Disposición adicional primera. Aplicación en el ordenamiento (Ley 13/2005, de 1 de julio)

AutorFrancisco Lledó Yagüe
Páginas213-213

Esta disposiciÛn adicional se ha visto complementada con posterioridad con la Orden 568/2006, de 8 de febrero, sobre modificaciÛn de modelos de asientos y certificaciones del Registro Civil y del Libro de Familia.

Es evidente que la modificaciÛn del art. 44 del Cc, y la permisibilidad de contraer matrimonio entre personas del mismo sexo, acarrea no sÛlo una igualdad en el orden civil sustantivo, sino necesariamente una adaptaciÛn registral tanto en la Ley como en su Reglamento.

No es sÛlo la citada DisposiciÛn Adicional una aclaraciÛn en la terminologÌa y en la sem·ntica, sino lÛgicamente en los efectos que se derivan del matrimonio en el ·mbito de los distintos asientos.

Como se nos recuerda en la Orden del Ministerio de Justicia 568/2006 de 8 de febrero estas adaptaciones tienen una incidencia directa en el ·mbito de determinados modelos oficiales a que se han de ajustar los asientos practicados en los libros de los Registros civiles y de las certificaciones...

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