La obra del eminente jurista Juan Vallet de Goytisolo, máximo exponente del realismo jurídico

AutorMaría Concepción Rayón Ballesteros
CargoUniversidad Francisco de Vitoria de Madrid
Páginas285-310

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I Presentación

El verano de 2011 falleció el eminente jurista Juan Vallet de Goytisolo, notario, destacado maestro contemporáneo del Derecho natural y uno de los máximos referentes del pensamiento católico en España durante el siglo XX. Es considerado uno de los máximos representantes del realismo jurídico clásico en nuestro país. Su obra es muy extensa ya que es autor de más de medio millar de estudios en revistas especializadas. Son también muy numerosas sus monografías de Derecho civil, de Filosofía jurídica y de Filosofía política. La doctrina jurídica y sus compañeros de profesión han halagado profunda y sentidamente su persona y su pensamiento.

En el presente trabajo queremos presentar una panorámica general con la evolución de su extensísima obra si bien hay que destacar que desarrolló una intensa actividad en diversas esferas: profesional, estudioso incansable, conferenciante, colaborador con labores culturales y autor de publicaciones en el ámbito del derecho positivo, iusfilosófico, histórico jurídico, sociológico y político.

II Obras de derecho privado

Dejando al margen los escritos juveniles de Vallet1, durante casi veinte años su obra fue eminentemente de temática relativa al Derecho privado, en particular al Derecho civil y al Derecho de sucesiones dado que ejerce su labor profesional como Notario. Destacan por su importancia las siguientes obras Hipoteca del Derecho arrendaticio (1951), Apuntes de Derecho sucesorio (1959), La jurisprudencia del Tribunal Supremo y el artículo 811 del Código

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Civil en 2 volúmenes (1957 y 1960), Panorama de Derecho Civil (1963, ampliada y reeditada en 1973).

En general realiza comentarios de artículos del Código Civil o analiza instituciones, cláusulas o sistemas del ámbito del Derecho civil, afrontando cuestiones que también trató en su vida profesional, para intentar resolver el caso concreto que se le suscita de la forma más justa posible. Y precisamente la particularidad más importante de Vallet es que al tratar los problemas concretos de Derecho privado se hace notoria, casi desde sus comienzos, su preocupación por trascender al problema concreto y que se le plantea para encontrar la solución justa, o como el mismo indica2, "la solución teleológica y justa de un problema no debe esperar su explicación dogmática, y menos aún supeditarse a ella..., en la posible antinomia entre la solución resultante de una construcción lógica y técnica y la que impone la realidad moral, social o económica, no hay que dudar en elegir ésta".

Por ello es de destacar que desde sus obras iniciales la actividad de Vallet supera con amplitud los límites estrictos del Derecho privado y así realiza paralelamente varios estudios en el campo de la Filosofía jurídica y más concretamente del Derecho natural. Sus aportaciones más importantes en este sentido son: "La crisis del Derecho" (1962), "De la virtud de la Justicia a lo justo jurídico" (1966)3, "Del legislar como legere al legislar como facere" (1973). Todos sus estudios civiles se vieron enriquecidos desde sus inicios por su pensamiento filosófico jurídico y socio-político que, poco a poco, fue desarrollando y perfeccionando.

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En 1960 funda la revista Verbo con Eugenio Vegas Latapié4. En ella va a realizar una importantísima labor y va a publicar más de sesenta artículos sobre diversas materias que considera de interés. La Revista, tal y como reconoce en sus páginas, nace con la finalidad de "crear una red de animación cultural conforme al Derecho natural y cristiano, guiado por el Magisterio pontificio ordinario a través de la riqueza doctrinal de las encíclicas... con el propósito de realizar una labor auxiliar lo más profunda posible, para la restauración del tejido social y político, en todos los niveles, desde la misma raíz y base." Con la lectura de los estudios publicados por Vallet en esta Revista Verbo se comprueba su itinerario filosófico primero hacia la Filosofía jurídica y, más tardíamente, hacia el pensamiento socio-político.

La aportación más importante de Vallet al ámbito del Derecho civil es, sin duda alguna, en materia de sucesiones. Su importancia es obvia y no es posible resumirla aquí. Destacan sus Estudios de Derecho Sucesorio publicados por Montecorvo; sus estudios sobre las reservas o la preterición en Comentarios al Código Civil de Edersa; su actualización de los temas de legítimas en las nuevas ediciones del Derecho Civil de Castán Tobeñas, sus Apuntes de Derecho Civil y sus artículos en el Anuario de Derecho Civil.

III Obras de filosofía jurídica

Desde los inicios de su actividad profesional como notario, Vallet muestra una gran preocupación5por encontrar siempre la solución justa para cada

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caso que se le suscita, analizando el encorsetamiento de algunas instituciones jurídicas e intentando indagar en el fundamento del Derecho. En este sentido muestra su preocupación por el orden natural y recuerda que la ley no se identifica con el Derecho sino que éste es mucho más amplio y está integrado por una pluralidad de fuentes. Igualmente promueve el retorno al Derecho natural clásico y realiza una fundamentación metafísica del mismo.

Puede considerarse como punto de arranque de su dedicación a la Filosofía jurídica6la obra Panorama de Derecho civil que aparece en 1963. Se trata de un volumen de 311 páginas que recoge las doce lecciones dictadas en el Centro de Estudios Tributarios en el curso 1959-1960, publicadas en Barcelona por la editorial Bosch. Como recibió una muy buena acogida por los lectores y por la crítica7se agotó muy pronto y se reimprime en 1973 con algunas modificaciones. Abarca, en sus lecciones, un amplio número de temas jurídicos diferentes que hoy se suelen tratar, más que en el campo del Derecho civil, en el de la Filosofía o en el de la Teoría general del Derecho. Vallet aborda todos los temas con un esfuerzo en alcanzar claridad y profundidad al mismo tiempo aunque advierte que no es un filósofo, "sino un jurista y, por profesión, un jurista práctico... aunque con hondas preocupaciones por captar hasta el fondo los fenómenos que vivimos y el porqué de las cosas en torno a las cuales vemos desenvolverse la vida social8". Es, pues, un jurista práctico, poseedor de un gran bagaje doctrinal, que asciende a los más altos conceptos del Derecho, por lo que esta parte de su obra trasciende del puro Derecho civil e incide en los campos de la Filosofía jurídica y de la Ciencia Política. Hay que destacar que, de las doce lecciones de las que consta la obra completa, se dedican dos muy extensas a analizar temas que superan ampliamente del Derecho civil, como el concepto de Justicia y de Derecho, las fuentes del Derecho, los métodos jurídicos y la forma de interpretar las normas. Como temas más importantes en su obra Panorama de Derecho Civil sobresalen algunos como los siguientes:

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- Idea de la Justicia, que contempla en las páginas iniciales de su obra resumiendo las posiciones universalistas, realistas y positivistas. Vallet defiende la posición aristotélico-tomista pues considera que "nos da una visión más amplia y más abierta, más plena de la Justicia... y con ella no hay por qué contemplar como dos niveles distintos el valor de la Justicia y la naturaleza de las cosas, ni contraponer el valor de la Justicia a otros valores como la seguridad, la igualdad y la libertad moral9". Vallet busca una idea abstracta de la Justicia y busca también adaptarla a la realidad pues debe darse en cada caso concreto, sin olvidar lo universal y teniendo en cuenta las circunstancias particulares, examinando la relación desde todos los aspectos posibles. Observa que "la Justicia no debe ser utópica ni convertirse en mera aplicación de reglas10". Considera que la idea de Justicia es la médula del concepto de Derecho y es concretamente la síntesis de todas las virtudes cardinales11. Está íntimamente ligada a otra noción fundamental: la de bien común que es la única pauta de la Justicia general, pero que no es el bien de la mayoría, no es el interés nacional, no es la satisfacción de la masa, sino que es el bien de todo el pueblo entendido transtemporalmente, en la sucesión de sus generaciones"12.

- El concepto del Derecho, al abordar este tema recoge Vallet muchas definiciones que se han dado a lo largo de la historia haciendo referencia a las corrientes iusfilosóficas a que responden. Encierra en tres grandes grupos las múltiples definiciones y teorías sobre el concepto, ofreciendo tres posiciones irreconciliables:

· La escuela legalista con importante expresión en la escuela francesa de la exégesis.

· Las escuelas que reducen el Derecho a lo socialmente vivido y aplicado, como el realismo jurídico anglo-norteamericano y el sociologismo.

· La concepción del Derecho como arte de lo justo, posición por la que Vallet toma posición abiertamente manifestando "si creemos en la existencia de un Dios justo y bueno, o si admitimos la existencia de lo Bueno y lo Malo, o una cierta idea de orden natural, aunque sólo sea en contraste del desorden, o simplemente en la posibilidad de una objetivización del término medio del sentimiento de lo justo e

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injusto, o en fin, si por lo menos empíricamente sentimos repugnancia o creemos funesto o inicuo que cualquier disposición normativa del poder estatal o cualquier vigencia social se conceptúe como Derecho por monstruosa que resulte: tendremos que convenir en que verdaderamente el Derecho tendrá que responder a una cualidad de Justicia, sin la cual deberá ser rechazado como tal Derecho"13.

- El Derecho natural, idea que está presente a lo largo de toda su obra Panorama de Derecho civil si bien no le dedica un capítulo...

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