Ley 17/2013, de 29 de octubre, para la garantía del suministro e incremento de la competencia en los sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares. (BOE núm. 260, de 30 de octubre de 2013)

AutorEva Blasco Hedo
CargoResponsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas69-70

Page 69

Temas Clave: Energía Eléctrica; Hidrocarburos; Evaluación de Impacto Ambiental; Fractura hidráulica

Resumen:

Hemos seleccionado esta norma esencialmente por las modificaciones que introduce en la Ley del Sector de Hidrocarburos y en la ley de Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos en relación con la fractura hidráulica (fracking). A tal fin, el apartado II del Preámbulo señala que con el objetivo de clarificar aspectos jurídicos relacionados con técnicas de exploración y producción de hidrocarburos no convencionales y para garantizar una unidad de criterio en todo el territorio español, se incluye en el ámbito objetivo de la primera norma la técnica de fracturación hidráulica.

Asimismo, con el objeto de evaluar los impactos sobre el medio ambiente de los proyectos que requieren la utilización de técnicas de fracturación hidráulica, se incluye la obligación de someterlos al procedimiento previsto en la Sección 1ª del Capítulo II del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero. Por tanto, para la autorización de este tipo de proyectos se exigirá una previa declaración de impacto ambiental favorable.

Al margen de lo anterior, la norma comprende seis artículos, dos disposiciones adicionales y dos transitorias. Se lleva a cabo una reforma del marco regulatorio para estos sistemas energéticos insulares y extrapeninsulares que presentan unas singularidades derivadas de sus propias características, reducidas economías de escala y aprovisionamiento de combustibles.

Las medidas que se introducen en esta norma tienen por objeto sentar las bases para el desarrollo de los nuevos regímenes retributivos que se establezcan con la finalidad de incrementar la competencia en estos sistemas y reducir los costes de generación, así como el refuerzo de las herramientas de actuación por parte de la Administración ante situaciones de riesgo. Se pretende incrementar la penetración de las instalaciones de producción a partir de fuentes de energía renovable, aprovechando las favorables condiciones de los recursos existentes, lo que redundará en una reducción de los costes de generación eléctrica y de la dependencia exterior de combustibles fósiles y una mejora medioambiental

Asimismo, se restringe la participación a aquellos operadores que ostenten una posición dominante en la actividad de generación.

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Se establece que el operador del sistema será el...

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