Disposición derogatoria

AutorJosé María Zaforteza Socías
Cargo del AutorAbogado

30 La Ley de Arrendamientos Urbanos, de 24 de noviembre de 1994, deroga, suprime, el Decreto 4.104/1964, de 24 de diciembre por el que se aprobó el texto refrundido de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1964 (o sea, la ley anterior), también suprime los artículos 8 y 9 del Real Decreto-Ley 2/1985, de 30 de abril (que fue conocido como el decreto Boyer) y cuantas disposiciones con rango de ley o con rango inferior se opongan a lo establecido en la misma.

Igualmente deroga el Decreto de 11 de marzo de 1949, que regulaba las fianzas de los arrendamientos urbanos. Esta última supresión producirá efectos dentro del territorio de cada Comunidad Autónoma cuando ésta dicte sus propias normas reguladoras de la fianza.

Lo anterior se dispone en la norma derogatoria, al final de la ley, pero es necesario aclarar a Vds. que las disposiciones transitorias de la misma, o sea, las disposiciones para regular la situación de los contratos anteriores al 1.° de enero de 1995, mantienen la vigencia de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1964, con algunas modificaciones, para todos los contratos de arrendamiento de viviendas, locales de negocio y asimilados a viviendas y a locales, celebrados antes del 1.° de enero de 1995, que estén vigentes...

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