Dosier legislativo de la Ley 3/2017, de 15 de febrero, del libro sexto del Código civil de Cataluña, relativo a las obligaciones y los contratos, y de modificación de los libros primero, segundo, tercero, cuarto y quinto

El día 22 de febrero se publicó en el BOGC la Ley 3/2017, de 15 de febrero, del libro sexto del Código civil de Cataluña, relativo a las obligaciones y los contratos, y de modificación de los libros primero, segundo, tercero, cuarto y quinto.

Objetivo

El objeto de la presente ley es establecer la estructura del libro sexto del Código civil de Cataluña , relativo a las obligaciones y los contratos, aprobar la regulación de los contratos de compraventa, de permuta y de mandato, modificar e incorporar los contratos regulados por leyes especiales y sustituir la Compilación del derecho civil de Cataluña.

Novedades

Algunas de las principales novedades introducidas por la Ley 3/2017, de 15 de febrero son las siguientes:

1) En relación al contrato de compraventa

Se remarca su naturaleza de contrato obligatorio y se destacan dos rasgos básicos. el bien debe ser conforme al contrato, y el vendedor y el comprador se obligan, respectivamente, a transmitir la titularidad del derecho y a recibir el bien. Algunas de las novedades introducidas en relación a esta figura serían las siguientes:

- Busca una regulación unificada del contrato de compraventa, sin establecer dos textos paralelos para la compraventa en general y la de consumo respectivamente.

- Establece la no necesidad de fijar el precio inicialmente en el contrato.

- Incorporación de la compraventa a prueba o ensayo

- Regulación del deber de información: introduce un deber de información, en beneficio del comprador, que permite incrementar la transparencia contractual, teniendo en cuenta los estándares razonables de integración de este deber, destacando los que resulten de la buena fe y la honradez de los tratos.

- Regulación de las arras: distingue entre arras confirmatorias y penitenciales. Tiene la finalidad de integrar contratos que en muchos casos no harán referencia específica al régimen deseado por las partes.

- Obligaciones del Vendedor: en el contrato de compraventa el vendedor ya no se obliga solo a transmitir la posesión legal y pacífica del bien vendido, sino la titularidad del derecho, admitiendo el pacto expreso de reserva de esta transmisión como garantía .

La regulación de la obligación de entrega distingue entre la transmisión de la posesión y la puesta a disposición.

- Obligación de conformidad: busca lograr que el bien entregado al comprador corresponda a lo pactado, atendiendo no solo a las especificaciones del contrato, sino también a los criterios propuestos por la ley para valorar si se da dicha correspondencia. Se establece un plazo breve de responsabilidad por...

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