Real Decreto 3471/2000, de 29 de diciembre, por el que se dispone la constitución del juzgado central de menores correspondiente a la programación del año 2001

AutorTomás Montero Hernanz
Páginas115-115

Page 115

(BOE de 30 de diciembre)

La configuración de la planta judicial que establece la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial, facilita su constante adecuación para mejorar el funcionamiento de la Administración de Justicia, recogiendo en su anexo XI una previsión en materia de planta para los Juzgados de Menores.

La modificación efectuada en la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores, por la Ley Orgánica 7/2000, de 22 de diciembre, tiene por objeto reforzar la aplicación de los principios inspiradores de la citada Ley a los menores implicados en delitos de terrorismo, así como conciliar estos principios con otros bienes constitucionalmente protegidos. Se trata de establecer las mínimas especialidades necesarias para que el enjuiciamiento de las conductas de los menores responsables de estos delitos se realice en las condiciones más adecuadas a la naturaleza de los supuestos que se enjuician y a la trascendencia de los mismos para el conjunto de la sociedad, manteniendo sin excepción todas las garantías procesales que, para los menores, ha establecido la mencionada Ley, atribuyendo el conocimiento de estas causas a un Juzgado Central de Menores.

Esta medida justifica la necesidad de desarrollar la planta prevista de Juzgados de Menores. Por ello, el presente Real Decreto dispone la constitución del Juzgado Central de Menores dentro de la programación correspondiente al ejercicio presupuestario de 2001, ajustado a los créditos disponibles y atendiendo a las prioridades expuestas por el Consejo General del Poder Judicial.

En su virtud, con informe del Consejo General del Poder Judicial, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 29 de diciembre de 2000,

DISPONGO:

Artículo 1. Juzgado Central de Menores de...

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