El error de comprensión en los delitos culturales. Una visión distinta del error de prohibición

AutorFátima Cisneros Ávila
CargoDoctora en Derecho. Profesora sustituta interina
Páginas151-176
ISSN: 0210-4059 CUADERNOS DE POLÍTICA CRIMINAL
Número 128, II, Época II, septiembre 2019, pp. 151-176
EL ERROR DE COMPRENSIÓN EN LOS
DELITOS CULTURALES. UNA VISIÓN
DISTINTA DEL ERROR DE PROHIBICIÓN*
The error of comprehension in culturally motivated
crimes. A different vision of the mistake of law
FÁTIMA CISNEROS ÁVILA**
Fecha de recepción: 17/06/2019
Fecha de aprobación: 02/09/2019
RESUMEN: El aumento de la diversidad cultural en el seno de las socie-
dades actuales plantea importantes retos para el Derecho penal. Entre
las cuestiones más complejas vinculadas a la multiculturalidad destaca
la aparición de los denominados delitos culturales, identificados como
aquellos cuyo autor actúa condicionado por los valores propios de su cul-
tura de pertenencia. Ante estos casos el Derecho penal se ha planteado
qué tratamiento dar a quien actúa motivado por unos principios que di-
fieren de los plasmados en el ordenamiento. Con carácter general tanto
la doctrina como la jurisprudencia han encontrado en el error de prohi-
bición la respuesta a estos supuestos, sin embargo, cabe plantearse si su
aplicación resulta satisfactoria de cara a una gestión de la diversidad res-
petuosa con la diferencia. De manera alternativa propongo analizar la
posibilidad de acudir en estos casos a la figura del error de comprensión.
PALABRAS CLAVE: multiculturalidad, delitos culturalmente motivados,
delitos culturales, error de prohibición, error de comprensión.
* Este trabajo ha sido realizado en el contexto del proyecto de investigación
“Comportamientos basados en el discurso del odio. Respuesta desde el Derecho penal y
otros ámbitos del ordenamiento jurídico en un contexto convulso” (DER 2017- 84178-P), fi-
nanciado por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades del Gobierno de España.
** Doctora en Derecho. Profesora sustituta interina.
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CUADERNOS DE POLÍTICA CRIMINAL ISSN: 0210-4059
Número 128, II, Época II, septiembre 2019, pp. 151-176
ABSTRACT: The increase of cultural diversity in societies poses important
challenges for criminal law. Among the most complex issues linked to
multiculturalism is the appearance of so-called cultural crimes, identified
as those whose author acts conditioned by the values of their culture of
belonging. In these cases, criminal law considers what treatment to give
to those who act motivated by principles that differ from those embodied
in the law. In general, both the doctrine and jurisprudence have found
in the mistake of law the response to these cases, however, it is necessary
to consider whether its application is satisfactory to achieve diversity
management respectful of the difference. Alternatively, I propose to
analyze the possibility of resorting in these cases to the figure of error
based on the absence of understanding.
KEYWORDS: multiculturalism, culturally motivated crimes, cultural
defence, mistake of law.
SUMARIO: I. Introducción.- II. Diversidad cultural y responsabilidad
penal: 1. Normas de cultura y normas jurídicas. 2. El caso de los delitos
culturalmente motivados.- III. La exigencia de responsabilidad penal al
culturalmente diferente: 1. La culpabilidad como vía para la atenuación
de la responsabilidad penal en los casos de diferencia cultural: el diferente
como inimputable 2. ¿Sujeto que desconoce o sujeto que no comprende?
La vía del error de prohibición. 3. La falta de comprensión como requisito
del error de prohibición: la figura del error de comprensión culturalmente
condicionado.- IV. A modo de conclusión.
I. INTRODUCCIÓN
En la realización de un hecho delictivo intervienen numerosos fac-
tores que influyen en el autor y determinan, entre otros, el modo de
ejecución o la motivación para llevar a cabo un comportamiento con-
creto. Igualmente, existen elementos que condicionan el proceso de
atribución de la responsabilidad penal y que determinan el carácter y
la extensión de la consecuencia jurídica del delito, ya sea aumentando
su duración, reduciéndola o, incluso, dando lugar a su no imposición.
Aspectos como una posible afección mental, la ingesta de alguna sus-
tancia psicotrópica o la edad del autor de un hecho delictivo pueden
influir en su capacidad para adecuar su comportamiento al contenido
de la norma.
Existen algunos de estos elementos que, de manera mayoritaria, son
aceptados por la doctrina como susceptibles de alterar la capacidad de
una persona de conducir su comportamiento conforme al mandato con-
tenido en la norma. Me refiero, por ejemplo, a las causas de exclusión de

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