Dosier legislativo del Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia

El BOE del 29 de abril publica el Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia, cuya entrada en vigor tiene lugar el día siguiente al de su publicación.

La norma, que aborda las medidas organizativas, procesales y de seguridad laboral más urgentes para la paulatina vuelta a la actividad de los juzgados y tribunales tras el confinamiento, tiene como principal prioridad la salud de jueces, fiscales, letrados de la administración de justicia, abogados, procuradores y el resto de funcionarios y profesionales que desarrollan su labor en este ámbito. También trata de hacer frente al previsible incremento de asuntos en los órganos judiciales tras el parón productivo provocado por las medidas excepcionales de contención de la pandemia.

Su contenido se articula en tres capítulos que contienen una serie de medidas, las cuales pasamos a exponer a continuación:

Medidas procesales urgentes

Habilitación de días a efectos procesales:

Se declararán hábiles para todas las actuaciones judiciales los días 11 a 31 de agosto de 2020. Se exceptúan de esta previsión los sábados, domingos y festivos, salvo para aquellas actuaciones judiciales para las que estos días sean ya hábiles conforme a las leyes procesales.

Cómputo de plazos procesales y términos:

Los términos y plazos previstos en las leyes procesales que hubieran quedado suspendidos por aplicación de lo dispuesto en la disposición adicional segunda del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, volverán a computarse desde su inicio, siendo por tanto el primer día del cómputo el siguiente hábil a aquél en el que deje de tener efecto la suspensión del procedimiento correspondiente.

Los plazos para el anuncio, preparación, formalización e interposición de recursos contra sentencias y demás resoluciones que, conforme a las leyes procesales, pongan fin al procedimiento y que sean notificadas durante la suspensión de plazos establecida en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, así como las que sean notificadas dentro de los veinte días hábiles siguientes al levantamiento la suspensión de los plazos procesales suspendidos, quedarán ampliados por un plazo igual al previsto para la interposición del recurso en su correspondiente ley reguladora.

Nuevo procedimiento especial, preferente y sumario para cuestiones de familia:

Regulación "ex novo" de un procedimiento especial, preferente y sumario para cuestiones de familia derivadas de la pandemia durante la vigencia del estado de alarma y hasta tres meses después de su finalización relativa a regímenes de visitas o custodias compartidas no disfrutadas, así como medidas definitivas sobre cargas del matrimonio, pensiones económicas entre cónyuges y alimentos reconocidos a los hijos en situación de vulnerabilidad por el Covid-19.

Tramitación de la impugnación de expedientes de regulación temporal de empleo

Respecto a la tramitación de impugnación de los ERTE, se permite que los que no alcancen los umbrales del despido colectivo (en particular los de las Pymes) cuando versen sobre las suspensiones y reducciones de jornada adoptadas en aplicación de lo previsto en el artículo 23 del Real Decreto-ley 8/2020, se puedan regir por un proceso más simple y rápido como es el del conflicto colectivo, sin privar al trabajador del derecho a impugnarlo de manera individual.

Tramitación preferente de determinados procedimientos:

Se dará preferencia a cuatro tipos de actuaciones, sin perjuicio del carácter preferente que tengan reconocido otros procedimientos de acuerdo con las leyes procesales:

· Jurisdicción voluntaria:

Los procesos o expedientes de jurisdicción voluntaria en los que se adopten las medidas a que se refiere el artículo 158 del Código Civil, así como el procedimiento especial y sumario en derecho de familia previsto en este real decreto-ley.

· Orden jurisdiccional civil:

- Los procesos derivados de la falta de reconocimiento por la entidad acreedora de la moratoria legal en las...

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