Los dos Hespanhas

AutorFernando Martínez Pérez
CargoProfesor titular de Historia del Derecho en la Universidad Autónoma de Madrid
Páginas459-466

Fernando Martínez Pérez

    Profesor titular de Historia del Derecho en la Universidad Autónoma de Madrid y miembro del equipo investigador del proyecto HICOES III (SEJ2004-6696-c02-c02). Entre sus publicaciones destaca Entre confianza y responsabilidad. La justicia del primer constitucionalismo español (1810-1823), Madrid 1999. En la actualidad sus líneas de investigación tienen que ver con la Historia de la justicia y de las instituciones administrativas de los siglos XIX y XX.

    (Recensión de A.M. HESPANHA, Guiando a mâo invisivel. Direitos, Estado e Lei no liberalismo monárquico portugués, Coimbra, Almedina, 2004, 588 pp.)

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  1. Se cuenta de un famoso filósofo alemán de principios de siglo XX, de quien se dice que gastaba el producto de su exitoso tratado de ética en meretrices, que, un día que estaba reunido con sus discípulos, recibió la visita de una mujer que le reclamaba agriamente una impagada deuda carnal, mientras afeaba su conducta como impropia de un caballero. Abochornado, el maestro volvió a la sala donde seguían sus más apreciados discípulos y allí percibió la sorpresa y estupor de quienes no esperaban esto del eminente profesor. Así que el sabio les dijo, por toda explicación: "miren ustedes, la ética es como un poste con una dirección clara arriba que, en el cruce de varios caminos, dice cual es el correcto, pero ¿han visto ustedes alguna vez que un poste eche a andar en esa dirección?".

  2. Salvando todas las distancias con la anécdota, Guiando la mâo invisível puede provocar al lector habitual del maestro portugués una sensación de estupor parecida. Y el estupor no viene dado porque el tiempo del que ahora se ocupa sea contemporáneo sino por la proyección con la que aborda la reconstrucción de una historia constitucional portuguesa decimonónica. Pues, en efecto, los lectores del maestro ya conocíamos de sus incursiones en el ochocientos ibérico. En la que ahora llega a nuestras manos, el objeto puede ser uno mismo, la perspectiva tan distante que causa estupor a los que, virtualmente, podríamos considerarnos sus discípulos. Y es a partir de esta constatación y de la consecuente perplejidad que ocasiona, desde donde no parece ya, y si se quiere en todos los sentidos, tan impertinente la colación de la anécdota con la que principia este comentario. Hespanha se aparta en esta ocasión, y conscientemente, de los presupuestos que han animado su más reciente y, para el que esto escribe, más sugerente producción científica: el Hespanha constitucionalista sigue, no un camino distinto, sino contrario, al marcado por el poste del Hespanha historiador. Y el lector resulta sorprendido pero no traicionado, pues es incongruencia que desde el primer momento el autor anuncia.

  3. Pero tratando de extraer la lección del filósofo, no creo que tenga sentido en esta sede comenzar el examen de los méritos de la obra achacando en el debe del autor la falta de congruencia entre esta publicación y sus anteriores sobre el mismo objeto. A evitar esto obliga el respeto (y hasta la admiración) que se debe a quien es capaz después de larga trayectoria de dar un golpe de timón en sus presupuestos metodológicos, y el que merecen unos lectores que puedan reparar en este libro por ser aportaciónPage 460 a la Historia constitucional y no por serlo a la biografía intelectual del maestro portugués. Pero si el que escribe se ve peligrosamente tentado a mirar, en este caso, más el dedo que señala la luna que la luna misma es porque en el mismo libro pueden llegar a comparecer simultáneamente los propósitos de un Hespanha constitucionalista, y los desarrollos de un Hespanha historiador.

  4. Precisamente para tratar de conciliar los respetos debidos con la satisfacción de la tentación que provoca el último libro de quien considero como uno de los más relevantes historiadores de las instituciones y de la cultura juridico-política de la edad moderna, y no sólo en Portugal, es por lo que en esta recensión se dará en primer lugar cuenta del contenido de esta síntesis de la Historia constitucional portuguesa del XIX, y sólo en segundo lugar se procederá a valorar esta aportación desde la óptica y los intereses de quien no tiene más competencia que ser un historiador del derecho español.

  5. El libro puede ser considerado como una Historia de las doctrinas constitucionales que informa sobre el surgimiento y las contradicciones del Estado liberal en Portugal, considerado además como productor de lo social. El autor consigna además una cronología para ese nacimiento, identificada con el régimen de la Carta de 1826, y un procedimiento de construcción cuyos cimientos radican en la formación y transformación de un discurso jurídico-constitucional que operaría como el principal factor generativo de la experiencia constitucional portuguesa del XIX. La estructura de esta monografía responde congruentemente a dicho propósito y contenido. Así pues, se construye el libro en torno a un capítulo y núcleo central, dedicado al examen de régimen constitucional de la carta de 1826, que es con mucho el más extenso de la obra (pp. 161-350) y que viene precedido por unos antecedentes, y proseguido por el examen de la evolución del liberalismo portugués a lo largo de la centuria.

  6. En detalle, los capítulos que hemos apellidado de antecedentes son de diversa naturaleza. Tras prefacio e introducción que contienen propósitos y propuestas historiográficas (caps. 1 y 2, pp. 5-26) siguen tres capítulos que aún podemos considerar ya como instrumentales, ya como parte sustantiva del relato histórico-constitucional: son capítulos dedicados (i) a recordarnos el carácter artificial e imaginario del Estado (cap. 3,)...

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