La simulación y la disimulación: Simulación, trastornos facticios, síndrome de mùnchhausen, síndrome de mùnchhausen por poderes y otros
Autor | Dr. Bernat-Noël Tiffon Nonis |
Cargo del Autor | Doctor en Medicina Legal y Forense , Universidad de Barcelona |
Páginas | 271-286 |
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Según el DSM-IV-TR, la simulación (código Z76.5, V65.2) la define como la producción intencionada de síntomas físicos o psicológicos desproporcionados o falsos, motivados por incentivos externos como evitar un trabajo o asistir a él, obtener una compensación económica, escapar de una condena criminal u obtener drogas.
Bajo algunas circunstancias, la simulación puede representar un comportamiento adaptativo: por ejemplo, fingir una enfermedad mientras se está cautivo del enemigo en tiempo de guerra.
Debe sospecharse simulación si existe alguna de las combinaciones presentes:
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Presentación de un contexto medicolegal (p. ej., la persona es enviada por el fiscal a una exploración médica).
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Discrepancia acusada entre el estrés o la alteración explicados por la persona y los datos objetivos de la exploración médica.
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Falta de cooperación durante la valoración diagnóstica e incumplimiento del régimen de tratamiento prescrito.
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Presentación de un trastorno antisocial de la personalidad.
La simulación difiere del trastorno facticio en que existe un incentivo externo para la producción de los síntomas (también llamado " beneficio secundario "), lo que no ocurre en el trastorno facticio (ver Figuras 1 y 2).
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La evidencia de una necesidad intrapsíquica para mantener el papel de enfermo sugiere un trastorno facticio.
La simulación se diferencia del trastorno de conversión y de otros trastornos somatomorfos por la producción intencionada de síntomas y por los obvios incentivos externos asociados a ella.
En la simulación (a diferencia de lo que ocurre en el trastorno de conversión) los síntomas no ceden por sugestión o hipnosis.
* Existe una imitación consciente de sintomatología de trastornos patológicos o psicopatológicos.
* Existe una voluntariedad consciente del fraude.
* Finalidad utilitaria, beneficio o provecho para el simulador.
* Simulación ofensiva : pretende eludir una responsabilidad de tipo penal o civil.
* Simulación exonerativa : pretende evitar una obligación civil (servicio militar), laboral (trabajo indeseado), penitenciaria (ingreso en prisión para cumplir una condena), etc.
* Simulación lucrativa : persigue una ventaja económica (renta por accidente laboral, indemnización, etc.).
En la Figura 1 se establecen las diferencias significativamente más importantes desde el punto de vista psicopatológico entre la Simulación y el Trastorno Facticio, y en la Figura 2 (Tiffon, 2005, 2007), se aprecia el conjunto de simulaciones y disfunciones psíquicas asociadas al mismo, yendo desde el eje de la simulación consciente a la simulación inconsciente.
DIFERENCIAS ENTRE LA SIMULACIÓN y LOS TRASTORNOS FACTICIOS (ESBEC y GÓMEZ-JARABO, 1999)
Figura 1
SIMULACIÓN TRASTORNO FACTICIO
Incentivos Externos Si No
Beneficio Secundario Si Si
Base Orgánica No No
Control Voluntario Si Si
Conflicto Psicológico Si No
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SIMULACIÓN:Imitación consciente de una enfermedad mental con la intención de obtener una ganancia, eludir una sanción, obtener una indemnización o perjudicar a un tercero de forma premeditada. No existe signo patognómico para la detección de la persona simuladora.
Figura 2
(Figura en Documento Pdf)
Para Guimón y Guimón (1994), el concepto de "trauma" en las "Neurosis Traumáticas" se debe referir tanto a agresiones físicas como a acontecimientos psíquicos importantes en la vida del sujeto. Se trata de trastornos nerviosos funcionales de origen psíquico padecidos por sujetos que hubieran sufrido un " trauma ", corporal o no (es decir, físico o psíquico). Existe un acuerdo en asignar una especial importancia a los factores biográficos del sujeto, los cuales condicionan trastornos de personalidad que les harían más vulnerables a determinados acontecimientos.
En 1918, Kraepelin describió la "neurastenia traumática" como una "distímia depresiva o malhumorada, unida a una actitud quejumbrosa, a una debilidad de la voluntad y a toda suerte de manifestaciones patológicas somáticas, en parte de índole nerviosa general, en parte localizadas" .
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Según Vallejo-Nágera (1944), se manifiesta un cuadro de tipo hipocondríaco, con el afecto fundamentalmente deprimido, irritabilidad y mal humor, apatía y escasa iniciativa, y con dificultades para el trabajo intelectual.
En la exploración física no se halla lesión alguna; no obstante, la expresión de cefaleas, dolores, palpitaciones y síntomas neurovegetativos adquieren extraordinaria magnitud. Insignificantes esfuerzos mentales despiertan una intensísima fatiga. El paciente teme todo intento de trabajo. Limita cuanto le es posible todo movimiento, de modo que permanece casi siempre sentado, sin hacer nada, o camina lentamente evitando no sólo esfuerzo físico, sino toda impresión algo más intensa de lo habitual. Según Kraepelin, gran parte de las dificultades podrían explicarse por la " falta de voluntad ".
Desde un punto de vista médico-legal del daño psíquico, Gisbert y Gisbert (1998) consideran que la llamada Sinistrosis de Brissaud es el concepto que mejor se adapta a las Neurosis de Renta .
En 1908, Brissaud crea el término "sinistrosis" , concepto del cual actualmente está en desuso, y que se refiere a las reacciones hipocondríaco-reivindicativas a las que posteriormente se llamará neurosis de renta (L. Ortega-Monasterio, 1987).
Guimón y Guimón (1994) son de la opinión de considerar que la llamada " sinistrosis " debe también ser incluida, o quizá equiparada con la neurosis traumática ; exceptuándose en los casos en que predomine una clara actitud de búsqueda de renta. En estos últimos casos, serían equiparables entonces a las llamadas "neurosis de renta", las cuales no pertenecen a las "neurosis traumáticas".
La neurosis sinistrósica de Brissaud consiste fundamentalmente en una reacción deliroide de reivindicación que se desarrolla entre los operarios debido a un accidente laboral. Estos creen tener derecho a una indemnización a pesar de la total curación de la herida, o bien, estiman insuficiente la indemnización concedida por su incapacidad funcional.
Para Brissaud, la neurosis sinistrósica es como "una cristalización crítica o psicomotriz consecutiva a un traumatismo y una exageración de una impotencia funcional, frecuentemente mínima, con prolongación del paro de trabajo".
Para el mismo autor, se trataría de un accidente histérico en sujetos con...
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