Anotación de embargo caducada: no procede su prórroga

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad
Páginas30-30

Page 30

Hechos: Consta en el Registro anotado un embargo; el interesado solicita en tiempo al juzgado la prórroga de la anotación; el juez ordena la prórroga y expide el mandamiento cuando la anotación ya ha caducado. Por tanto se presenta el mandamiento en el Registro cuando el embargo ya ha caducado.

El registrador deniega la práctica de la prórroga al haber caducado la anotación de embargo.

El recurrente alega que cuando solicitó la prórroga la anotación no había caducado. Cita en su apoyo el artículo 199 RH .

La DGRN desestima el recurso, pues la caducidad del embargo se...

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