El enfoque de las 'capacidades' como complemento del 'enfoque de los derechos

AutorJosé Luis Monereo Pérez
Páginas143-161

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Se puede advertir, con tan sólo mirar de cerca la realidad social, que los sujetos más vulnerables no tienen apoyo en funciones esenciales de la vida humana en la mayor parte de las sociedades. Se encuentran peor alimentados que los hombres, presentan un nivel inferior de salud, y son más vulnerables a la violencia física y al abuso sexual. Además, es mucho menos probable que tengan verdadero acceso a la educación. Tienen más dificultades para acceder a los puestos de trabajo, a menu-do son intimidadas por parte de las familias o del esposo, son discriminadas por razón de sexo en el salario y acoso sexual en el lugar de trabajo. Tampoco disponen de recursos legales efectivos para organizar una defensa de sus intereses. Los obstáculos son también impuestos para la participación efectiva en la vida política. En muchos casos las desigualdades son refrendas por la legislación, muchos Estados, las personas débiles o marginadas no tienen plena igualdad ante la ley; ni tienen los mismos derechos de propiedad que los hombres; ni iguales derechos contractuales, de asociación, de movilidad, ni siquiera la misma libertad religiosa. En las vías de hecho, la desigualdad es obvia por la carencia de oportunidades vitales. Ello supone que no pueden desarrollar otras capacidades y facultades como oportunidades para el juego y para el cultivo de sus facultades imaginativas y cognitivas. El coste para el desarrollo personal y el bienestar emocional es inmenso. Con todo, las personas vulnerables ostentan menos oportunidades que los demás seres humanos para vivir libres de temores y de disfrutar de tipos más gratificantes de amor, pues, a menudo, se las casa obligatoriamente y carecen de protección ante un matrimonio insatisfactorio. Es así que las desiguales circunstancias sociales, políticas y jurídicas confieren a las personas vulnerables capacidades humanas desiguales. Por decirlo expresivamente: se da un trato a las personas desfavorecidas no consideradas como fines en sí mismos, como personas con

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una dignidad que debe ser garantiza por el Derecho y las instituciones. Son tratadas como simples instrumentos para los fines de otros de carácter instrumental. Se les otorga, en términos generales, un valor instrumental. Un análisis a nivel mundial pone de manifiesto que las personas desfavorecidas carecen de un apoyo esencial para llevar una vida plenamente humana y un libre desarrollo de la personalidad269. La garantía de las capacidades en la vida de las personas desfavorecidas o discriminadas es un campo específico para la acción pública, debiendo ser un interés urgente de los Estados270. Es así, que el hecho de que las personas vulnerables, por esa situación de desigualdad social, no alcancen un nivel más elevado de capacidad que les permita acceder a las funciones humanas centrales es, en consecuencia, un problema de justicia social.

En la remoción de estas desigualdades no quedaría al margen el problema del poder; la apuesta tiene que ser decididamente una estrategia de poderes y de derechos, y para algunos, en otra perspectiva, una estrategia complementaria de "capacidades" de realización del ser humano, y que deben ser impulsadas, promovidas y potenciadas institucionalmente, a fin de remover todos los obstáculos que impidan la libertad y el libre desarrollo de la personalidad humana271. De este

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modo, la universalidad actúa sobre las necesidades específicas, concretas, de los seres humanos. Es significativo que la delimitación del concepto de capacidades haya sido utilizado para referir a las posibilidades reales de llevar a cabo una vida humana digna, en pleno disposición de libertades sustanciales, y de participar activamente en las actividades sociales y políticas. Desde esa perspectiva, las situaciones de pobreza y de exclusión social supondrían una privación material de las "capacidades" de las personas. El enfoque de las capacidades se basa en una visión universalista de las funciones centrales del la persona, íntimamente vinculada a una forma de liberalismo político y social, de manera que una de las tareas prioritarias ha de ser defender este tipo de universalismo como una base válida con la cual afrontar los problemas de las mujeres en el mundo tanto desarrollado como subdesarrollado, con las lógicas diferencias específicas existente entre ellos. La meta ha de ser el aportar los fundamentos para una visión de los principios constitucionales básico que deben ser respetados e implementados por los gobiernos de todas las naciones como un mínimo exigido por el respeto a la dignidad humana. Martha C. Nussbaum entiende que la mejor aproximación a esta idea de un mínimo social básico proviene de un enfoque centrado en las capacidades humanas, es decir, en aquello que la gente es realmente capaz de hacer y de ser, de acuerdo a una idea intuitiva de la vida que corresponda a la dignidad del ser humano. De ahí que considera necesario identificar una lista de capacidades básicas centrales, situándolas en un tipo de liberalismo político y social que las transforma en metas específicamente políticas y que las presenta libres de toda fundamentación específicamente metafísica. Estima que las capacidades pueden ser objeto de una "consenso traslapado" entre personas que, de otro modo, asumen concepciones comprehensivas muy distintas acerca del bien. Esas capacidades han de procurarse para todas y cada una de las personas, tratando a cada persona como fin y no como un simple instrumento para los fines de otros. Este enfoque de capacidades facilita adicionalmente las comparaciones de calidad de vida entre las personas de distintos países. Se subraya la potencialidad universalizante de este enfoque, pues las capacidades son relevantes para todos y cada uno de los individuos, en todos los Estados, y cada uno ha de ser tratado

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como un fin y no como un instrumento. En particular, las mujeres sufren con carácter generalizado una acusada falta de capacidad272. Este enfoque -que incluye la perspectiva de género- ha tenido un respaldo e influencia a través del Informe sobre desarrollo humano, del Programa de las Naciones Unidas por el Desarrollo (NUD); informes realizados a partir del año 1993.

El liberalismo político y social de Nussbaum va más allá del principio de justicia de John Rawls, al entender que no resulta suficiente la distribución de bienes básicos apostando por un criterio de justicia social centrado en las capacidades básicas que cada persona ha de desplegar para realizarse como persona y tener una vida en la sociedad. Nussbaum defiende una particular forma de liberalismo, el cual se apoya en ideas de muto respecto y valor igualitario273. Las personas tienen que tener una verdadera oportunidad de desarrollo de su personalidad. Dado que esto no obedece a una "estado natural", sino a disfuncionalidades o fallas en la construcción social de la realidad, Nussbaum considerada que el orden social tiene que garantizar un mínimo de capacidades de las personas para su autorrealización274.

El hacer residir la idea de justicia social en las "capacidades" facilita la atribución del carácter universal de su apreciación y las propuestas de intervención pública para su garantía. Dentro de su tendencia a la universalidad se entiende que en el momento de determinar las políticas públicas es necesario valorar esas capacidades de los individuos y listarlas dinámica -así, pues, con las correspondientes actualización- para que la sociedad organizada la tome en consideración. Un Estado

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democrático -liberal, en su percepción sociopolítica- debería estar basado en el reconocimiento de una lista de capacidades humanas centrales275que están ligadas a la idea de la vida con dignidad humana, aunque rechaza ciertas propuestas de atribución de un rol paternalista en la política pública. El Estado liberal admite la vida y la salud como bienes básicos respecto de cuya importancia pueden acordar todos los ciudadanos. El objeto apropiado de la acción política es la "capacidad", esto es, la posibilidad efectiva de escoger y no la "funcionalidad", pues una vez que el escenario está construido completamente, en áreas que van desde la vida y la salud hasta la participación política, la opción de funcionar o no funcionar se ha de encomendar a las personas. Considera oportuno matizar -o incluso cuestionar la idea del contrato social en el enfoque clásico de la tradición liberal: La idea más antigua y muy influyente en relación a las relaciones sociales basadas en un contrato social parece problemática. La concepción de los teóricos del contractualismo acerca de la estructura básica de la sociedad -un contrato entre adultos independientes que son aproximadamente iguales en poder y capacidad- tiene aspectos muy sólidos; esta tradición ha realizado una gran aportación para la compresión de las ideas liberales de dignidad y reciprocidad. No obstante, el énfasis de estas teorías en la igualdad y la independencia, y en las ventajas mutuas como objetivo del conjunto social, propicia el estigma. Es lo cierto que al representar al individuo paradigmático como un adulto independiente y a todos los adultos con análogas capacidades, dichas visiones pueden alentar la estigmatización de las personas discapacitadas o dependientes de modos asimétricos, ya sea durante una etapa de sus vidas o a lo largo de éstas. Los principios políticos más básicos de la sociedad no consideran tales necesidades asimétricas y estas teorías tampoco alientan la idea de que las personas que tienen esas necesidades pueden ocupar un lugar como ciudadanas merecedoras del mismo respeto.

El hecho de que sus necesidades sean percibidas como algo a tomar en consideración después de que las instituciones básicas de la sociedad ya estén diseñadas propicia una marcada segmentación entre los "normales" (tipo medio) y aquellos que tienen realmente dificultades específicas (tipo específico o concreto y diverso)276. Dada la fragilidad

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