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Error de hecho. Recaudación Ejecutiva Municipal
Autor | Miguel Ricart Palau |
Cargo del Autor | Abogado |
10.1. Recurso de reposición
Dña. Catalina R. N., mayor de edad, vecina de B., con domicilio en calle Mayor, n.° 104, y provista del N.I.F. n.° ...
EXPONE:
Primero.-Que con fecha ... de ... de ... ha recibido una notificación del Recaudador Ejecutivo de ese Ayuntamiento, por la que se le anuncia el procedimiento ejecutivo contra su patrimonio por la falta de pago de una liquidación -cuya fotocopia se adjunta- en la que se señala como período impositivo el año ...
Segundo.-Que en el año ... se produjo la transmisión de los inmuebles radicados en B., calle Monasterio, n.° 6, llamados «Apartamentos Marina», en los cuales estaban situados los letreros a que se refiere la mencionada liquidación. Esta transmisión tuvo lugar mediante el otorgamiento de la pertinente escritura pública de compraventa, la cual se inscribió a continuación en el Registro de la Propiedad.
Dicho cambio de dominio fue comunicado al Ayuntamiento mediante una instancia presentada en el mismo año en que se llevó a efecto la compraventa indicada.
Tercero.-Que la adquirente de los edificios de referencia fue la entidad mercantil «Inmobiliaria P.S.A.», domiciliada en el número 77 de la calle Mayor de cate Municipio. En consecuencia, dicha Sociedad ha pasado a ser -a partir del año ...- la obligada al pago de cuantos impuestos se devenguen por letreros o cualquier otro concepto relacionado con la propiedad o la actividad mercantil de los citados Apartamentos.
Cuarto.-Que en el presente caso se ha producido lo previsto en el apartado 2,a) del artículo 101 del Reglamento General de Recaudación, que textualmente dice: «No obstante, se paralizarán las actuaciones del procedimiento sin necesidad de garantía, cuando el interesado lo solicite ante el órgano de recaudación, si demuestra la existencia de alguna de las circunstancias siguientes: a) Que ha existido error material, aritmético o cualquier otro de hecho en la determinación de la deuda».
Por todo ello,
SOLICITA:
Que se sirva anular la liquidación expresada en la notificación mencionada, dar de baja a la suscrita en el censo de contribuyentes a los que la liquidación se refiere -tal como ya se solicitó en su día-, y disponer el cese de las actuaciones del Recaudador Ejecutivo anunciadas en la citada cédula.
En B., a ... de ... de ...
ILTRE. SR. ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE B.
10.2. Normativa aplicable
Reglamento General de Recaudación
Art. 6.° Gestión recaudatoria de las Entidades Locales.
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De conformidad con el artículo 12 de...
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