Encuadernaciones dogmáticas

AutorJesús Alemany Eguidazu
Cargo del AutorAbogado. Economista

Se ha definido la dogmática jurídica como «el conjunto de los estudios sectoriales acerca del Derecho actual, realizados desde el punto de vista interno».2 Cada rama del Derecho, integrada por un conjunto más o menos compacto de normas jurídicas, goza de autonomía relativa frente a otras disciplinas. Procede, en consecuencia, delimitar en la medida de lo posible el saber sectorial sobre el que versa la presente obra.

Ascendiendo de las realidades hasta el «cielo de los conceptos» de IHERING, se entiende por mercado, a la par que una organización institucional, un sistema –localizado en un espacio físico concreto, o bien deslocalizado– donde concurren la oferta y la demanda de bienes y servicios. Siendo el objeto dinero, al margen de su apariencia o representación, nos situamos en el llamado mercado financiero. A su vez, este mercado puede subdividirse en mercado de crédito y mercado de valores.

Trasladándonos al plano normativo, el Derecho económico actual otorga un protagonismo creciente al concepto de mercado3. El Derecho del mercado financiero es el conjunto de normas que lo regulan tanto en su totalidad, como al nivel de los submercados que lo componen.4 Correlativamente, puede distinguirse del Derecho del mercado de crédito, el del Mercado de Valores, siendo el Derecho bancario y el bursátil las partes de mayor solera y desarrollo.5

En la actualidad, en el Derecho del mercado de valores conviven normas jurídico-públicas y jurídico-privadas. En concreto, el control de este mercado se fundamenta en normas prudenciales, en defensa de la solidez patrimonial de los intermediarios; y normas de conducta, preservando la transparencia en la prestación de servicios financieros6. Las normas de conducta, eje central de las páginas venideras, aunque provoquen efectos iusprivatísticos, se encuadran en el Derecho público administrativo sancionador siguiendo el esquema tipificación-infracción-sanción. Esta mixtura no es óbice para la subsunción de la materia en el Derecho mercantil, en el que la «unidad del sistema» tradicional se ha desgarrado en un «sistema de unidades»7. La figura de la elipse plasma gráficamente la tensión y dependencia de un punto respecto a dos focos, como recordaba FEDERICO DE CASTRO para la dicotomía Derecho público-Derecho privado.

Empero, la perspectiva administrativa sancionadora por el falseamiento de la libre formación de precios, no agota los mecanismos de reacción. Además de la disyuntiva de la autorregulación, es...

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