La ejecución de condena personalísima: análisis del art. 709 LEC (The enforcement of a?rmative personal obligation: analysis of the article 709 of the Law 1/2000, on Civil Procedure)

AutorTiziana Di Ciommo
CargoDoctora en Derecho y Abogada de PwC Profesora Asociada de Derecho Procesal de la UPF y UIC
Páginas321-357
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La ejecución de condena personalísima:
análisis del art. 709 LEC
(The enforcement of affi rmative personal
obligation: analysis of the article 709 of
the Law 1/2000, on Civil Procedure)
Tiziana Di Ciommo
Doctora en Derecho y Abogada de PwC
Profesora Asociada de Derecho Procesal de la UPF y UIC
JUSTICIA AÑO 2019
Núm. 1. Págs. 321-357
RESUMEN: Como es sabido, la califi cación jurídica de la obligación es determinante a
los efectos de establecer el cauce procesal adecuado de la dinámica ejecutiva. De facto,
la forma de ejecución de las obligaciones de hacer no se organiza bajo un único proce-
dimiento, sino que se prevén dos distintas modalidades: la ejecución de condenas no
personalísimas (arts. 706 a 708 LEC) y la ejecución de condenas personalísimas (art. 709
LEC). Y precisamente al estudio de este último tipo de ejecución de condenas de hacer
personalísimas, cuya dinámica ejecutiva sigue planteando en la práctica múltiples dudas
interpretativas dedicaremos el presente trabajo.
PALABRAS CLAVE: Ejecución no dineraria, ejecución por obligaciones de hacer, ejecución
de condena de hacer personalísimo.
ABSTRACT:As we all know, the legal classifi cation of the obligations is decisive in order to
establish the appropriate proceedings of the executive dynamics. Actually, the form of the
enforcement of affi rmative obligations is not organized under a single procedure, but in-
stead two different modalities are regulated: the enforcement of non-personal obligations
(arts. 706 to 708 of the Law 1/2000, on Civil Procedure) and the enforcement of personal
obligations (art. 709 of the Law 1/2000 on Civil Procedure). Precisely, the present work
try to offer an analysis of the enforcement of these affi rmative personal obligations whose
executive dynamics continues to raise, in practice, multiple interpretative doubts.
KEYWORDS: Non-monetary enforcement, enforcement of affi rmative obligations, penalty
of affi rmative personal obligation.
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JUSTICIA AÑO 2019
Núm. 1. Págs. 321-357
TIZIANA DI CIOMMO
Fecha de recepción: 06 de mayo de 2019
Fecha de aceptación: 07 de junio de 2019
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SUMARIO
1. La ejecución en la pla nifi cación del juicio civil. 1.1. L a ejecución de las sen tencias
en sus propios térmi nos. 1.2. La frustración del cu mplimiento de la s sentencias e n sus
propios términos. 2. L as ejecuciones de con dena de carácter p ersonalí simo y no per-
sonalísimo. 2.1. La fung ibilidad o inf ungibilid ad de la obligación. 3. La eje cución de
condenas pers onalísimas desde l a LEC de 1881 hasta la LEC del año 2000. 4. El in icio
del procedimie nto de ejecución: el requerimiento al ej ecutado: 4.1. El requerimiento ex
art. 699 LEC . 4.2. El requerimiento ex a rt. 705 LEC. 4.3. La recur ribilidad del plazo del
requerimiento. 4.4. La fi nal idad del requeri miento. 4.5. El requer imiento y el posi ble
apercibimiento. 5. An álisis de las posible s conductas del ejecutado tra s el requerimiento.
5.1. El ejecutado puede ma nifestar los motivos por los que se n iega a cumplir y efectuar
alegaciones sobre el c arácter personalís imo de la prestación. 5.2. El ejecutado puede de-
cidir de no hacer n ada. 6. Las posibl es conductas del ejec utante. 6.1. La conduc ta del
ejecutante en c aso de actividad del ejecut ado. 6.2. La conducta del ejecutante en c aso de
inactiv idad del ejecutado. 7. La ejec ución mediante entreg a de un equivalente pecu niario.
8. La ejecución media nte imposición de una multa p or cada mes que trasc urra sin que la
prestación se l leve a cabo. 9. Conclusiones.
* Quiero agradecer expresamente las observaciones recibidas del Prof. Dr. Joan
Picó i Junoy que, sin duda alguna, han contribuido a mejorar significativamente
este trabajo.
La ejecución de condena personalísima:
análisis del art. 709 LEC
(The enforcement of affi rmative personal
obligation: analysis of the article 709 of
the Law 1/2000, on Civil Procedure)
Tiziana Di Ciommo*
Doctora en Derecho y Abogada de PwC
Profesora Asociada de Derecho Procesal de la UPF y UIC
JUSTICIA AÑO 2019
Núm. 1. Págs. 321-357

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