colectivo de socios o...

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