Dosier legislativo del Real Decreto-ley 27/2018, de 28 de diciembre, por el que se adoptan determinadas medidas en materia tributaria y catastral

El 29 de diciembre de 2018 se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 27/2018, de 28 de diciembre, por el que se adoptan determinadas medidas en materia tributaria y catastral.

Objetivos

Con el objetivo de introducir medidas en el ámbito tributario, sus modificaciones más relevantes se centran en ampliar la exención de las prestaciones por maternidad y paternidad del IRPF a otros colectivos y a fijar los coeficientes de actualización de los valores catastrales.

Novedades introducidas

* Como consecuencia de la Sentencia del Tribunal Supremo de 3 de octubre de 2018 que declara exentas las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social, se modifican las leyes reguladoras del IRPF, el IS, el IRNR y el IP.

Así, se establece que deben considerarse igualmente exentas debido a su misma naturaleza, causa y régimen regulador, las prestaciones públicas por paternidad satisfechas por la Seguridad Social. Los contribuyentes beneficiarios no tendrán que tributar por ellas y podrán solicitar la devolución de lo tributado en ejercicios anteriores no prescritos.

Se extiende la mencionada exención hasta el límite de la prestación máxima que la Seguridad Social reconoce por tal concepto, a las prestaciones percibidas por los siguientes colectivos:

- Empleados públicos encuadrados en un régimen de Seguridad Social que no dé derecho a percibir la prestación por maternidad o paternidad de la Seguridad Social pero que perciben sus retribuciones durante los permisos por parto, adopción o guarda y paternidad.

- Profesionales no integrados en el régimen especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos que perciben tales prestaciones de las mutualidades de previsión social que actúen como alternativas al régimen especial de la Seguridad Social.

Se permite solicitar la devolución del impuesto soportado antes de que prescriba el ejercicio en el que se declararon las retribuciones que ahora se declaran exentas.

* Se prorrogan para el periodo impositivo 2019 los límites cuantitativos que delimitan en el IRPF el ámbito de aplicación del método de estimación objetiva para las actividades económicas incluidas en el ámbito de aplicación del método, con excepción de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, que tienen su propio límite cuantitativo por volumen de ingresos.

* Se prorrogan para el periodo impositivo 2019 los...

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