Entidades y «entes» de ámbito territorial inferior al municipio tras la reforma local de 2013
Autor | Rafael Pizarro Nevado |
Páginas | 49-73 |
49
Recibido: 30-06-2017
Aceptado: 17-10-2017
Entidades y «entes» de ámbito territorial inferior al municipio tras
la reforma local de 2013 1
Entities and «bodies» of territorial scope inferior to the municipality
after the local reform of 2013
Universidad de Córdoba
rpizarro@uco.es
RESUMEN
reformó profundamente la legislación básica sobre entidades de ámbito territorial inferior al municipio para
adecuarla a los principios de eficiencia, estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera. Esa regulación,
determinar qué repercusión ha tenido finalmente la LRSAL en la legislación autonómica sobre entidades
inframunicipales y cuáles son las alternativas que se ofrecen a las poblaciones separadas que aspiren a
tipo de entidades, el alcance de la reforma y las opciones que se abren ante el legislador autonómico.
soluciones organizativas previstas en la LRSAL, las tradicionales entidades de ámbito territorial inferior al
municipio, que conservan su personalidad jurídica y su condición de entidades locales, y los nuevos órganos
municipales desconcentrados, impropiamente llamados «entes de ámbito territorial inferior al municipio».
PALABRAS CLAVE
ABSTRACT
the basic legislation on entities of territorial scope inferior to the municipality to adapt it to the principles
of efficiency, budgetary stability and financial sustainability. This regulation was appealed before the
entities and which are the alternatives offered to little settlements that aspire to a greater and more direct
on the state competence to regulate this type of entities, the scope of the reform and the options that are
refer to the traditional entities of territorial scope inferior to the municipality, which retain their legal personality
and their status as local entities, and the new deconcentrated municipal bodies are analysed.
KEYWORDS
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Entidades y «entes» de ámbito territorial inferior al municipio tras la reforma local de 2013
REALA. Nueva Época – N.o
SUMARIO
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la sujeción de los gobiernos locales a los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera,
largamente demandadas por el mundo local. Además, cuestionaron la constitucionalidad de muchas de sus
la reforma local, y la constitucionalidad de otros se ha salvado imponiendo una determinada interpretación
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gimen local tras esos pronunciamientos, y debe hacerse atendiendo a las distintas instituciones afectadas 2.
Ese es el objetivo de este artículo en relación con las entidades de ámbito territorial inferior al municipio, a las
que esa jurisprudencia presta especial atención. Es el momento de determinar cuál ha sido la repercusión real de
la LRSAL en la legislación autonómica sobre entidades inframunicipales, que en la mayor parte de los casos no
se ha adaptado a la nueva legislación básica, y cuáles son las opciones que se ofrecen a las poblaciones separa-
das que aspiren a disfrutar de una mayor y más directa implicación en el gobierno de los intereses de sus vecinos.
I. ALTERNATIVAS PARA EL GOBIERNO DE LOS PUEBLOS SEPARADOS DE LA CAPITALIDAD
MUNICIPAL
villas y caseríos. A pesar del tiempo transcurrido la frase aún refleja la importancia que en el mundo rural
de intereses propios, muchas veces contrapuestos a los municipales. El camino recorrido por esos asen-
resultante y el apego a la tradición en muchas de estas poblaciones 3.
2
2013”, El cronista del Estado Social y Democrático de Derecho-
cias entre el Estado y las comunidades autónomas a la luz de las sentencias constitucionales sobre la reforma local de 2013”, Anuario
del Gobierno Local 2015/2016
3
histórica a la articulación orgánica de los núcleos separados de población”, Revista de Estudios Locales y Autonómicos
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