Editorial.Enseñar y conocer derecho del trabajo y de la seguridad social

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El derecho del trabajo tiene una importancia evidente como "instrumento técnico" que permite la juridificación del conflicto social. Está incrustado en un ordenamiento constitucional que asigna al trabajo un lugar central en la economía y en la sociedad porque representa un elemento político sustancial que caracteriza a la democracia como democracia social. Reviste por tanto un claro sentido político-democrático en torno al cual se construye la idea de un trabajo con derechos y de una ciudadanía social como elementos vertebradores de la convivencia social pacífica compatible con un sistema de economía de mercado. En el momento actual -pero no sólo- cobra sin embargo especial relevancia interrogarse sobre si las diferentes opciones políticas en juego comparten los valores fundamentales que dan sentido al derecho del trabajo y lo insertan en una precisa orientación constitucional democrática. Es un interrogante oportuno que se planteó en su momento respecto del derecho italiano por Luigi Mariucci ("Il diritto del lavoro ondivago", Lavoro e Diritto nº 1/ 2009), en el sentido de verificar un progresivo alejamiento de las posiciones políticas de gobierno de los valores constitucionales, manteniendo formalmente la referencia a los mismos como un punto de partida que justificaban las medidas específicas adoptadas.

Es una "rama" del derecho que ha crecido y se ha vigorizado a lo largo del siglo XX y es, como le gusta repetir a Umberto Romagnoli, el más "eurocéntrico" de los derechos en la medida en que esa inserción político-democrática del trabajo se ha desplegado de forma característica en los diferentes ordenamientos europeos surgidos tras la posguerra de la segunda guerra mundial. Con toda su historia, el derecho del trabajo es ciertamente "una totalidad en perpetua conquista de si mismo y por eso reivindica un porvenir delante de él" -como afirma Bernard Edelman (Quand les juristes inventent le réel, Hermann, Paris 2007)- y lo hace por tanto invirtiendo la visión tradicional de la historia "que considera el pasado como el centro fijo y estable en torno al cual hacemos girar el presente", situando éste en el centro de sus preocupaciones, utilizando el pasado en "la rotación dialéctica que inspira una conciencia lúcida", en la idea de que incluso para el jurista como para historiador, "la política tiene preeminencia sobre la historia", como indica Josep Fontana, (La historia después del fin de la historia, Crítica, Barcelona, 1992) y coloca al presente en una "situación crítica" como querría Walter Benjamin.

La crisis del presente se proyecta en un derecho del trabajo en crisis porque está perdiendo sus referencias políticas fundamentales. El derecho del trabajo del nuevo siglo se encabalga de reforma en reforma y se reorienta decididamente en razón de las exigencias del empleo en un horizonte inseguro. Forzado a su "modernización" sobre la base de ciertas palabras clave como la de "flexiseguridad", el estallido de la crisis en los países desarrollados a partir del 2008, con especial incidencia en Europa, ha zarandeado fuertemente sus estructuras y su lógica...

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