Los efectos laborales de los grupos de empresas en Brasil

AutorCarolina Lins Pereira
CargoProfesora e investigadora Universidad Federal de Rio de Janeiro - UFRJ
Páginas78-85
IUSLabor 3/2017
78
LOS EFECTOS LABORALES DE LOS GRUPOS DE EMPRESAS EN BRASIL
Carolina Pereira Lins Mesquita130
Profesora e investigadora
Universidad Federal de Rio de Janeiro - UFRJ.
Introducción
Antes de adentrarse a la apreciación del tema, es necesario decir que en Brasil, la
Consolidación de las Leyes del Trabajo - CLT (que es similar a un código del trabajo)
recientemente fue alterada, en más de doscientos dispositivos, por la Ley 13.467, de
13.07.2017, denominada “la r eforma laboral”. Esta Ley entró en vigor ciento veinte
días después de su publicación, el 11.11.2017.
Se trata de una reforma que implicó la sustracción de diversos derechos, acarreando la
precarización de las relaciones laborales y la agresión de la dignidad del que trabaja en
condición de subordinación jurídica.
No se trata de una mera modificación normativa, sino de desestructuración del Derecho
del Trabajo, corrosión de sus principios normativos estructurantes, en especial el de la
protección, el de la norma más favorable, el del vedamiento del retroceso y el de la
progresividad socio-jurídica del trabajador.
La protección del trabajador en su condición de ser humano se desvanece, mediante el
retorno a una libertad contractual (individual y colectiva) que se perpetúa como
instrumento de opresión del más fuerte en relación al más débil.
Fue precisamente en ese contexto de prevalencia del pensamiento neoliberal, de crisis
económica y de ilegitimidad política del gobierno federal que el grupo de empresas
sufrió sustancial alteración normativa, lo que dificulta concretamente su configuración,
en especial con la finalidad de ampliar las posibilidades de garantía de los créditos
laborales.
Se subraya que, en Brasil, antes del advenimiento de la reforma laboral, ya había
previsión normativa sobre el tema, en el §2º, del artículo 2º de la CLT. Además, la
jurisprudencia mayoritaria ya había consolidado el entendimiento extendiendo las
posibilidades de configuración del grupo de empresas, según se verá.
130 Doctoranda en Derecho y Sociología por la Universidad Federal Fluminense - UFF. Maestro en
Derecho por la Universidad Federal de Minas Gerais - UFMG. Asociada del Instituto de Ciencias
Jurídicas y Sociales.

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