Disposiciones generales

AutorJosé Luis Fernández Maestu
Páginas541-542

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Artículo 1 Naturaleza y ámbito de aplicación

Las presentes Normas Regionales tienen el carácter de Normas Complementarias y Subsidiarias de Planeamiento, de acuerdo con lo previsto en los artículos 70 y 71 de la Ley sobre Régimen Jurídico del Suelo y Ordenación Urbana, y los artículos 88 a 90 del Reglamento de Planeamiento Urbanístico.

Serán de aplicación en la totalidad del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Artículo 2 Vigencia

Las Normas Complementarias y Subsidiarias de Planeamiento tendrán vigencia indefinida y entrarán en vigor al día siguiente de la publicación de su aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma.

Artículo 3 Revisión y modificación

La Comisión de Urbanismo de La Rioja podrá, en cualquier momento, sobre la base de la inadecuación de estas Normas a la realidad existente, iniciar los trámites para su revisión, o bien, una vez detectada la necesidad de incorporar nuevas determinaciones con carácter complementario, realizar la modificación correspondiente.

Se consideran como otras circunstancias para la modificación o revisión la aparición de nueva legislación o modificación de la vigente que aconseje adaptar el texto normativo, o la aprobación de un planeamiento de rango superior que así lo disponga o lo haga necesario.

Artículo 4 Efectos

1. Las Presentes Normas Complementarias y Subsidiarias de Planeamiento serán de obligado cumplimiento tanto para la Administración como para los particulares.

2. En su calidad de Normas Subsidiarias serán de aplicación directa en todos aquellos municipios que no cuenten con planeamiento municipal definitivamente aprobado, y tendrán carácter orientativo para la redacción de planeamiento que se formule con posterioridad a su entrada en vigor.

3. En su calidad de Normas Complementarias resultarán también de aplicación en aquellos municipios que cuenten con Planes Generales, Normas Subsidiarias Municipales o Proyectos de delimitación de Suelo Urbano definitivamente aprobados en todos aquellos aspectos no regu- Page 542 lados o insuficientemente desarrollados y como Norma de interpretación cuando fuese necesario.

Artículo 5 Contenido

1. Las Normas Complementarias y Subsidiarias de Planeamiento de La Rioja...

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