Dosier legislativo Real Decreto 231/2017, de 10 de marzo, por el que se regula el establecimiento de un sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan disminuido de manera considerable la siniestralidad laboral

El 24 de marzo de 2017 se publicó en el BOE el Real Decreto 231/2017, de 10 de marzo, por el que se regula el establecimiento de un sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan disminuido de manera considerable la siniestralidad laboral en sustitución al Real Decreto 404/2010, de 31 de marzo. El Real Decreto introduce una serie de mejoras tendentes tanto a conseguir una gestión del incentivo más ágil, eficaz y eficiente, como a dotar de una mayor seguridad jurídica a todo el procedimiento, eliminando condiciones y/o requisitos.

Objetivos del Real Decreto 231/2017

El presente Real Decreto tiene dos objetivos principales:

1) Agilizar y simplificar el proceso de solicitud, reconocimiento y abono del incentivo. El sistema de incentivos se considera un instrumento eficaz para la disminución de la siniestralidad, pero el procedimiento necesario para su concesión presenta ciertas limitaciones y barreras que dificultan su tramitación a las empresas solicitantes, es por eso que se busca agilizar y simplificar dicho proceso.

2) Implantar un sistema objetivo centrado en el comportamiento de la siniestralidad.

A su vez esta reforma pretende incentivar en las empresas la adopción de medidas y procesos que contribuyan eficazmente a la reducción de las contingencias profesionales de la Seguridad Social.

Novedades introducidas por la norma
  1. Reducción de carga administrativa: se reduce la carga administrativa centrándose principalmente el acceso al incentivo en el cumplimiento de los límites de los índices de siniestralidad y exigiéndose además otros requisitos no relacionados con la siniestralidad, pero que aseguran la correcta concesión del mismo. Estos requisitos se encuentran regulados en el art. 2 del Real Decreto 231/2017:

    * Haber cotizado con un volumen de cuotas por contingencias profesionales superior a 5000 euros o haber alcanzado un volumen de cotización por contingencias profesionales de 250 euros en un periodo de observación de 4 ejercicios.

    * Encontrarse por debajo de los límites de los índices de siniestralidad.

    * Encontrarse al corriente de sus obligaciones de cotización a la Seguridad Social.

    * No haber sido sancionada por resolución firme en vía administrativa por la comisión de infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR