Empleo y contratación de la mujer en España

AutorIldefonso Hernández Sanz
Páginas131-146

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Desde que la Constitución86 entró en vigor en España se han venido dictando un gran número de leyes de importancia y trascendencia relevante a favor de las mujeres, y que conciernen a las áreas de asociacionismo y cooperación internacional, cultura, educación, servicios sociales, relaciones laborales, seguridad social, familia, y, desde luego, empleo. En definitiva, en relación con los distintos sectores que componen los diferentes campos de sociedad.

Toda esa abundante legislación corresponde a la adecuación de los cambios sociales que, incuestionablemente, se han venido produciendo en los últimos años y cuya esencia última fue el feliz acontecimiento del paso a un Estado de Derecho, con todo el significado que arrastra la evolución hacia el asentamiento de una democracia.

La semilla de la igualdad ha germinado y la última década ha posibilitado el desarrollo del acoplamiento del colectivo de mujeres al latir vivo de una sociedad que ya no las ve distintas por ser diferentes.

Esta normalización no tiene gran diferencia con la de las sociedades más avezadas de nuestro entorno, sino que se ha convertido en puntal ejemplarizante de cualquier Estado que se precie de igualitario.

El principio constitucional de no discriminación por razón de sexo87se ha desarrollado a través de las distintas leyes especiales que se han venido dictando en el acogimiento del mismo, tal y como se indica, y en Page 132 la actualidad encuentra su más amplio apoyo, expansión y significado del que son una clara muestra las políticas de empleo.

Cuando examinemos con atención los cuadros que se adjuntan podremos llegar a la conclusión de que, en materia de empleo femenino, se ha dado un paso de gigante respecto a estadísticas pasadas en el desempleo de mujeres.

Sin embargo, y a pesar de que la participación del colectivo femenino en la vida laboral se hace cada vez más fecunda y cada día aumenta la pauta de su integración en la vida laboral, lo cierto es que aún se está trabajando en los avances que conduzcan a una absoluta participación en el empleo, no sólo de las mujeres, sino de cualquier persona con capacidad. Siendo éste uno de los objetivos prioritarios por los que nos esforzamos continuamente en aras del universalismo que preconizara Rousseau88 y que ahora, en las sociedades plurales del futuro milenio, necesita más que nunca su extensión vigorizante, participativa y flexibilizadora en la integración de todos los seres humanos. Page 133

TASA DE...

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